CÓDIGO DE ÉTICA PARA LAS ENFERMERAS Y ENFERMEROS EN MÉXICO.

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CÓDIGO DE ÉTICA PARA LAS ENFERMERAS Y ENFERMEROS EN MÉXICO. por Mind Map: CÓDIGO DE ÉTICA  PARA LAS ENFERMERAS  Y ENFERMEROS EN MÉXICO.

1. Introducciòn

1.1. En nuestro país debe contar con la mejor calidad de los servicios de salud ya sean públicos o privados.

1.1.1. En este sentido el profesional de enfermería debe tener una sólida formación asì como una garantía de interés público regulado por las instituciones, el título y la cédula profesional constituyen un requisito indispensable para ejercer la práctica profesional de la enfermería en México.

1.1.1.1. Como resultado de su educación formal, el profesional de enfermería adquiere el compromiso de observar normas legales y éticas para regular su comportamiento; así sus acciones, decisiones y opiniones tratarán de orientarse en el marco del deber ser para una vida civilizada.

1.1.1.1.1. En enfermería es importante contar con un código ético que resalte los atributos y valores congruentes con la profesión y que asimismo han sido propuestos por el Consejo Internacional de Enfermeras (CIE).

2. Marco Conceptual

2.1. La ética Es la reflexión de lo que se debe hacer porque está bien, por tanto es la valoración para tomar una decisión libre y actuar en sentido del bien universal.

2.1.1. Su objeto formal es la rectitud moral; de esta manera la ética persigue con el acto el fin bueno.

2.1.1.1. De esta manera los actos humanos que sanciona la ética y la moral están determinados por el conocimiento, la voluntad, la aceptación y la responsabilidad.

2.1.1.1.1. Los seres humanos durante todos los tiempos se han regido por las exigencias, principios y valores que sustentan el comportamiento humano en forma individual o colectiva.

3. Capítulos del Código

3.1. CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

3.1.1. Artículo primero.

3.1.2. El presente Código norma la conducta de la enfermera en sus relaciones con la ciudadanía, las instituciones, las personas que demandan sus servicios, las autoridades, sus colaboradores, sus colegas y será aplicable en todas sus actividades profesionales.

3.2. CAPÍTULO II. DE LOS DEBERES DE LAS ENFERMERAS PARA CON LAS PERSONAS

3.2.1. Artículo segundo

3.2.2. Respetar la vida, los derechos humanos y por consiguiente el derecho de la persona a decidir tratamientos y cuidados una vez informado.

3.2.3. Artículo tercero

3.2.4. Mantener una relación estrictamente profesional con la persona, en un ambiente de respeto mutuo y de reconocimiento de su dignidad, valores, costumbres y creencias.

3.2.5. Artículo cuarto

3.2.6. Proteger la integridad de la persona ante cualquier afectación ocasionada por la mala práctica de cualquier miembro del equipo de salud.

3.2.7. Artículo quinto

3.2.8. Mantener una conducta honesta y leal; conducirse con una actitud de veracidad y confidencialidad salvaguardando en todo momento los intereses de la persona.

3.2.9. Artículo sexto

3.2.10. Comunicar a la persona los riesgos cuando existan, y los límites que tiene el secreto profesional ante circunstancias que impliquen mala intención o daño a terceros.

3.2.11. Artículo séptimo

3.2.12. Fomentar una cultura de autocuidado de la salud, con un enfoque anticipatorio y de prevención del daño, y propiciar un entorno seguro que prevenga riesgos y proteja a la persona.

3.2.13. Artículo octavo

3.2.14. Otorgar a la persona cuidados libres de riesgos, manteniendo un nivel de salud física, mental y social que no comprometa su capacidad.

3.2.15. Artículo noveno

3.2.16. Acordar, si fuera el caso, los honorarios que con motivo del desempeño de su trabajo percibirá, teniendo como base para determinarlo el principio de la voluntad de las partes, la proporcionalidad, el riesgo de exposición, tiempo y grado de especialización requerida.

3.3. CAPÍTULO III. DE LOS DEBERES DE LAS ENFERMERAS COMO PROFESIONISTAS

3.3.1. Artículo décimo

3.3.2. Aplicar los conocimientos científicos, técnicos y humanísticos debidamente actualizados en el desempeño de su profesión.

3.3.3. Artículo décimo primero

3.3.4. Asumir la responsabilidad de los asuntos inherentes a su profesión, solamente cuando tenga la competencia, y acreditación correspondiente para atenderlos e indicar los alcances y limitaciones de su trabajo.

3.3.5. Artículo décimo segundo

3.3.6. Evitar que persona alguna utilice su nombre o cédula profesional para atender asuntos inherentes a su profesión.

3.3.7. Artículo décimo tercero

3.3.8. Contribuir al fortalecimiento de las condiciones de seguridad e higiene en el trabajo.

3.3.9. Artículo décimo cuarto

3.3.10. Prestar sus servicios al margen de cualquier tendencia xenófoba, racista, elitista, sexista, política o bien por la naturaleza de la enfermedad.

