Son Facultades del Federal

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Son Facultades del Federal por Mind Map: Son Facultades del Federal

1. En cada entidad federativa

1.1. Las leyes de una entidad federativa sólo tendrán efecto en su propio territorio y, por consiguiente, no podrán ser obligatorias fuera de él.

1.2. Los bienes muebles e inmuebles se regirán por la ley del lugar de su ubicación.

1.3. Las sentencias pronunciadas por los tribunales de una entidad federativa sobre derechos reales o bienes inmuebles ubicados en otra entidad federativa, sólo tendrán fuerza ejecutoria en ésta, cuando así lo dispongan sus propias leyes.

1.4. Los actos del estado civil ajustados a las leyes de una entidad federativa, tendrán validez en las otras

1.5. Los títulos profesionales expedidos por las autoridades de una entidad federativa con sujeción a sus leyes, serán respetados en las otras.

2. Los estados no podrán:

2.1. Celebrar alianza, tratado o coalición con otro Estado ni con las Potencias extranjeras

2.2. Acuñar moneda, emitir papel moneda, estampillas ni papel sellado

2.3. Gravar el tránsito de personas o cosas que atraviesen su territorio.

2.4. Prohibir ni gravar directa ni indirectamente la entrada a su territorio, ni la salida de él, a ninguna mercancía nacional o extranjera

2.5. Gravar la circulación ni el consumo de efectos nacionales o extranjeros, con impuestos o derechos cuya exención se efectúe por aduanas locales, requiera inspección o registro de bultos o exija documentación que acompañe la mercancía.

2.6. Expedir ni mantener en vigor leyes o disposiciones fiscales que importen diferencias de impuestos.

2.7. Contraer directa o indirectamente obligaciones o empréstitos con gobiernos de otras naciones, con sociedades o particulares extranjeros, o cuando deban pagarse en moneda extranjera o fuera del territorio nacional

3. Requieren consentimiento del congreso de la unión:

3.1. Establecer derechos de tonelaje, ni otro alguno de puertos, ni imponer contribuciones o derechos sobre importaciones o exportaciones.

3.2. Tener, en ningún tiempo, tropa permanente ni buques de guerra.

3.3. Hacer la guerra por sí a alguna potencia extranjera, exceptuándose los casos de invasión y de peligro tan inminente, que no admita demora. En estos casos darán cuenta inmediata al Presidente de la República.