Monitoreo de la evaluación en México

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Monitoreo de la evaluación en México por Mind Map: Monitoreo de la evaluación en México

1. Lineamiento en base al marco jurídico

1.1. Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Gubernamental y Ley General de Desarrollo Social

1.1.1. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la Secretaría de la Función Pública, CONEVAL.

2. Sistema de Evaluación del Desempeño

2.1. Realiza diversos ejercicios de monitoreo y evaluación: i) evaluaciones externas a programas (Artículo 110 de la LFPRH); ii) evaluación del desempeño y calidad en el ejercicio del gasto, y iii) el modelo sintético de información del desempeño.

2.2. Instrumentos de evaluación : i)política de desarrollo social, ii)programas sectoriales , iii)objetivos de las dependencias, iiii)programas presupuestarios.

2.3. Características de la información en un exitoso sistema de evaluación y monitoreo:

2.3.1. Relevancia Evaluación y monitoreo pueden proporcionar información única sobre el desempeño del gobierno políticas, programas y proyectos, así como sus secretarías, dependencias y funcionarios involucrados, para apoyar la toma de decisión sobre el presupuesto y proporcionar información sobre el desempeño.

2.3.2. Trascendencia Tener un sistema de evaluación y monitoreo eficaz permite realizar comparaciones para identificar en el tiempo las buenas, malas y prometedoras prácticas; con esto, se impulsa la introducción de nuevos elementos para obtener mejores resultados en programas sociales

2.3.3. Uso El mayor valor del sistema de evaluación y monitoreo proviene del uso de la información, que se vuelve un instrumento para aumentar la transparencia y rendición de cuentas, proporcionando elementos que demuestran una sólida responsabilidad e incentivos para mejorar el rendimiento del programa y, en conjunto, de todos los actores involucrados en el proceso de políticas y programas sociales

3. Controlaría social en los programas sociales

3.1. su intervención en lo público se orienta específicamente al control, vigilancia y evaluación de las acciones y programas de gobierno; ii) es institucionalizada; es decir, está regulada por medio de normas legales como leyes,reglas de operación, lineamientos, etc.

3.2. La controlaría social integra a todos los tipos de mecanismos de participación ciudadana.

3.3. 1. Sistemas de atención ciudadana. Es el más común en cuanto al orden federal. En este tipo de controlaría los beneficiarios de un programa tienen la oportunidad de presentar quejas y denuncias ante instancias pertinentes y, derivado de ello, llevar al enderezamiento de las acciones del programa conforme a las reglas de operación. 2. Control colectivo. Se basa en la creación de un órgano específico de control en donde los beneficiarios directos de las obras o servicios pueden participar. Poseen más herramientas de control, como el denunciar cualquier irregularidad ante los mismos órganos. 3. Participación de ciudadanos. Se refiere a la integración de ciudadanos en los órganos de decisión de las instituciones públicas.

4. Transparencia en la política y programas

4.1. La ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP) establece que toda información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, órganos autónomos que reciban y ejerzan recursos públicos o realicen actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, es pública .

4.2. Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (SNIEG) debe cubrir los principios de accesibilidad a la información, transparencia, objetividad e independencia.