Hecho Jurídico

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Hecho Jurídico por Mind Map: Hecho Jurídico

1. Acontecimiento natural o humano, como los fenómenos naturales, ejemplo; una inundación que trae consecuencias jurídicas como son daño en los bienes inmuebles.

1.1. Clasificación de los hechos jurídicos

1.1.1. hechos jurídicos que se realizan sin la participación del ser humano

1.1.1.1. como los fenómenos naturales; ejemplo, una inundación

1.1.2. hechos jurídicos realizados con la participación del hombre

1.1.2.1. son los hechos biológicos relacionados con el ser humano; ejemplo, nacimiento

1.1.3. hechos jurídicos realizados con la acción del hombre

1.1.3.1. voluntarios: pueden ser lícitos o ilícitos, se puede observar cuando una persona que cumple la mayor de edad podrá cumplir obligaciones y ejercer derechos.

1.1.3.2. involuntarios: producen consecuencias de derecho pero sin intención de producirlas, cuando una persona conduce un vehículo con exceso de velocidad y atropella a una persona provocando lesiones sin alguna intención.

2. Acto jurídico: es toda declaración o manifestación de voluntad hecha con el objetos de producir consecuencias de derecho.

2.1. Clasificación de actos jurídicos

2.1.1. Unilaterales y bilaterales:

2.1.1.1. obedecen a que producen de la declaración de la voluntad de una, de dos o más partes

2.1.2. Mortis causa

2.1.2.1. producen efectos después que muere el actor, ejemplo; un testamento

2.1.3. Intervivos

2.1.3.1. producen los efectos durante la vida del quien los realiza, ejemplo; un delito

2.1.4. Solemnes

2.1.4.1. requieren de forma especial para que la ley les reconozca validez

2.1.5. No solemnes

2.1.5.1. no requieren de forma establecida o especial, ejemplo; concubinato

2.1.6. Lícitos

2.1.6.1. son los que al efectuarse no lesionan ninguna norma jurídica; pago de una tenencia.

2.1.7. Ilícitos

2.1.7.1. los que violan una norma jurídica

2.2. Elementos de existencia de actos jurídicos

2.2.1. Consentimiento

2.2.1.1. implica la voluntad de una o varias personas para realizar el acto jurídico

2.2.2. Objeto

2.2.2.1. debe ser física y jurídicamente posible; objeto directo e indirecto, el primero de ellos consiste en crear, trasmitir, modificar o extinguir derechos u obligaciones. El segundo, recae en la cosa que el obligado debe dar o el hecho que debe hacer.

2.2.3. Solemnidad

2.2.3.1. en los casos que disponga la ley

2.3. Requisitos de validez de los actos jurídicos

2.3.1. Capacidad

2.3.1.1. se dividen en capacidad de goce y de ejercicio, la primera para ser aptitud para ser titular de derechos. La segunda, para ejercer por si mismo los derechos y obligaciones conferidos en la ley.

2.3.2. Ausencia de vicios en el consentimiento

2.3.2.1. requiere que dicha voluntad no se encuentre viciada

2.3.2.1.1. Hay violencia cuando se emplea fuerza física o moral con amenaza de perder la vida

2.3.2.1.2. el error es toda falsa apreciación u opinión de la realidad, puede ser de hecho o de derecho.

2.3.2.1.3. el dolo es cualquier sugestión, maquinación o artificio que se emplee para inducir a error

2.3.2.1.4. la mala fe es la disimulación del error de uno de los contratantes una vez conocido

2.3.2.1.5. la lesión en un sentido amplio es el perjuicio que en un contrato conmutativo experimenta

2.3.3. Que el objeto, motivo o fin sea lícito, debe ser física y jurídicamente posible

2.3.3.1. se debe distinguir entre objeto directo e indirecto, el primero consiste en crear, transmitir, modificar o extinguir derechos u obligaciones; el segundo recae en la cosa que el obligado debe dar o el hecho que debe hacer

2.3.4. Solemnidad

2.3.4.1. es la forma señalada por la ley para expresar la voluntad para que el acto exista.

2.4. Inexistencia de los actos jurídicos

2.4.1. es inexistente cuando no contiene una declaración de voluntad , por falta de objeto que puede ser material de él o de la solemnidad requerida por la ley.

2.5. Nulidad de los actos jurídicos

2.5.1. existe nulidad cuando, celebrado todos sus elementos de existencia, presenta algún vicio de origen, lo que priva de validez.

2.5.1.1. nulidad absoluta

2.5.1.1.1. por regla general no impide que el acto produzca provisionalmente sus efectos, los cuales serán destruidos

2.5.1.2. nulidad relativa

2.5.1.2.1. cuando el acto jurídico es susceptible de confirmación o prescripción, la falta de forma, el error, etc., produce la nulidad relativa del acto

2.5.1.3. nulidad por causa de error, dolo, violencia, lesión o incapacidad

2.5.1.3.1. sólo puede invocarse por el que ha sufrido esos vicios del consentimiento, sea perjudicado por la lesión o es el incapaz.