1. garantías sociales.
1.1. tienen como objetivo proteger al hombre como ente colectivo e intentar asegurar su futuro educativo y económico.
1.1.1. Articulo 3. Se enfoca en materia educativa, propugnando por la laicidad, la Gratuidad y la rectoría del estado en esta área
1.1.2. Articulo 27. Reconoce la Vulnerabilidad de grupos indígenas en torno a la tenencia de la tierra
1.1.3. Articulo 123. Establece de manera general los derechos Laborales, el fin de este artículo es dotar de herramientas legales a los Trabajadores para combatir la explotación por parte de los patrones.
2. se clasifican
2.1. garantías individuales.
2.1.1. son derechos fundamentales de las que los ciudadanos mexicanos gozan, de acuerdo a la constitución que versan sobre la libertad, seguridad, igualdad y propiedad.
2.1.2. contenidas en Título Primero
2.1.3. 29 artículos de distinta índole, todos circunscritos a los derechos que como mexicanos tenemos dentro del territorio nacional y en las diferentes embajadas en el extranjero, que también forman parte de la propiedad nacional.
2.1.4. Art. 1º En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece.
2.1.5. Art. 2º Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos.
2.1.6. Art. 3º La enseñanza es libre; pero será laica la impartida en establecimientos oficiales de educación
2.1.7. Art. 4º A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial.
2.1.8. Art. 5º Nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento
2.1.9. Art. 6º La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público.
2.1.10. Art. 7º Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquiera materia.
2.1.11. Art. 8º Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.
2.1.12. Art. 9º No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito.
2.1.13. Art. 10º Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen libertad de poseer armas de cualquiera clase, para su seguridad y legítima defensa, hecha excepción de las prohibidas expresamente por la ley y las que la nación reserve para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Guardia Nacional; pero no podrán portarlas en las poblaciones sin sujetarse a los reglamentos de policía.