Objeto, fines y derechos mínimos laborales.

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Objeto, fines y derechos mínimos laborales. por Mind Map: Objeto, fines y derechos mínimos laborales.

1. Objeto

1.1. Es proteger al trabajador humano, siempre y cuando la actividad laboral no se realiza de forma libre y espontánea, que no sea ejecutada por amistad, colaboración o con actitud benévola, entre esposos e hijos en asuntos del hogar

1.1.1. La finalidad primordial del derecho del trabajo es la justicia social, y tiene por misión el estudio de los problemas legales que tienen relación con una actividad laboral.

1.1.1.1. Objetivo

1.1.1.1.1. Regular los deberes y derechos tanto de los obreros como de los patronos. Regular todo lo referente a salario, horas de trabajo, despidos justificado y no justificados, contratos individuales, sindicatos, huelgas entre otros. Regular los conflictos de la relación jurídico-laboral

2. Fines

2.1. Los fines del derecho laboral son los objetivos del ordenamiento laboral

2.1.1. La idea del trabajo como un derecho y un deber social.

2.1.1.1. En el presente, el derecho del hombre a la existencia quiere decir que la sociedad tiene la obligación de proporcionar a los hombres la oportunidad de desarrollar sus aptitudes

2.1.2. La libertad de trabajo

2.1.2.1. Esto significa que el individuo tiene plena libertad para escoger la actividad que mas le acomode, sin mas restricción que la licitud.

2.1.3. Igualdad en el trabajo

2.1.3.1. Este fin con el anterior tiene una vinculación estrecha, ya que no puede existir una igualdad sin libertad, y esta no se puede desarrollar sin la otra y esto es porque ambos son principios fundamentales complementarios, constituyendo la razon de ser del derecho laboral

2.1.3.1.1. Tiene dos principios:

2.1.4. Estabilidad en el empleo

2.1.4.1. Podemos definiría como el derecho de fijeza o permanencia que debe tener todo trabajador en su empleo, en tanto no sobrevenga una causa expresamente prevista en la ley: que origine o motive la ruptura o la interpretación del contrato de trabajo

3. Derechos minimos

3.1. Vacaciones

3.1.1. cada trabajador tiene seis días de vacaciones por el primer año de servicio, incrementándose en dos días por cada año hasta el cuarto año de servicios y, a partir de entonces, los días de vacaciones se aumentan dos días cada cinco años; además te corresponde una prima vacacional equivalente al 25 por ciento del monto percibido durante los días de vacaciones; aguinaldo correspondiente a 15 días de sueldo; un máximo de 48 horas de trabajo semanales; un día de descanso por semana; goce de sueldo y percibir al menos el salario mínimo (actualmente éste es de 80.04 pesos).

3.2. Contrato individual de trabajo

3.2.1. Estos documentos deberán contener: Información de las partes, duración del empleo, servicios a ser prestados por el empleado, lugar en que se prestarán los servicios, información de salario (es decir, cantidad, términos a pagar, día y medio de pago), referencias de formación, vacaciones y cualquier otra condición de trabajo acordada por las partes.

3.3. No discriminación.

3.3.1. La Ley Federal de Trabajo prohíbe cualquier tipo de discriminación. Todas las personas involucradas en una relación de trabajo están protegidas contra discriminación por: raza, nacionalidad, preferencia sexual, nacionalidad, religión, estado civil, condición social, edad, género y/o discapacidad. Asimismo, las prácticas discriminatorias también están prohibidas durante los procesos de contratación

3.4. Pago de utilidades

3.4.1. Todos los trabajadores de una Empresa, con excepción de los expresamente mencionados por la Ley Federal del Trabajo, tienen derecho a participar en las utilidades de la Empresa.

3.5. Terminación de la relación de trabajo

3.5.1. Si la relación laboral se rescinde sin causa justificada, el empleador deberá indemnizar al trabajador mediante el pago de un pago correspondiente a tres meses de salario integrado, más 20 días de salario integrado por año de servicio, además de una prima de antigüedad. Lo anterior independientemente del pago de las prestaciones y salarios devengados.

3.6. Maternidad.

3.6.1. Durante este periodo, el salario, beneficios y derechos de las mujeres, no deben verse afectados. El Instituto Mexicano del Seguro Social pagará a la madre trabajadora el 100 por ciento de su salario diario como aporte de seguridad social. Si se prolonga el período de licencia de maternidad, tiene derecho al 50 por ciento del salario diario de la contribución a la seguridad social por un período de hasta 60 días

3.7. salario acorde de horas de trabajo

3.7.1. Cuando deban aumentarse las horas de jornada, se abonará como salario por el tiempo excedente un ciento por ciento más de lo fijado para las horas normales. En ningún caso el trabajo extraordinario podrá exceder de tres horas diarias, ni de tres veces consecutivas. Los menores de dieciséis años no serán admitidos en esta clase de trabajos