Principios básicos de la propiedad industrial

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Principios básicos de la propiedad industrial por Mind Map: Principios básicos de la propiedad industrial

1. Propiedad intelectual

1.1. Todas las creaciones del intelecto

1.2. Protege los intereses de los innovadores y los creadores al ofrecerles prerrogativas en relación a sus creaciones

1.3. Las materias que pueden ser objeto de protección mediante los derechos de P.I son: *las obras literarias artisticas y cientificas *las interpretaciones de los artistas interpretes y las ejecuciones de los artistas ejecutantes, los fonogramas y las emisiones de radiodifusión *las invenciones en todos los campos de la actividad humana* los descubrimientos cientificos* los diseños industriales*las marcas de fábrica, de comercio y de servicio y los nombres y denominaciones comerciales *la protección contra la competencia desleal * todos los demás deerechos relativos a la actividad intelectual en los terrenos industrial, cientifico, literario y artistico

1.4. CONVENIO DE PARIS PARA LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (1883) CONVENIO DE BERNA PARA LA PROTECCIÓN DE LAS OBRAS LITERARIAS Y ARTISTICAS (1886)

1.5. se explica la importancia de que los países promulguen leyes de protección de la P.I

2. La propiedad intelectual y los circuitos integrados

2.1. La fabricación de circuitos integrados se realiza conforme a planes o esquemas de trazado sumamente detallados , estos constituyen creaciones de intelecto

2.2. son resultado de grandes inversiones tanto en adquisición de conocimientos como en recursos financieros.

2.3. se pueden copiar con facilidad, solo se necesita una fotocopia de cada parte del circuito integrado y la preparación de moldes para la producción del circuito integrado sobre la base de esas fotograficas

2.3.1. el elevado costo que supone la concepción de esquemas de trazado y la relativa facilidad con que pueden copiarse son las principales razones que justifican la protección en esa esfera

2.4. para proteger los esquemas de trazado el 26 de mayo de 1989 se adoptó el tratado de la ompi sobre la propiedad intelectual respecto de los circuitos integrados.

2.4.1. Acuerdo sobre los aspecto sde los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio . (acuerdo sobre los ADPIC) adoptado en 1994

3. Marcas

3.1. Son un signo o una combinación de signos que diferencian los productos o servicios de una empresa de los de las demás

3.1.1. estos signos pueden ser palabras, letras, números, fotos, formas y colores o una combinación de los mismos. incluso pueden ser signos tridimensionales como botellas o chocolates, signos sonoros o los signos olfativos,

3.1.1.1. varios paises pusieron limites para que unicamente se puedan registrar los signos que puedan ser perceptibles visualmente o puedan ser representados por medios gráficos

3.2. las marcas se utilizan para productos o en relación con la comercialización de productos o servicios. no solo se aplican a los productos propiamente dichos sino también al embalaje en el que se comercializan. En cuanto a su utilización para la venta de productos, se trata concretamente de la utilización del signo en anuncios, por ejemplo, en los periodicos, en la tele, etc.

3.3. Marcas colectivas

3.3.1. de una asociación de ingenieros

3.4. Marcas de certificación

3.4.1. Denotan cumplimiento con ciertas normas definidas

3.5. Marcas de servicio

3.5.1. hoteles,restaurantes, etc. todo lo que se aplica a las marcas de fabrica y de comercio se aplica también a las marcas de servicio

3.6. Desempeñan 4 funciones

3.6.1. diferenciar los productos y servicios de una empresa de los de las demás

3.6.2. diferencian los productos o servicios de una fuente determinada de productos o servicios identicos o similares, pero que provienen de otras fuentes

3.6.3. Denotan una cualidad concreta de producto o servicio a las que se apliquen

3.6.3.1. función de garantía

3.6.3.1.1. se puede licenciar la marca a otras empresas, y los licenciatarios deben respetar las normas de calidad establecidas por el propietario de la marca.