3.3.11. Artículo décimo quinto

3.3.12. Ofrecer servicios de calidad avalados mediante la certificación periódica de sus conocimientos y competencias

3.3.13. Artículo décimo sexto.

3.3.14. Ajustarse a las circunstancias en las que se dieron los hechos, cuando tenga que emitir opinión o juicio profesional en cualquier situación o ante la autoridad competente

3.3.15. Artículo décimo séptimo

3.3.16. Actuar con juicio crítico en la aplicación de las normas institucionales, tomando en cuenta la objeción de su conciencia

3.4. CAPÍTULO IV. DE LOS DEBERES DE LAS ENFERMERAS PARA CON SUS COLEGAS

3.4.1. Artículo décimo octavo

3.4.2. Compartir con objetividad sus conocimientos y experiencias a estudiantes y colegas de su profesión

3.4.3. Artículo décimo noveno

3.4.4. Dar crédito a sus colegas, asesores y colaboradores en los trabajos elaborados individual o conjuntamente evitando la competencia desleal.

3.4.5. Artículo vigésimo

3.4.6. Ser solidaria con sus colegas en todos aquellos aspectos considerados dentro de las normas éticas.

3.4.7. Artículo vigésimo primero

3.4.8. Respetar la opinión de sus colegas y cuando haya oposición de ideas consultar fuentes de información fidedignas y actuales o buscar asesoría de expertos.

3.4.9. Artículo vigésimo segundo

3.4.10. Mantener una relación de respeto y colaboración con colegas, asesores y otros profesionistas; y evitar lesionar el buen nombre y prestigio de éstos.

3.5. CAPÍTULO V. DE LOS DEBERES DE LAS ENFERMERAS PARA CON SU PROFESIÓN

3.5.1. Artículo vigésimo tercero

3.5.2. Mantener el prestigio de su profesión, mediante el buen desempeño del ejercicio profesional

3.5.3. Artículo vigésimo cuarto

3.5.4. Contribuir al desarrollo de su profesión a través de diferentes estrategias, incluyendo la investigación de su disciplina.

3.5.5. Artículo vigésimo quinto

3.5.6. Demostrar lealtad a los intereses legítimos de la profesión mediante su participación colegiada.

3.6. CAPÍTULO VI. DE LOS DEBERES DE LAS ENFERMERAS PARA CON LA SOCIEDAD

3.6.1. Artículo vigésimo sexto

3.6.2. Prestar servicio social profesional por convicción solidaria y conciencia social.

3.6.3. Artículo vigésimo séptimo

3.6.4. Poner a disposición de la comunidad sus servicios profesionales ante cualquier circunstancia de emergencia

3.6.5. Artículo vigésimo octavo

3.6.6. Buscar el equilibrio entre el desarrollo humano y la conservación de los recursos naturales y el medio ambiente, atendiendo a los derechos de las generaciones futuras.

4. Decálogo

4.1. 1. Respetar y cuidar la vida y los derechos humanos, manteniendo una conducta honesta y leal en el cuidado de las personas.

4.2. 2. Proteger la integridad de las personas ante cualquier afectación, otorgando cuidados de enfermería libres de riesgos.

4.3. 3. Mantener una relación estrictamente profesional con las personas que atiende, sin distinción de raza, clase social, creencia religiosa y preferencia política.

4.4. 3. Mantener una relación estrictamente profesional con las personas que atiende, sin distinción de raza, clase social, creencia religiosa y preferencia política.

4.5. 4. Asumir la responsabilidad como miembro del equipo de salud, enfocando los cuidados hacia la conservación de la salud y prevención del daño.

4.6. 5. Guardar el secreto profesional observando los límites del mismo, ante riesgo o daño a la propia persona o a terceros.

4.7. 6. Procurar que el entorno laboral sea seguro tanto para las personas, sujeto de la atención de enfermería, como para quienes conforman el equipo de salud.

4.8. 7. Evitar la competencia desleal y compartir con estudiantes y colegas experiencias y conocimientos en beneficio de las personas y de la comunidad de enfermería.

4.9. 8. Asumir el compromiso responsable de actualizar y aplicar los conocimientos científicos, técnicos y humanísticos de acuerdo a su competencia profesional.

4.10. 9. Pugnar por el desarrollo de la profesión y dignificar su ejercicio.

4.11. 10. Fomentar la participación y el espíritu de grupo para lograr los fines profesionales.

5. Declaración de Principios

5.1. principios éticos fundamentales que serán necesarios para el apego y desempeño correcto en todas las intervenciones de enfermería.

5.1.1. Beneficencia y no maleficencia.

5.1.1.1. - Se entiende como la obligación de hacer el bien y evitar el mal. Se rige por los siguientes deberes universales: hacer o promover el bien y prevenir, apartar y no infringir daño o maldad a nada.

