1. Los semejantes
2. No consistía en una relación entre el sujeto y su conducta, si no un estado atribuible al hombre
3. La Época Primitiva
3.1. el hombre estaba en absoluta incapacidad de explicar los fenómenos mediante el conocimiento racional de las leyes de la naturaleza
3.2. Características
3.2.1. El delito se concebía desde una perspectiva animista
3.2.2. Conjunto de prohibiciones, los Códigos no eran armonicos
3.2.3. Las sanciones estaban dotadas de carácter expiatorio y religioso
3.2.3.1. La responsabilidad no era siempre individual y ni siquiera exclusivamente humana
4. La Edad Antigua
4.1. Transcurre hasta la caída del imperio Romano en occidente
4.1.1. El Derecho Hebreo
4.1.1.1. Características
4.1.1.1.1. Imperó el principio de igualdad ante la ley sin excepción alguna
4.1.1.1.2. Los delitos se clasificaban en cinco categorías
4.1.2. El Derecho Romano
4.1.2.1. Afirmó el carácter público y social del derecho penal, pese a que distinguió entre delitos públicos y privados
4.1.2.2. Sus normas se encuentran en la Biblia
4.1.2.3. Diferenció los hechos dolosos de los culposos
4.1.2.4. Desarrolló ampliamente las teorías de la imputabilidad, la culpabilidad y el error como causa excluyente de responsabilidad
5. La vigencia de las instituciones primivitas en los pueblos sometidos a este derecho
6. La Edad Media
6.1. El Derecho Hispánico
7. Contienen numerosas disposiciones penales, en las cuales se destacan regulaciones de tanta trascendencia como al carácter personal de las penas , grados de culpabilidad, severidad de las penas
8. La Edad Moderna
8.1. Comprende entre los siglos XVI y XVIII
8.2. La Recepción en Alemania
8.2.1. La Carolina constaba de 219 artículos, de los cuales 70 se ocupaban del derecho penal material y los otros dedicados al procedimiento, pruebas, torturas...
8.3. El Humanismo
8.3.1. Se transformaron de manera sustancial las instituciones sociales y políticas con notable influencia en el Derecho Penal
8.4. El pensamiento de Cesar Beccaria
8.4.1. Principio de legalidad de los delitos y de las penas
8.4.2. La prohibición de la interpretación judicial
8.4.3. La publicidad de la justicia penal
8.4.4. La igualdad de todos los ciudadanos ante la ley penal
8.4.5. Dañosidad social como criterio para medir la gravedad
8.4.6. Proporcionalidad entre el Delito y la Pena
8.4.7. Rechaza pena de muerte
8.4.8. Separación de poderes
9. La Ciencia Penal Italiana
9.1. Se dan diferentes escuelas
9.2. La Escuela Clasica
9.2.1. Método deductivo, consiste en afirmar las leyes abstractas de carácter general y desciende luego a casos particulares
9.2.2. La presencia de un derecho natural superior a la organización política
9.2.3. El delito es concebido como un ente jurídico abstracto que supone una relación de contradicción entre el hecho del hombre y el derecho positivo
9.2.4. El derecho no es concebido como un producto histórico, es congénito al hombre , de donde se desprende un dualismo normativo un derecho natural y un derecho positivo
9.2.5. El derecho penal se afirma que todo el gira en torno a la idea de la ley natural como modulo del derecho se origina y se funda en la ley eterna
9.2.6. La pena es entendida como una medida de reparación o compensación del daño ocasionado con el delito y la ofensa al orden jurídico
9.2.7. La responsabilidad penal se basa en libre albedrío
9.2.8. Con la caída del Imperio Romano en occidente, se inicia este período, comprendido entre los siglos VI y XV
9.2.8.1. El Derecho Germanico
9.2.8.1.1. Sistema composicional que operaba mediante el llamado "precio de la paz"
9.2.8.2. El Derecho Canónico
9.2.8.2.1. Se le alude a la iglesia católica el derecho penal
9.2.8.2.2. Era parcialmente subjetivista
9.2.8.2.3. Atentorios contra el derecho divino, de competencia exclusiva de la iglesia, los lesionadores del orden humano
9.2.8.2.4. La tregua con Dios sobre la que para contrarrestar el poder vengador del ofendido
9.2.8.2.5. Jurisdicción eclesiástica
9.3. La Escuela Positiva
9.3.1. Método abstracto y metafísico , del derecho ideal se pasó a la realidad empírica de la búsqueda del deber al ser
9.3.2. El derecho es un producto de las condiciones sociales e historicas vigentes en la comunidad
9.3.3. El derecho de castigar reside en la responsabilidad social , puesto que todo hombre debe asumir su modo de comportarse por el mero hecho de vivir en comunidad
9.3.4. El delito es concebido como un fenómeno natural , un hecho social
9.3.4.1. Endógenas
9.3.4.2. Fìsicas
9.3.4.3. Sociales
9.3.5. La pena, no se concibe como un castigo , si no como un medio de defensa social
9.3.6. La responsabilidad penal plantea la responsabilidad social y en esta el hombre asume sus culpas