Áreas Naturales Protegidas

Áreas Naturales Protegidas de El Salvador.

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Áreas Naturales Protegidas por Mind Map: Áreas Naturales Protegidas

1. ¿Qué son las Áreas Naturales Protegidas?

1.1. Parte del territorio nacional de propiedad del Estado, del Municipio, de entes autónomos o de propietarios privados, legalmente establecida con el objeto de posibilitar la conservación, el manejo sostenible y restauración de la flora y fauna silvestre, recursos conexos y sus interacciones naturales y culturales, que tenga alta significación por su función o por sus valores genéticos, históricos, escénicos, recreativos, arqueológicos, y protectores, de tal manera que preserve el estado natural de las comunidades bióticas y los fenómenos geomorfólogicos únicos.

2. Algunas Áreas Naturales Protegidas de El Salvador

2.1. Parque Walter Thilo Deininger, La Libertad.

2.2. Parque Nacional El Boquerón, San Salvador.

2.3. Cerro El Pital, Chalatenango.

2.4. Parque Nacional Montecristo, Santa Ana.

2.5. Arrecife Los Cobanos, Sonsonate.

2.6. Cerro Verde, Santa Ana.

2.7. Parque Nacional El Imposible, Ahuachapán.

2.8. Río Sapo, Morazán.

2.9. Lago de Ilopango, San Salvador, Cuscatlán y La Paz.

2.10. Parque Los Andes, Santa Ana.

2.11. Laguna de Alegría, Usulután.

2.12. Laguna El Jocotal, San Miguel y Usulután.

2.13. Laguna de Olomega, San Miguel y La Unión.

2.14. Bahía de Jiquilisco, Usulután.

2.15. Bosque de Chaguantique, Usulután.

3. ¿Cuál es el procedimiento para la declaratoria de Área Natural Protegida?, según la Ley de Áreas Naturales Protegidas.

3.1. El procedimiento para la declaratoria de un Área Natural Protegida se desarrolla en varias etapas y en ellas están involucradas varias instituciones que se relacionan con el manejo de las Áreas Naturales Protegidas.

3.1.1. Etapa I

3.1.1.1. Se comienza con la recolección de información del lugar seleccionado, por parte del equipo evaluador ISTA (Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria), el equipo realiza una visita al lugar y proceden a elaborar una ficha de precalificación del lugar con la finalidad de apreciar y enmarcar sus condiciones .

3.1.2. Etapa II

3.1.2.1. Las personas asignados para evaluar el lugar, proceden a realizar el informe de calificación técnica y lo envían al ISTA.

3.1.3. Etapa III

3.1.3.1. Una vez enviado el informe al ISTA y aprobado por la junta directiva, este procede a la firma del acta de Entrega Material de manera conjunta con el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN).

3.1.4. Etapa IV

3.1.4.1. Concluida la etapa anterior, se envía el acta de Entrega Material al Centro Nacional de Registro (CNR) para la inscripción del lugar como Área Natural Protegida, una vez inscrito el lugar, es asignado al MARN por parte del Consejo de Ministros para la elaboración del Decreto Ejecutivo de declaratoria de Área Natural Protegida y envío al Diario Oficial para su debida publicación.

3.1.5. Etapa V

3.1.5.1. Finalizada la publicación del decreto, el MARN lo envía al CNR para registrar el lugar como Área Natural Protegida y registrada en el CNR, en el área de registro de la propiedad raíz, el lugar oficialmente es un Área Natural Protegida.