Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
DECLARACION DE RENTA por Mind Map: DECLARACION DE RENTA

1. Tarifa

2. ELEMENTOS

2.1. Sujeto activo

2.2. Sujeto pasivo

2.3. Hecho generador

2.4. Hecho imponible

2.5. Causacion

2.6. Base gravable

3. La unidad de valor tributario UVT

3.1. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), a través de la resolución 84 del 28 de noviembre, fijó el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT) que regirá en el 2020.

3.1.1. De acuerdo con la resolución, el valor quedó fijado en $ 35.607, lo que representa un incremento del 3,9% frente al vigente en el 2019, es decir un aumento de $ 1.337.

4. REQUISITOS PARA DECLARACIÓN DE RENTA

4.1. Las consignaciones, depósitos o inversiones fueron superiores a 1.400 UVT ($ 46.418.000).

4.2. Las compras y consumos totales durante el año excedieron las 1.400 UVT ($ 46.418.000).

4.3. El consumo con tarjetas de crédito superó las 1.400 UVT ($ 46.418.000).

4.4. Sus ingresos brutos fueron superiores a 1.400 UVT ($ 46.418.000).

4.5. Su patrimonio bruto excede las 4.500 UVT ($ 149.202.000).

5. CALENDARIO TRIBUTARIO 2020

5.1. Con respecto a la declaración y pago del Impuesto a la Renta, el Calendario tributario DIAN 2020 establece las siguientes fechas para los Grandes contribuyentes , las personas naturales y las jurídicas (las cuales pagan en dos cuotas):

5.1.1. GRANDES CONTRIBUYENTES

5.1.1.1. 1 CUOTA DEL 11 AL 24 DE FEBRERO SEGÚN ULTIMO DÍGITO DEL NIT

5.1.1.2. 2 CUOTA DEL 14 AL 27 DE ABRIL SEGÚN ULTIMO DÍGITO DEL NIT

5.1.1.3. 3 CUOTA DEL 9 AL 24 DE JUNIO SEGÚN ULTIMO DÍGITO DEL NIT

5.1.2. PERSONAS JURÍDICAS Y NATURALES

5.1.2.1. Las personas jurídicas requieren cancelar la prima del impuesto sobre la renta y el complemento entre el 14 de abril y el 12 de mayo de 2020, el acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT y el pago de la segunda cuota que sería efectivo entre el 9 y el 24 de junio de 2020 según el último dígito del NIT.

5.1.2.2. Por su parte las personas naturales y sucesiones ilíquidas presentarían la declaración del impuesto sobre la renta entre el 11 de agosto y el 21 de octubre de 2020, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT.

5.1.2.2.1. La declaración y pago del Impuesto a la Renta de Personas Naturales será en dos cuotas: la primera comenzará el 6 de agosto y culminará el 30 de septiembre, y la segunda comenzará el 1 de octubre y culminará el 17 de ese mes:

6. FORMULARIOS

6.1. Formulario 210: Declaración de Renta y Complementarios Personas Naturales y Asimiladas no Obligadas a llevar contabilidad.

6.2. Formulario 110: Declaración de Renta y Complementarios o de Ingresos y Patrimonio para personas jurídicas (sean nacionales o extranjeros) y para personas naturales y / o sucesiones ilíquidas no residentes.

7. COSTOS Y DEDUCCIONES EN EL IMPUESTO DE RENTA

7.1. Costos y deducciones en las rentas de trabajo o laborales

7.1.1. Intereses por préstamos de vivienda. Los pagos por salud (medicina prepagada, seguros privados de salud) Deducción por concepto de dependientes. Gravamen a los movimientos financieros (4x1.000)

7.2. Costos y deducciones de las renta de pensión

7.3. Costos y deducciones en las rentas de capital

7.4. Costos y deducciones en las rentas no laborales

7.4.1. 4 x 1.000 Intereses por adquisición de vivienda con los límites que contiene el artículo 119 del estatuto tributario. Los aportes de que trata el inciso 6 del artículo 126-1 del Estatuto Tributario ¿?

7.5. Costos y deducciones en las rentas de dividendos y participaciones

7.5.1. Respeto a las rentas por dividendos y participaciones, la norma no contempla la procedencia de ningún costo, gasto o deducción. De hecho dice el artículo 1.2.1.20.5 el decreto 1625 del 2016 en su inciso tercero dice: «Para las cédulas correspondientes a las rentas de trabajo, de pensiones y dividendos y participaciones, no le son aceptados costos y gastos, de conformidad con los artículos 336, 337 y 343 del Estatuto Tributario. » A esta cédula no se le puede imputar nada. Ni costos, ni gastos, ni deducciones, ni rentas exentas, ni ingresos no constitutivos de renta ni ganancias ocasionales. Todo es renta líquida.

8. ERIKA MARCELA FARFAN CASTAÑEDA ID 602583 NRC 4255