PRINCIPIOS MÍNIMOS LEGISLACION LABORAL EN COLOMBIA

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PRINCIPIOS MÍNIMOS LEGISLACION LABORAL EN COLOMBIA por Mind Map: PRINCIPIOS MÍNIMOS LEGISLACION LABORAL EN COLOMBIA

1. Igualdad de oportunidades para los trabajadores

1.1. Misma protección y garantías para los trabajadores sin importar el carácter de la labor que ejecuta

2. Remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo.

2.1. Garantizar el mínimo vital tanto para la movilidad sin importar los cambios que se presenten y el aseguramiento de la remuneración mínima establecida por el estado

3. Estabilidad en el empleo.

3.1. Principio basado en mantener la expectativa de conservar el empleo sin que se entienda que es vitalicio.

4. Facultades para transigir y conciliar sobre derechos inciertos y discutibles.

4.1. Acordar voluntariamente obligaciones especificas sin la intervención de un funcionario publico

5. Primacía de la realidad sobre formalidades establecidas por los sujetos de las relaciones laborales.

5.1. Todo aquello que se acuerde debe quedar documentado

6. Protección especial a la mujer, a la maternidad y al trabajador menor de edad.

6.1. Amparo que busca proteger la desigualdad y la discriminación

7. Los convenios internacionales del trabajo debidamente ratificados, hacen parte de la legislación interna.

8. Derecho al trabajo

8.1. Derecho fundamental, libre elección y condiciones equitativas, También es una obligación social

9. Irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales.

9.1. Ningún trabajador puede renunciar ni ser inducido a renunciar al mínimo de derechos a los cuales tiene oportunidad de gozar. Este principio protege al empelado en su posición de debilidad económica

10. Situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales de derecho.

10.1. Las normas siempre protegerán al más débil

11. Garantía a la seguridad social, la capacitación, el adiestramiento y el descanso necesario.

11.1. Principio que establece que el trabajador debe tener una inducción para poder ejercer las laborales para las cuales fue contratado, debe ser capacitado constantemente y debe ser asegurado contra riesgos y gozar de un descanso.

12. El Estado garantiza el derecho al pago oportuno y al reajuste periódico de las pensiones legales.

13. La ley, los contratos, los acuerdos y convenios de trabajo, no pueden menoscabar la libertad, la dignidad humana ni los derechos de los trabajadores.