3.6.4. Promueven la comercialización y la venta de productos y la comercialización y la prestación de servicios

3.6.4.1. fomentar ventas

3.6.4.2. la marca debe atraer al consumidor e inspirar confianza. esto último a veces se conoce con el nombre de función de comunicación

3.6.4.3. Los propietarios de marcas registradas tienen derechos exclusivos respecto de estas , pueden utilizar la marca e impedir a terceros no autorizados que la utilicen o utilicen una marca similar, para que el publico no se confunda. Se puede renovar la protección siempre y cuando pagues las tasas correspondientes, y a condición de que la marca se utilice.

4. Nombres comerciales

4.1. Nombre o designación que permiten identificar a una empresa.

4.1.1. estos gozan de de protección automática sin que exista la obligación de depósito o de registro, y formen o no parte de una marca.

4.1.1.1. no se puede copiar el nombre ni algo similar para que el publico no se confunda

5. Indicaciones geográficas

5.1. Signo que se utiliza para productos de un origen geográfico específico y cuyas cualidades o reputación se deben a dicho lugar de origen

5.1.1. productos agricolas que suelen tener cualidades que derivan del lugar de producción y están influidas por factores locales especificos, como el clima y el suelo.

5.1.2. pueden ser utilizadas para poner en relieve cualidades concretas de un producto que se deban a factores humanos característicos del lugar de origen de este, como técnicas y tradiciones de elaboración especificas.

5.2. Por denominación de origen se entiende un tipo especial de indicación geográfica que se utiliza para productos que tienen cualidades especificas que se deben exclusiva o esencialente al entorno geográfico de la elaboración del producto.

5.3. arreglo de lisboa

5.4. Son objeto de una gran variedad de formas de protección, como las leyes contra la competencia desleal, las leyes de protección del conumidor, las letes de protección de las marcas de certificación o leyes especiales de protección de las indicaciones geográficas o las denominaciones de origen.

5.4.1. se imposibilita que teceros engañen al publico mediante el uso de denominaciones de origen

6. Protección contra la competencia desleal

6.1. En el articul 10bis del convenio de paris se establece la obligación que tienen los estados parte de establecer medidas de protección contra los actos de competencia desleal.

6.2. La protección contra la competencia desleal complementa la protección de la invenciones, los diseños industriales, las marcas y las indicaciones geográficas. reviste particular importancia para la protección de los conocimientos, la tecnología y la información que sean objeto de protección por patente pero que sean necesarios a fin de utilizar de forma óptima una invención patentada.

7. Función de la OMPI

7.1. Es una organización internacional cuya finalidad es fomentar la creatividad y la innovación velando por la protección en todo el mundo de los derechos de los creadores y propietarios de activos de propiedad intelectual, así como por el reconocimiento y la debida retribución de inventores y autores

7.1.1. en un foro los miembros se esfuerzan por crear y armonizar normas y prácticas para proteger los derechos de P.I. Los paises desarrollados ya tienen sistemas de protección ya centenarios, en lo paises en desarrollo todavía no.

7.2. La ompi asiste a sus estados miembros para que desarrollen esos nuevos sistemas mediante la negociación de tratados, la asistencia juridica y técnica y la formación po varios medio , en particular, en la esfera de la observancia de los derechos de P.I.

7.3. Los sistemas administrados por la ompi abarcan cuatro mecanismos en la esfera de la propiedad industrial

7.3.1. Ademas cuenta con sistemas internacionales de registro.

7.3.2. 1.sistema del tratado de cooperación en materia de patentes (pct), para patentes

7.3.3. 2. el sistema de madrid para las marcas

7.3.4. 3. el sistema de la haya, para diseños industriales

7.3.5. 4. el sistema de lisbia para las denominaciones de origen

7.3.6. Hay sistemas de clasificación

7.3.6.1. El arreglo de estrasburgo para las patentes

7.3.6.2. el arreglo de niza para las marcas

7.3.6.3. el acuerdo de viena elementos figurativos de las marcas

7.3.6.4. arreglo de locarno, para diseños industriales

7.4. El centro de arbitraje y mediación ofrece servicio para la solución de controversias internacionale en materia de propiedad intelectual

8. Propiedad intelectual

8.1. Derechos de autor

8.1.1. se aplica a las creaciones literarias y artisticas como los libros, las obras musicales, las pinturas, las esculturas, las peliculas y las obras basadas en la tecnología (como, por ejemplo, programas informaticos y bases de datos electronicas)

8.1.2. Copyright

8.1.2.1. Hace referencia al hecho de copiar una obra original, algo que, en lo que respecta a creaciones literarias y artisticas, solo puede hacerse si se es el autor de la obra o si se cuenta con la autorización de este.

