Derecho Indiano

Derecho Indiano

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Derecho Indiano por Mind Map: Derecho Indiano

1. Características

1.1. Por su casuismo, la legislación era abundante.

1.2. Es esencialmente evangelizador, puesto que su principal interés era expandir la religión católica.

1.3. Es altamente protector del indígena.

1.4. Predomina el Derecho público sobre el privado.

1.5. Las circunstancias personales de cada súbdito, son altamente consideradas, es decir, por las diferencias étnico-socio-culturales de cada grupo, se les aplica un derecho propio.

1.6. Falta de sistematización, debido al cruce de normas de diversas fuentes del derecho.

1.7. Íntimamente vinculado con la moral cristiana y el derecho natural.

1.8. Se busca asemejar con el Derecho castellano.

2. Capitulaciones de Santa Fé. Documento suscrito el 17 de abril de 1492, por virtud del cual la Corona de Castilla y Cristóbal Colón estipularon las concesiones que se otorgarían como requisito para se le proporcionara el financiamiento que requería para su empresa. En este instrumento se estableció que las tierras descubiertas se incorporarían a la Corona de Castilla, en contraposición, se otorgaban privilegios políticos y económicos a Cristóbal Colón.

3. Derecho Novohispano

3.1. Instituciones Jurídicas

3.1.1. Las capitulaciones indianas. Eran escrituras públicas en donde se hacían constar los asientos o pactos en los cuales uno de los contratantes era el propio monarca hispano y el otro, uno o varias personas o instituciones privadas.

3.1.2. Huestes. Nacía a partir de la capitulación, consistía en un pequeño ejército que se formaba para la expedición.

3.1.3. Instrucciones. Disposiciones expedidas por el Real Consejo de Indias, que regulaban el procedimiento para tomar posesión delas tierras descubiertas e indicaban el comportamiento de los expedicionarios.

3.1.4. Encomienda. Concedia el derecho a quienes conquistaron los territorios para tener a su cargo a determinado número de indígenas, a los que tenía que proteger, mantener y cristianizar.

3.1.5. Repartimiento. Esta institución consistía en la obligación de cada población indígena a entregar una cantidad de personas a los españoles para que los utilizaran en labores agrícolas o mineras.

3.1.6. Esclavitud. Importación de personas esclavas provenientes de África para trabajar en la Nueva España para trabajar en las plantaciones y la minería.

4. Elementos

4.1. El Derecho indiano propiamente tal. También llamado derecho municipal, esto es, el producido en las Indias o para las Indias.

4.2. El Derecho castellano. Es supletorio del Derecho indiano propiamente tal o municipal y que se aplican de acuerdo con el orden de prelación establecido por las Leyes de Toro de 1505 reproducidas en la recopilación de Leyes de Castillas o Nueva Recopilación de 1567.

4.2.1. La Novísima Recopilación de Leyes de España de 1805, sobre cuya fecha de aplicación en Indias hay dudas, ya que en algunas partes se recibió y utilizó después de comenzados los movimientos de emancipación.

4.2.2. La Nueva Recopilación de Felipe II de 1567.

4.2.3. Las Ordenanzas Reales de Castilla u Ordenamiento de Montalvo de 1484.

4.2.4. El Ordenamiento de Alcalá de 1348.

4.2.5. Los fueros que pudieran estar en uso, de los cuales en el actual estado de la investigación pareciera no hubo ninguno aplicado directamente en Indias.

4.2.6. El Código de las Siete Partidas de Alfonso X, elaborado a mediados del siglo XIII y promulgado en 1348.

4.3. El derecho indígena. Que solo se aplica a los aborígenes. Se permite su uso siempre que no vay contra el derecho natural, la religión católica ni atente contra los derechos de la Corona.