POLÍTICA REGULATORIA EN COLOMBIA. SECTOR MEDIO AMBIENTE.

Política regulatoria en Colombia. Sector Medio Ambiente.

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POLÍTICA REGULATORIA EN COLOMBIA. SECTOR MEDIO AMBIENTE. por Mind Map: POLÍTICA REGULATORIA EN COLOMBIA. SECTOR MEDIO AMBIENTE.

1. Sinergias y retos

1.1. En gestión y coordinación de la calidad regulatoria entre Ministerios, Comisiones de Regulación y Superintendencias.

1.1.1. Funciones de regulación y supervisión se concentran en la misma entidad. O están a cargo de: ministerios y comisiones de regulación, por un lado; entidades de supervisión, por el otro.

2. Recomendaciones para Colombia

2.1. La mejora regulatoria debe ser encabezada por una institución especializada, de centro del gobierno, para asegurar que la política regulatoria se promueva e implemente.

2.2. Qué institución asumiría la gobernanza

2.2.1. Puede ser Oficina de la Presidencia y el DNP.

2.3. Las instituciones de la administración colombiana recibirían orientación del órgano de supervisión para definir si la regulación es la manera óptima para resolver un problema de política pública.

2.4. Requiere de un mecanismo consultivo

2.4.1. Contribuiría de manera sostenida a las discusiones públicas sobre mejorías en la regulación y las áreas claves para el gobierno.

2.4.2. Sería permanente, con el apoyo de un secretariado.

2.5. Mayor autonomía y rendición de cuentas de los entes reguladores.

2.5.1. Planear las necesidades regulatorias de un sector con diferentes entidades competentes podría evitar duplicidades regulatorias o contradicciones entre normas.

3. COMISIONES DE REGULACIÓN Entidades autónomas con independencia administrativa, técnica y financiera.

3.1. Cuenta con Comité de Comisionados Expertos.

3.1.1. Integrada por: Coordinación Ejecutiva y una Coordinación Administrativa.

3.1.2. Funciones ejecutivas: Políticas de regulación y competencia, técnica y jurídica.

3.2. Conformador por: El Ministro correspondiente, además preside el consejo directivo con los Comisionados Expertos y el Director del DNP.

4. OFICINA DE LA PRESIDENCIA: Supervisa y coordina la implementación de la agenda presidencial. Da seguimiento a la formulación y ejecución de las prioridades de políticas públicas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo. Trabaja con el DNP, los ministerios y sus equipos.

4.1. SECRETARÍA JURÍDICA DE LA PRESIDENCIA: Asegura la certidumbre y coherencia jurídicas de los anteproyectos de ley enviados al Congreso y de los borradores de decretos.

5. Poder Judicial Limita el uso excesivo de regulaciones e iniciativas normativas. Promueve las consideraciones de calidad regulatoria.

5.1. CORTE CONSTITUCIONAL

5.1.1. Se ha pronunciado sobre aplicación de contenidos de leyes ordinarias que comprenden regulaciones económicas. -

5.1.2. Ordena compromisos para la salud, la seguridad alimentaria y la cultura de las comunidades.

5.1.3. Cuenta con un correlato administrativo y de gestión pública en protección del medio ambiente.

5.2. CONSEJO DE ESTADO

5.2.1. Atiende las denuncias de los ciudadanos contra las regulaciones promulgadas por las autoridades administrativas.

5.2.2. Puede declarar la nulidad de las regulaciones que infrinjan normas de mayor jerarquía.

5.3. Corte Constitucional o el Consejo de Estado pueden resolver conflictos jurisdiccionales entre Ejecutivo y Legislativo.

6. Instituciones para mejora regulatoria

6.1. Poder Ejecutivo

6.1.1. DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN: Coordina las instituciones gubernamentales para la adecuada aplicación del PND. Asesor técnico del gobierno en el diseño, implementación y evaluación del PND. Participa en la coordinación del Programa de Racionalización de Regulaciones y Trámites Empresariales (PRRTE). Su director es designado por el Presidente.

6.1.2. Órganos reguladores

6.1.2.1. MINISTERIOS: Responsables de impulsar políticas públicas nacionales desde su competencia. Articulación interinstitucional y una propuesta única de Estado para atender el medioambiente.

6.1.2.1.1. Ministerios de Defensa Ministerio de Salud Ministerio de Agricultura Ministerio de Hacienda Ministerio de Minas y Energía

6.2. Otra alternativa para la calidad regulatoria

6.2.1. Una institución basada en el gabinete. Podría ser un pequeño comité o un consejo de ministros.

6.2.2. No sustituye al órgano de supervisión, trabaja coordinadamente con él.

6.3. Poder Legislativo

6.3.1. LEYES COMUNES U ORDINARIAS: Según la Constitución, entre otras, otorga al Presidente facultades extraordinarias para emitir leyes y regulaciones, durante un periodo no mayor a seis meses.

6.3.2. LEYES ORGÁNICAS: Entre otras, establecen las regulaciones del Congreso, así como la asignación de las competencias jurídicas a las entidades territoriales.

6.3.3. Deseable mayor coordinación con el Ejecutivo.

6.4. Superintendencia Nacional de Salud Superintendencia de Industria y Comercio Instituto Colombiano Agropecuario (ICA)

6.5. Órganos supervisores

6.5.1. SUPERINTENDENCIAS Instituciones externas al regulador con funciones de supervisión e implementación. Tienen autonomía administrativa, técnica y financiera. Vinculadas al ministerio de su respectivo sector.

6.5.2. Características para promover la calidad regulatoria

6.5.2.1. Debe establecerse un órgano permanente, cerca del centro del gobierno, responsable de la supervisión regulatoria.

6.5.2.2. La autoridad del órgano de supervisión regulatoria debe anunciarse a través de un mandato y ser independiente de la influencia política.

6.5.2.3. Examinar el potencial para que la regulación sea más efectiva con medidas regulatorias en política pública con necesidad de regulación.