8.1.3. Derechos morales

8.1.3.1. los autores gozan de derechos específicos en relación con sus creaciones que solo ellos pueden ejercer

8.2. Propiedad industrial

8.2.1. se explica en el convenio de paris

8.2.2. patentes de invención, diseños industriales, las marcas de fábrica, las marcas de servicio, los esquemas de trazado de circuitos integrados, los nombres y las denominaciones comerciales, las indicaciones geográficas y la protección contra la competencia desleal

8.2.3. Los objetos de de propiedad intelectual consisten en signos que transmiten información, en particular a los consumidores, en relación con los productos y servicios disponibles en el mercado.

8.2.4. La protección tiene por finalidad impedir toda utilización no autorizada de dichos signos, que pueda inducir a error a los consumidores, así como toda práctica que induzca a error en general

8.2.5. "la propiedad industrial se entiende en su aceptación más amplia y se aplica no solo a la industria y al comercio propiamente dichos, sino también al dominio de las industrias agrícollas y extractivas de todos los productos fabricados o naturales, pro ejemplo; vinos, granos, hojas de tabaco, frutos, animales, minerales, aguas minerales, cervezas, flores, harinas"

9. Patentes de invención

9.1. la invención es toda nueva solución a un problema técnico, ya sea el problema nuevo o viejo la solución debe ser nueva.

9.2. su creación debe ser fruto de una proporción adecuada de ingenio, creatividad e inventiva humanos (no cosas que ya existan en la naturaleza)

9.3. Las patentes son el medio más generalizado que existe para proteger invenciones técnicas

9.3.1. su propósito es fomentar la innovación y la transferencia y difusión de tecnología en interés los inventores, los usuarios de las invenciones y el público en general

9.4. Una vez que un estado o uuna oficina regional que actúa en nombre de varios estados conceden una patente, su titular tiene derecho a impedir que terceros exploten por medios comerciales la invención durante un plazo aproximado a los 20 años-

9.5. para que tenga protección se debe divulgar la invención, y sus derechos solo pueden hacerse valer en el territorio en que ha sido concedida la patente

9.6. En la solicitud, el solicitante debe describir la invención con todo detalle y compararla con anteriores tecnologías existentes en ese mismo campo para demostrar que es nueva

9.7. Condiciones de patentabilidad

9.7.1. Materia patentable

9.7.1.1. Depende de los países, pero por lo regular se excluye toda invención cuya explotación comercial se considere necesario impedir a los fines de proteger el orden público, las buenas costumbres y la salud pública (como, por ejemplo, teorías cientificas, los métodos matemáticos, las variedades vegetales y animales, los descubrimientos de sustancias naturales, los métodos de tratamiento médico ( en oposición a los productos médicos))

9.7.2. Aplicación industrial

9.7.2.1. Debe tener utilidad práctica o ser susceptible de aplicación indutrial, de una y otra indole

9.7.3. *Novedad

9.7.3.1. Se debe observar una nueva característica hasta el momento no conocida en el cuerpo de conocimientos ( lo que se conoce como estado de técnica)

9.7.3.2. Se debe observar una nueva característica hasta el momento no conocida en el cuerpo de conocimientos ( lo que se conoce como estado de técnica)

9.7.4. *Actividad inventiva (no evidencia)

9.7.4.1. alfo que no pueda ser deducido por una persona con conocimientos generales en el campo técnico de que se trate..

9.7.5. Divulgación de la invención

9.7.5.1. Se debe divulgar de manera clara y completa en la solicitud para que una persona versada en la materia

9.7.6. "*" deben cumplirse en una fecha determinada, cuando se presenta la solicitud

9.8. Derecho de prioridad

9.8.1. El derecho de prioridad proporciona a todo aquel que ha presentado una primera solicitud de patente (o un modelo de utilidad) en un país (en el que el Convenio esté en vigor) el derecho a esperar durante un periodo de no más de doce meses hasta que presenta solicitudes para la misma invención en otros países.

