Principios de la contratacion publica en Colombia (Ley 80 /93 y Ley 1150 /2013)

Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
Principios de la contratacion publica en Colombia (Ley 80 /93 y Ley 1150 /2013) por Mind Map: Principios de la contratacion publica en Colombia (Ley 80 /93 y Ley 1150 /2013)

1. Economia

1.1. Se busca la eficiencia y la celeridad en todas las actuaciones del Estado y del Contratista

1.2. En este principio se llevan a cabo los procedimientos para seleccionar las propuesta que sea mas afín a los intereses del Estado.

1.3. Busca que cada parte optimice los costos evitando perjuicios para el Estado y el Contratista

2. Selección Objetiva

2.1. la obligación de fijar previamente los criterios de selección

2.2. igualdad de oportunidades, se presenten las ofertas

2.3. busca que la selección de los contratistas se realice bajo criterios claros, objetivos y que no generen desigualdad entre los proponentes.

2.4. Es obligación de la entidad elegir la oferta más favorable para ésta, es decir, aquella que teniendo en cuenta los factores de escogencia resulta ser el más ventajoso para la entidad y para el desarrollo del objeto contractual

3. Buena fe

3.1. consiste en asumir una postura o actitud positiva de permanente colaboración y fidelidad al vínculo celebrado

3.2. todo comportamiento contrario (ilicito) a la misma, en cuanto ilícito, trae implícita la obligación de pagar perjuicios.

4. Publicidad

4.1. Deber

4.1.1. El Estado debe publicar todo el proceso de seleccion que realiza alos interesados

4.2. Derecho

5. Igualdad

5.1. derecho del particular de participar en un proceso de selección en idénticas oportunidades respecto de otros oferentes y de recibir el mismo tratamiento

5.2. las reglas deben ser generales e impersonales en el pliego de condiciones

5.3. otorgar un plazo razonable para que los interesados puedan preparar sus propuestas

6. Libre concurrencia

6.1. Busca permitir el acceso al proceso licitatorio de todas las personas o sujetos de derecho interesados en contratar con el Estado

7. Planeación

7.1. que la decisión de contratar no sea el resultado de la imprevisión, la improvisación o la discrecionalidad de las autoridades, sino que obedezca a reales necesidades de la comunidad, cuya solución ha sido estudiada

7.2. en los contratos de obra las entidades públicas deben elaborar y entregar estudios completos, planos y diseños definitivos para la ejecución del contrato

8. Omisión al deber de la planeación

8.1. el deber de planeación, como manifestación del principio de economía, tiene por finalidad asegurar que todo proyecto esté precedido de los estudios de orden técnico, financiero y jurídico requeridos para determinar su viabilidad económica y técnica

8.2. Omitir dicho deber conduce a la nulidad absoluta del contrato por ilicitud del objeto

8.3. la Administración y sus funcionarios son responsables por el incumplimiento del deber legal de contar con estudios planos y diseños definitivos, previamente al procedimiento de selección, cuando tales omisiones ocasionen daños antijurídicos al contratista

8.4. La negligencia, improvisación y falta de planeación de la Administración no es excusa para desconocer las obligaciones a su cargo, sobre todo cuando el contratista asume de buena fe el contrato para ejecutar

9. Derecho a conocer todo el proceso de selección del los participantes

10. Previsibilidad

11. Transparencia

11.1. Siempre habrá concurso licitación pública para la escogencia del contratista, a través de méritos,

11.2. Participar en igualdad de condiciones

11.3. Impide que las autoridades abusen del poder

12. también implica el deber de abstención para la administración de imponer condiciones restrictivas que impidan el acceso al procedimiento de selección

13. Identificación de riesgos o contingencias del contrato de manera tal que la estructuración del negocio se haga sobre la base de la anticipación, lo más completa posible, de todos aquellos eventos que puedan a futuro impactar la conmutatividad