5.1.2. Justicia

5.1.2.1. Es un valor que permite ser equitativo en el actuar para la satisfacción de las necesidades sin distinción de la persona.

5.1.3. Autonomía

5.1.3.1. Se reconoce el deber de respetar la libertad individual que tiene cada persona para determinar sus propias acciones.

5.1.3.2. A través del consentimiento informado se protege y hace efectiva la autonomía de la persona, y es absolutamente esencial en los cuidados de enfermería.

5.1.4. Valor fundamental de la vida humana

5.1.4.1. El derecho a la vida aparece como el primero y más elemental de todos los derechos que posee la persona, un derecho que es superior al respeto o a la libertad del sujeto.

5.1.5. Privacidad

5.1.5.1. No permitir que se conozca la intimidad corporal o la información confidencial sobre la vida y la salud de la persona.

5.1.6. Fidelidad.

5.1.6.1. Compromiso de cumplir las promesas y no violar las confidencias que hace una persona.

5.1.7. Veracidad

5.1.7.1. las enfermeras tienen el deber de ser veraces en el trato con las personas a su cuidado y con todo lo que a ella se refiera.

5.1.8. Confiabilidad

5.1.8.1. Profesional de enfermería se hace merecedor de confianza y respeto por sus conocimientos y su honestidad al trasmitir información, dar enseñanza, realizar los procedimientos propios de su profesión y ofrecer servicios o ayuda a las personas.

5.1.9. Solidaridad

5.1.9.1. Adherirse con las personas en las situaciones adversas o propicias , es compartir intereses, derechos y obligaciones.

5.1.10. Tolerancia

5.1.10.1. Admitir las diferencias personales, sin caer en la complacencia de errores en las decisiones y actuaciones incorrectas.

5.1.11. Terapéutico de totalidad

5.1.11.1. Una terapia debe tener cierta proporción entre los riesgos y daños que conlleva y los beneficios que procura.

5.1.12. Doble efecto

5.1.12.1. Razonamiento ético cuando al realizar un acto bueno se derivan consecuencias buenas y malas.

6. Glosario

6.1. Acreditación

6.1.1. Facultad que se otorga a una persona o institución que se otorga para asumir una responsabilidad o función.

6.2. Autocuidado de la salud

6.2.1. Conjunto de medidas que propone el equipo de salud a las personas, y que éstas deciden adoptar, para mejorar la salud y el bienestar propio y de su familia, en el seno de las actividades cotidianas.

6.3. Certificación

6.3.1. Atribuir certeza de un conocimiento o profesión por medio de un documento público expedido por una institución educativa.

6.4. Colegiada

6.4.1. Participación como miembro activo de un colegio o asociación

6.5. Competencia

6.5.1. Conjunto de conocimientos, habilidades y actitudes, para la realización del ejercicio profesional.

6.6. Cuidados de la enfermería

6.6.1. Intervenciones que se proporcionan a la persona con la finalidad de prevenir enfermedades; fomentar, preservar y restaurar el estado de salud.

6.7. Declaración de principios

6.7.1. Formulación de ciertas palabras que constituyen una proposición como la razón que norma o fundamenta el actuar.

6.8. Dignidad

6.8.1. Cualidad interior sumamente apreciada de bienestar y valor personal.

6.9. Elitista

6.9.1. Individuo que injustamente prefiere y favorece a los mejores individuos de un grupo, en perjuicio de otros.

6.10. Equipo de salud

6.10.1. Grupo humano de diferentes disciplinas que trabajan entre sí en beneficio de la salud de las personas.

6.11. Integridad

6.11.1. Cualidad de rectitud y honestidad en el comportamiento del individuo. Probidad incorruptible.

6.12. Juicio crítico

6.12.1. Apreciación hecha con razón y conocimiento pleno sobre el valor ontológico de las personas, las cosas, los hechos y cualquier proposición.

6.13. Persona

6.13.1. La persona tiene un yo que es la biografía de todo lo que ha vivido, con su fisonomía, carácter y las relaciones con su mundo.

6.14. Racista

6.14.1. Ideología que detenta la superioridad de un grupo social respecto a otros grupos.

6.15. Secreto profesional

6.15.1. Deber que tiene la enfermera de comportarse con reserva y discreción respecto a la información que obtiene de las personas a su cuidado.

6.16. Seguridad e higiene

6.16.1. Procedimientos que se aplican en los centros de trabajo para el control de los agentes nocivos que intervienen en los procesos y actividades de trabajo para la prevención de accidentes o enfermedades de trabajo.

6.17. Servicio social profesiona

6.17.1. Obligación constitucional que tienen todos los profesionistas de prestar sus servicios en forma temporal, de acuerdo a las necesidades sociales.

7. Nuevo Tema