El establecimiento del monopolio

ELEMENTOS PARA UNA SOCIOLOGIA DEL CAMPO JURIDICO.El establecimiento del monopolio.De Pierre Bordieu

Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
El establecimiento del monopolio por Mind Map: El establecimiento del monopolio

1. I.

1.1. La separación entre la visión vulgar del cliente y la visión sabia del experto no tienen nada de accidental, es constitutiva de una relación de poder que funda dos visiones del mundo.

1.2. Lenguaje jurídico puede permitirse emplear una palabra para nombrar cosas totalmente diferentes de las que designa en el lenguaje ordinario.

1.3. Esta de acuerdo la observación de que, como todo lenguaje sabio, el lenguaje jurídico consiste en uso particular del lenguaje ordinario.

1.4. El principio de la separación entre los dos significantes busca el efecto del contexto. La discordancia posicional es el fundamento estructural de los malentendidos que produce un código sabio y los simples profanos funcionan con falsos sinónimos.

2. VI.

2.1. La constitución del campo jurídico y la instauración del monopolio son inseparables sobre la producción y comercialización de esta categoría en particular.

2.2. La evolución reciente del campo jurídico nos da ocasión de observar el proceso de construcción de la aprobación, acompañado de la desposesion correlativa de los simples profanos.

2.3. El cuerpo de profesionales se define por el monopolio de los instrumentos necesarios para la construcción jurídica que es, en si misma, aprobación.

2.4. La competencia jurídica es un poder especifico que permite controlar el acceso al campo jurídico ya que puede determinar que conflictos merecen entrar en el y la forma especifica que deben revestir para constituirse en debates propiamente jurídicos.

3. V.

3.1. La injusticia se basa en el sentimiento de tener derecho y el poder especifico de los profesionales se basan en revelar los derechos y al mismo tiempo las injusticias.

3.2. Las necesidades de justicia o la capacidad sensible para detectar un acto injusto depende estrechamente de la posición de ocupación social, es decir, la realidad social que incumbe.

3.3. Los profesionales crean la necesidad, de sus propios servicios, engendran sus problemas y sus soluciones traducen el lenguaje jurídico al lenguaje ordinario.

3.3.1. Relación con el argumento.

3.4. La sensibilidad hacia la injusticia o la capacidad de percibir una experiencia como injusta depende de la posición que se ocupa en el espacio social y mental.

4. IV.

4.1. Primera exigencia: es el hecho de que se debe llegar a una decisión aunque sea aceptable o no para el demandante o demandado.

4.1.1. Relación con el argumento.

4.2. En la segunda, se intenta colocar en una sola categoría reconocida, la acusación y demandas, debido a que son limitadas respecto a los conceptos dados, en la vida cotidiana, se generan conflictos que quedan fuera de la ley, para ser solo morales.

4.3. Tercera exigencia: uno debe referirse y conformarse a los hechos que preexisten.

4.4. Las disposiciones comunes familiares a todos, a través de los estudios del derecho y la practica de las profesiones jurídicas, funcionan como categorías de percepción y apreciación de los conflictos ordinarios y que orientan el trabajo destinado a transformarlo en conformaciones jurídicas.

5. III.

5.1. El campo judicial es el espacio organizado en el que y por el que se opera la transmutación de un conflicto directo entre las partes directamente interesadas en un debate jurídicamente reglado entre profesionales actuantes en representación de sus clientes.

5.2. Las reglas escritas y no escritas del campo, aquellas reglas que es necesario conocer para triunfar contra la ley.

5.3. La entrada en el universo jurídico implica la aceptación tacita de la ley fundamental del campo jurídico.

5.4. La Constitución del campo jurídico es un principio de constitución de la realidad.

6. II.

6.1. El espacio judicial neutraliza el enfrentamiento entre mediadores.

6.2. Los juicios son neutros y buscan la solución de conflicto.

6.3. Todo conflicto se da entre sujetos con condiciones iguales y se expresan en manifestación publica.

6.4. La decisión judicial condesa toda ambigüedad del campo jurídico.