9.9. Patentes de producto y patentes de procedimiento

9.9.1. La persona a la que se le concede la patente se conoce con el nombre de titular de la patente o propietario de la patente

9.9.1.1. Ya que se tiene la patente, si un 3ro quiere utilizar el invento, tiene que obtener la autorización del titular de la patente

9.10. Al pasar los 20 años, la invención pasa a formar parte del dominio público

9.10.1. el titular deja de tener derechos exclusivos

9.10.1.1. los derechos exclusivos son: en lo que respecta a las patentes de productos, el derecho a impedir la fabricación, uso, venta y oferta para la venta del producto por parte de terceros, o la importación del mismo para esos fines sin el consentimiento del titular

9.10.1.2. en patentes de proccedimiento, el derecho a impedir el uso de dicho procedimiento por parte de teceros sin el consentimiento del titular de la patente, y el derecho a impedir el uso, venta u oferta para la venta por parte de terceros de los productos obtenidos directamente por medio de los procedimientos en cuestión o la importación de los mismos para esos fines sin el consentimiento del titular de la patente

9.10.1.3. El titular de la patente no goza de derechos reconocidos en la leyes para la explotación de la invención, antes bien, disfruta de derechos reconocidos en las leyes para impedir que terceros exploten por medio scomerciales su invención.

9.10.1.3.1. Los titulares pueden concder autorizaciones o licencias a terceros para que utilicen sus invenciones , también pueden vender a terceros los derechos conferidos, y ellos pasarán a ser los nuevos titulares de la patente

10. Modelos de utilidad

10.1. son similares a las patentes y a las patentes de innovación o innovación de utilidad (de Australia y malasia)

10.2. Titulo de protección de determinadas invenciones, como las invenciones en la esfera mecanica

10.3. Es para las invenciones de menor complejidad técnica y a las invenciones que se prevé comercializar solamente durante un periodo de tiempo limitado.

10.4. Procedimiento para su tramite es más fácil que el de una patente

10.5. Los requisitos: "novedad" es obligatorio, "actividad inventiva" (o "no evidencia") a veces no se contempla o es menos riguroso

10.5.1. se solicita en relación con innovaciones que aportan mejoras y que no necesariamente reunen los criterios de patentabilidad

10.6. El plazo de protección es más corto que el de las patentes

10.7. Las tasas que se exigen para la obtención y el mantenimiento de los derechos a ese respecto suelen ser inferiores a las relativas a las patentes

11. Diseños industriales (dibujos y modelos industriales)

11.1. Se aplican a una amplia variedad de productos de la industria y la artesanía. Se refiere a aspectos ornamentales y estéticos de un articulo, incluidas las composiciones de líneas o colores en formas tridimensionales que otorgan una apariencia especial a un producto u obra de artesanía. Debe ser produccido por medios industriales

11.2. Al registrar sus diseños industriales, los fabricantes protegen uno de los elementos creativos que determinan el éxito del producto en el mercado. Sirve como incentivo para invertir en la actividad de diseñar.

11.2.1. una de las finalidades básicas de la protección de los diseños industriales es fomentar la actividad de diseño para la elaboración de productos

11.2.1.1. hay casos en los que los diseños industriales pueden obtener protección por derecho de autor , si el diseño puede clasificarse como una obra de arte aplicado

11.3. los diseños deben ser nuevos u originales

11.4. la protección de los diseños industriales que se contempla en las leyes solo se aplica a los diseños correspondientes a articulos o productos o que estén integrados en ellos. esa protección no impide que otros fabricantes produzcan o hagan negocios con articulos o productos similares, a condición de que en estos últimos no esté integrdo o reproduccido el diseño protegido.

11.5. po lo general la protección dura de 10 a 25 años, y al registrarlo se obtiene protección contra la explotación no autorizada del diseño aplicado a articulos industriales. se concede el derecho exclusico a realizar, importar, vender, alquilar u ofrecer en venta articulos a los que se aplique el diseño o en el que esté incorporado el mismo

11.5.1. se puede renovar el registro para obtener una ampliación de la protección, ya que por lo regular los diseños pasan de moda y ya no es tan rentable seguir con ellos