Áreas Naturales Protegidas.

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Áreas Naturales Protegidas. por Mind Map: Áreas Naturales Protegidas.

1. Cuáles son las áreas de nuestro país, que han sido declaradas como Áreas Naturales Protegidas:

1.1. Actualmente, El Salvador cuenta con aproximadamente más de 117 áreas naturales protegidas por el MARN

1.1.1. Según reportes del MARN, el clima en el país no presenta variaciones extremas debido a que se encuentra ubicado en la zona neotropical.

1.1.1.1. A pesar de esto, durante el año se presentan anomalías climáticas que ocasionan inestabilidad en el desarrollo ambiental; para evitarlas, es recomendable realizar acciones que favorezcan a dichos ecosistemas, por ejemplo, el reciclaje, un mejor control de la deforestación, saneamiento del agua y aire y la concienciación sobre la importancia del medio ambiente.

1.2. Pero en los últimos años se ha presentado la iniciativa de proteger áreas verdes, que son de grandes extensiones y que no se pueden dejar perder, por eso es que se han elegido 16 áreas a las cuales se les brinda protección.

1.2.1. 1. Parque Nacional El Boquerón 2. Los Chorros de la Calera 3. Parque Walter Deininger 4. Parque Nacional Montecristo (El trifinio) 5. Arrecife los Cobanos 6. Volcan Tecapa y Laguna Alegría 7. La Puerta del Diablo 8. Parque los Andes 9. Parque nacional los Volcanes 10. Cerro el Pital 11. Parque Natural el Cerro Verde 12. Bosque de Chaguantique 13. Golfo de Fonseca junto al Parque Conchagua 14. Lago de Ilopango 15. Jardín botánico La Laguna 16. Rio Sapo

2. Cuál es el procedimiento para la declaratoria de Área Natural Protegida?, según la Ley de Áreas Naturales Protegidas.

2.1. Art. 8. La gestión de las Áreas Naturales Protegidas estará organizada en tres niveles, que son:

2.1.1. a) Un nivel estratégico de carácter nacional, con función consultiva y participativa. Para tal efecto se creará un Consejo Nacional de Áreas Naturales Protegidas, que será el principal Foro Consultivo y de debate en todo lo concerniente al Sistema de Áreas Naturales Protegidas, que podrá llamarse en el curso de la presente ley, El Consejo.

2.1.2. b) Un nivel gerencial constituido por la Gerencia de Áreas Naturales Protegidas y Corredor Biológico, con funciones organizativas, administrativas, ejecutivas y de planificación, que dependerá de la Dirección General de Patrimonio Natural.

2.1.3. c) Un nivel local a través de los Comités Asesores Locales, como el principal instrumento de participación y coordinación entre el área natural protegida y su espacio social aledaño. Los comités locales contarán con una composición

2.2. Específica para cada área protegida, integrándose los Concejos Municipales respectivos.

2.2.1. Los comités asesores locales deberán estar integrados por un representante de la Gerencia de las Áreas Naturales Protegidas, un representante de las comunidades aledañas al Área, un representante de los Concejos municipales respectivos, un representante de las organizaciones no gubernamentales legalmente establecidas, que trabajen en el tema de áreas naturales y un representante de las asociaciones de desarrollo comunal que tengan personalidad jurídica

2.2.2. Los representantes gubernamentales y municipales, serán nombrados mediante acuerdo del Órgano Ejecutivo en el ramo correspondiente o de la municipalidad según el caso; el procedimiento para la elección de los representantes de las organizaciones no gubernamentales y de las asociaciones de desarrollo comunal.

3. Julio Ernesto Serrano Ruiz SMTS063418 Joseline Ively Pineda Pineda SMIS22631 Mauro Enrique Cueva Orellana SMIS271113