Terceros en las Reglas Jurídicas Contractuales.

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Terceros en las Reglas Jurídicas Contractuales. por Mind Map: Terceros en las Reglas Jurídicas Contractuales.

1. Cesión de Posición Contractual

1.1. Definición.- (Art. 1435 del C.C.)

1.1.1. Una de las partes, en una relación contractual constituida, sale de su posición para que otra asuma dicho lugar. Se cede tanto derechos como obligaciones.

1.2. Sujetos (Carácter trilateral)

1.2.1. Cedente, persona que sale de la relación contractual.

1.2.2. Cesionario, persona que ocupa el lugar del cedente.

1.2.3. Cedido, persona que continua en la relación contractual.

1.3. Diferencias con otras figuras civiles

1.3.1. Con la asunción de deuda, en la CPC es mas completa porque abarca también la cesión de derechos.

1.3.2. Con la novación, porque en la CPC subsiste la misma obligación y en la novación se reemplaza a la misma.

1.3.3. Con el subcontrato, porque da nacimiento en esta figura a una nueva relación y en la CPC es la misma relación.

1.3.4. Contrato a favor de tercero, porque el tercero nunca se incorpora en la relación y en la CPC el tercero se incorpora para ser parte.

1.4. Condiciones

1.4.1. Contratos, cuyas prestaciones no se hayan ejecutado totalmente.

1.4.2. El cedido debe prestar su conformidad

1.5. Modalidades

1.5.1. Con liberación completa, el cedente nunca retorna a su posición, a pesar de vicios en el contrato.

1.5.2. Sin liberación Completa, el cedente responde por los vicios del contrato.

1.6. Garantia

1.6.1. El cedente garantiza al cesionario la existencia del contrato.

2. Contrato por persona a nombrar

2.1. Definición.-

2.1.1. En algunas ocasiones, una de las partes puede salir de una relación contractual, pero para esto, debe de existir un pacto previamente establecido en el contrato que le permita esto.

2.2. Sujetos.-

2.2.1. Estipulante, persona que saldrá de la relación contractual.

2.2.2. Tercero, reemplaza al estipulante en la relación contractual.

2.2.3. Cedido, persona que se queda en la relación contractual.

2.3. Diferencia con la Cesion de Posicion Contractual.-

2.3.1. En el contrato por persona a nombrar, la facultad de salir de la relación contractual, ya se encuentra establecida en el contrato, en cambio en la CPC se requiere de la autorización de la persona Cedida, necesariamente.

2.4. Nombramiento.-

2.4.1. La declaración del nombramiento por parte del tercero, debe comunicarse a la otra parte dentro del plazo de 30 días de haberse celebrado el contrato. La forma de la declaración de nombramiento y aceptación es la misma que para el contrato.

3. Promesa de hecho o de obligación de tercero

3.1. Definición.-

3.1.1. Una de las partes puede obligarse a que un tercero realice una prestación a favor de su contra parte, sino pagaría una indemnización (como una clausula penal resarcitoria).

3.2. Sujetos.-

3.2.1. Tercero, quien realiza las obligaciones.

3.2.2. Promisario, quien designo al tercero.

3.2.3. Promitente, beneficiario de las prestaciones que realizara el tercero.

3.3. Monto de la Indemnización.-

3.3.1. El monto indemnizatorio, (prestación sustitutoria) puede pactarse de forma anticipada por las partes.

4. Contrato a favor de tercero

4.1. Antecedentes.- (Artículo 1363 del C.C.)

4.1.1. Por regla los contratos solo obligan a los que los suscriben, excepcionalmente los herederos, pueden asumir esas obligaciones - Principio de Relatividad.

4.2. Definición.-

4.2.1. Es el acuerdo de voluntades cuyos efectos positivos se producirán sobre la esfera de un tercero.

4.3. Características.

4.3.1. Es un contrato, es un acuerdo.

4.3.2. Es bilateral, existen dos sujetos (quienes suscriben el contrato).

4.3.3. El tercero es un extraño (no firma el contrato).

4.3.4. La finalidad es la satisfacción de un tercero.

4.3.5. El estipulante actúa en interés propio.

4.3.6. Prestación variada, cualquier tipo de actividad.

4.4. Sujetos.-

4.4.1. Tercero, persona que se beneficia con los efectos del contrato.

4.4.2. Estipulante, quien elige al tercero.

4.4.3. Prominente, quien realizara la prestación a favor del tercero.

4.5. Relación entre los sujetos.-

4.5.1. Estipulante y Promitente, personas que firmar el contrato.

4.5.2. Tercero y Promitente, el tercero es el beneficiario de la prestación que realizara el promitente.

4.5.3. Tercero y Estipulante, el estipulante cede los beneficios del contrato al tercero.

4.6. Nacimiento del derecho.-

4.6.1. Ocurre inmediatamente de firmado el contrato, el tercero debe dar la aceptación del mismo, caso contrario el estipulante goza de los beneficios del contrato.

4.7. Sustitución de Tercero.-

4.7.1. El estipulante, puede cambiar al tercero o modificar o revocar el derecho del tercero, siempre que este ultimo no acepte.

4.8. Medios de defensa del promitente.-

4.8.1. El promitente puede ofrecer los medios de defensa correspondiente a la relación con el tercero, ya que este ultimo asume las obligaciones y derechos de la relación contractual.