Leyes de Reforma y Liberalismo Social

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Leyes de Reforma y Liberalismo Social por Mind Map: Leyes de Reforma y Liberalismo Social

1. Contexto leyes de Reforma y otras reformas de contexto social liberal.

1.1. • Salida de Santa Anna y triunfo del movimiento revolucionario del Plan de Ayutla.

1.2. • Presencia de una juventud liberal de corte moderado, reformista y radical en el escenario político.

1.3. • México se halla entre la lucha de intereses entre Europa, principalmente Francia y los Estados Unidos.

1.4. • Conflictos de coexistencia entre las bases sociales del país, por un lado, los mestizos y criollos y por otro los indígenas. (guerra de castas de Yucatán, sublevación de la sierra gorda e incursiones de los “indios barbaros”).

1.5. • Antes de la Ley de Desamortización, muchos pueblos se encontraban ya en la miseria al haber sido despojados de sus tierras por título colonial, y a partir de la Ley de Desamortización los hacendados la utilizan a su favor adquiriendo tierras y esclavizando a los indígenas con el peonaje.

1.6. • Guerra de los 3 años de 1858 a 1860, conflicto entre conservadores y liberales.

1.7. • Intervención Francesa y llegada del Archiduque de Austria, nombrado Emperador de México.

2. LEY JUAREZ, 22 DE NOVIEMBRE DE 1855.

2.1. REPRESENTANTE:

2.1.1. BENITO JUAREZ

2.2. PRINCIPIOS:

2.2.1. Crear condiciones básicas para la impartición de justicia rápida y eficaz ejercida desde la “Potestad Pública”

2.3. IDEAS:

2.3.1. Decretar una nueva ley de administración de Justicia.

2.4. PLANTEAMIENTOS:

2.4.1. supresión del fuero eclesiástico y militar en asuntos civiles.

2.5. DISPOCISIONES:

2.5.1. Los tribunales eclesiásticos y militares no intervendrán en los negocios civiles, solo en los de su respectivo fuero.

3. LEY LAFRAGUA, 28 DE DICIEMBRE DE 1855.

3.1. REPRESENTANTE:

3.1.1. JOSÉ MARÍA LAFRAGUA.

3.2. PRINCIPIOS:

3.2.1. Mayor libertad de opinión, libertad de imprenta.

3.3. IDEAS:

3.3.1. Decretar una nueva Ley de imprenta que brinde mayor libertad, en contraposición con la represora y severa ley de imprenta del gobierno de Santa Anna.

3.4. PLANTEAMIENTOS:

3.4.1. Que ninguno pueda ser molestado por sus opiniones, pero sin abusar tampoco del derecho de imprenta.

3.5. DISPOCIONES:

3.5.1. Todos tiene libertad de expresar sus opiniones, imprimirlas y circularlas sin necesidad de previa censura a menos de que se ataque de modo directo la religión católica, la forma de gobierno republicana, incitar a desobedecer la ley, en contra de las buenas costumbres o se atente contra la vida privada.

4. LEY LERDO, 25 DE JUNIO DE 1856.

4.1. REPRESENTANTE:

4.1.1. MIGUEL LERDO DE TEJADA

4.2. PRINCIPIOS:

4.2.1. Que exista prosperidad económica y aumento de la riqueza pública.

4.3. IDEAS:

4.3.1. Que exista movimiento o libre circulación de gran parte de la propiedad raíz amortizada al clero y comunidades indígenas.

4.4. PLANTEAMIENTOS:

4.4.1. Ninguna corporación civil o eclesiástica cualquiera que fuera su carácter denominación u objeto podría adquirir o administrar bienes raíces.

4.5. DISPOCICIONES:

4.5.1. Fincas rusticas o urbanas, serán arrendadas para su mayor producción. Las que no estén arrendadas lo harán al mejor postor y ninguna corporación puede adquirir y administrar ninguna propiedad raíz.

5. EL REGISTRO CIVIL,27 DE ENERO DE 1857.

5.1. REPRESENTANTE:

5.1.1. IGNACIO COMONFORT

5.2. PRINCIPIOS:

5.2.1. Los diferentes actos de la vida de los habitantes del país, que van desde el nacimiento, el matrimonio, la adopción y la muerte, están controlados por la iglesia católica y en un gobierno laico esto no puede ser así.

5.3. IDEAS:

5.3.1. Tener un control y un padrón de los nacimientos los cuales debe ejercer poder del gobierno civil y quitarle esa atribución a la iglesia católica.

5.4. PLANTEAMIENTOS:

5.4.1. A través del bautismo, la iglesia anotaba y llevaba registro y control de los nacimientos, así como de los matrimonios y las defunciones. La vida civil de los habitantes solo le debe corresponder a la República.

5.5. DISPOCICIONES:

5.5.1. Se establece en toda la República el registro del estado civil. Todos los habitantes están obligados a inscribirse en el Registro para poder ejercer sus derechos civiles. Siendo los actos del estado civil: El nacimiento, el matrimonio, la adopción y arrogación, la muerte.

6. LEY IGLESIAS, 11 DE ABRIL DE 1857.

6.1. REPRESENTANTE:

6.1.1. JOSÉ MARÍA IGLESIAS

6.2. PRINCIPIOS:

6.2.1. Es un abuso por parte de la corporación eclesiástica, cobrar a los pobres por los distintos sacramentos religiosos. Esta práctica injusta debe terminar.

6.3. IDEAS:

6.3.1. Prohibir y castigar a la corporación eclesiástica por el cobro de los distintos sacramentos.

6.4. PLANTEAMIENTOS:

6.4.1. Esta tradición colonial debe terminar por ser injusta y si hubiera que realizar una aportación a la iglesia deberá ser de manera voluntaria.

6.5. DISPOCICIONES:

6.5.1. Se da fin al cobro de Arancel o derecho alguno en bautismos, amonestaciones, casamientos, entierros o cualquier pago de obvención y derecho parroquial que se intenten cobrar a los pobres, entendiendo como pobres a todos aquellos que no adquieran por su trabajo personal la cantidad diaria indispensable para su subsistencia. Si se desobedeciera se cobrará tres veces más de lo cobrado, multas de 10 a 15 pesos y destierros de hasta 60 días. La ley se observará en todos los curatos y sacristías de la República.

7. LA SUPRESION DE LA UNIVERSIDAD. 14 DE SEPTIEMBRE DE 1857.

7.1. REPRESENTANTE:

7.1.1. AGUSTÍN GÓMEZ FARÍAS E IGNACIO COMONFORT

7.2. PRINCIPIOS:

7.2.1. La educación en manos de la iglesia católica es improductiva y perniciosa ya que su enseñanza es retrograda y arcaica.

7.3. IDEAS:

7.3.1. La educación debe de basarse en principios científicos, liberales y laicos en contraposición de lo que hace la iglesia católica.

7.4. PLANTEAMIENTOS:

7.4.1. Suprimir la Real y Pontificia Universidad de México y establecer la Biblioteca Nacional.

7.5. DISPOSICIONES:

7.5.1. Se suprimen la Universidad de México, edificio, libros, fondos y demás bienes se destinan a la formación de la Biblioteca Nacional. Todos los impresores de la capital deberán contribuir con dos ejemplares de lo que publiquen para el acervo de la biblioteca.