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DECRETO 2200 DE 2005 por Mind Map: DECRETO 2200 DE 2005

1. Capitulo I

1.1. Disposiciones generales

1.1.1. Artículo 1o. Objeto:Tiene por objeto regular las actividades y/o procesos propios del servicio farmacéutico. Artículo 2o. Campo de aplicación: Aplicarán a los prestadores de servicios de salud, incluyendo establecimiento farmacéutico donde se almacenen, comercialicen, distribuyan o dispensen medicamentos o dispositivos médicos Artículo 3o. Definiciones. Atención farmacéutica: Es la asistencia a un paciente o grupos de pacientes, por parte del Químico Farmacéutico, en el seguimiento del tratamiento farmacoterapéutico, dirigida a contribuir con el médico tratante y otros profesionales del área de la salud en la consecución de los resultados previstos para mejorar su calidad de vida.

2. Capitulo II

2.1. Del servicio farmacéutico

2.1.1. En el artículo 4 el servicio farmacéutico se define como un “servicio responsable de actividades, procedimientos e intervenciones de carácter técnico, científico y administrativo, relacionado con los medicamentos y dispositivos médicos relacionados con la promoción y protección de la salud...”

2.1.2. En el artículo 11 se especifican otros establecimientos que están dentro de la definición de servicio farmacéutico dadas anteriormente: las farmacias-droguerías, droguerías, agencias de especialidades farmacéuticas, y depósitos de drogas; establecimientos en los que se exige como mínimo en todos, que la dirección este a cargo de un tecnólogo en regencia de farmacia, exceptuando los laboratorios que son de dirección exclusiva de un químico farmacéutico.

3. Capitulo III

3.1. Se mencionan procesos generales incluyendo entre ellos la selección, adquisición, recepción, almacenamiento, distribución y dispensación de medicamentos y dispositivos médicos, etc.

3.1.1. Pertenecen como mínimo a los procesos especiales: Atención farmacéutica; farmacovigilancia; preparaciones: magistrales, extemporáneas, estériles; nutriciones parenterales; mezcla de medicamentos oncológicos; adecuación y ajuste de concentraciones para cumplir con las dosis prescritas.

3.2. De los procesos del servicio farmacéutico

4. Capitulo IV

4.1. De la prescripción de los medicamentos

4.1.1. Las indicaciones que debe cumplir la prescripción médica dada en los establecimientos farmacéuticos, incluyendo las características de esta y el contenido de la prescripción como tal. 1.Nombre del prestador de servicios de salud o profesional de la salud que prescribe, dirección y número telefónico o dirección electrónica.1. Nombre del prestador de servicios de salud o profesional de la salud que prescribe, dirección y número telefónico o dirección electrónica.1. Nombre del prestador de servicios de salud o profesional de la salud que prescribe, dirección y número telefónico o dirección electrónica. 2. Lugar y fecha de la prescripción. 3. Nombre del paciente y documento de identificación. 4. Número de la historia clínica. 5. Tipo de usuario (contributivo, subsidiado, particular, otro). 6. Nombre del medicamento expresado en la Denominación Común Internacional (nombre genérico). 7. Concentración y forma farmacéutica. 8. Vía de administración. 9. Dosis y frecuencia de administración. 10. Período de duración del tratamiento. 11. Cantidad total de unidades farmacéuticas requeridas para el tratamiento, en números y letras. 12. Indicaciones que a su juicio considere el prescriptor. 13. Vigencia de la prescripción. 14. Nombre y firma del prescriptor con su respectivo número de registro profesional.

5. Capitulo VIII

5.1. De la inspección, vigilancia y control

5.1.1. Acciones de prevención y seguimiento para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto. Además, adelantarán las investigaciones y aplicarán las sanciones o medidas correctivas a que haya lugar, de conformidad con lo establecido en las normas vigentes.

6. Capitulo VII

6.1. De la información de medicamentos

6.1.1. Información. El servicio farmacéutico debe ofrecer a los pacientes, al equipo de salud, a las autoridades del Sector y a la comunidad, información oportuna, completa, veraz, independiente, de calidad y sustentada en evidencia científica sobre medicamentos y dispositivos médicos.

6.1.1.1. Fuentes de información. El servicio farmacéutico debe contar con fuentes científicas de información y establecer canales ágiles de comunicación

7. Capitulo V

7.1. De la distribución y dispensación de medicamentos

7.1.1. La distribución física de medicamentos estará regulada por las normas técnicas que expida el Ministerio de la Protección Social. Se dictan otras disposiciones generales, entre las cuales se mencionan como debe ser la adecuada dispensación de los medicamentos dentro de los establecimientos, todas las obligaciones que tiene el dispensador antes de entregar el medicamento y lo que se le prohíbe a la hora de hacer la dispensación al paciente.

8. Capitulo VI

8.1. Del Comité de Farmacia y Terapéutica

8.1.1. Se dictan todas las indicaciones relacionadas con el comité de farmacia y terapéutica (entendiéndose como tal al grupo de carácter permanente al servicio de la Institución prestadora de servicios de salud), entre las indicaciones que se dan las más importantes a resaltar son como debe ser la conformación de dicho comité en cuanto a personal humano idóneo, y cuáles son las funciones que tendrá dentro de la institución prestadora de servicios.

8.1.2. 1.Formular las políticas sobre medicamentos y dispositivos médicos en la Institución Prestadora de Servicios de Salud 2.Recomendar la solicitud de inclusión y/o exclusión de medicamentos en el Manual de Medicamentos y Terapéutica del Sistema General de Seguridad Social en Salud 3. Conceptuar sobre las guías de manejo para el tratamiento de las patologías más frecuentes en la Institución.

8.1.3. 4. Coordinar con el Comité de Infecciones de la Institución Prestadora de Servicios de Salud, el impacto, seguimiento y evaluación de los perfiles epidemiológicos 5. Recolectar y analizar los datos enviados por el servicio farmacéutico sobre la sospecha de la existencia de eventos adversos o cualquier otro problema relacionado con los medicamentos