RESOLUCIÓN 10911 DE 1992

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RESOLUCIÓN 10911 DE 1992 por Mind Map: RESOLUCIÓN 10911 DE 1992

1. Si el concepto fuera desfavorable, pero las condiciones permiten que en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles, se efectúen las correcciones a las deficiencias anotadas en el Acta

2. para autorizar la apertura del local tendrán en cuenta: iluminación, ventilación, pisos, paredes, cielo razos, instalaciones higiénicas sanitarias, eléctricas, área adecuada nunca inferior a veinte (20) metros cuadrados, facilidad de acceso, factibilidad de prestar el servicio nocturno, independencia y separación reglamentaria de otra u otras Droguerías.

2.1. Para la determinación de las distancias, se presentará la certificación expedida por la Oficina de Catastro, de Planeación Departamental, Distrital o Municipal, Instituto Geográfico Agustín Codazzi

3. La Oficina de Control de Medicamentos una vez recibida la solicitud correspondiente, efectuará una visita de inspección para constatar el cumplimiento de los requisitos De la visita se levantará un Acta la cual será suscrita por los funcionarios que la practiquen y de esta los funcionarios emitirán en la misma acta concepto favorable o desfavorable respecto a la autorización para instalar la Droguería.

4. Por la cual se determinan los requisitos para apertura y traslado de las Droguerías o Farmacias Droguerías.

5. Toda Droguería o Farmacias Droguería deberá solicitar a la Oficina de control de Medicamentos de las Direcciones Seccionales o Locales de Salud o las entidades que hagan sus veces, autorización y aprobación para su apertura o traslado dentro del territorio nacional.

6. - Para la aprobación de apertura o traslado de Droguería o Farmacia Droguerías en todo el territorio nacional, deberá existir una distancia mínima de ciento cincuenta (150) metros lineales a la redonda entre la Droguería solicitante y la Droguería más cercana.

7. Las Droguerías o Farmacias Droguerías establecidas sin solicitud la autorización de que trata el Artículo Segundo de esta Resolución, serán cerradas de inmediato por las respectivas autoridades de salud.