Demanda del Juicio de Amparo. Artículo 108 LA

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1. autoridad responsable cuando se reclaman normas generales

1.1. autoridades que refrendaron el decreto correspondiente y las encargadas de la dirección del órgano oficial de difusión en que el mismo apareció

2. documentos que deben acompañar a la demanda

2.1. na copia de la misma y de los documentos anexos para cada una de las partes.

2.2. El documento que acredite su personalidad o en el que conste que le fue reconocida por la autoridad demandada

2.3. El documento en que conste la resolución impugnada.

2.4. En el supuesto de que se impugne una resolución negativa ficta, deberá acompañar una copia en la que obre el sello de recepción de la instancia no resuelta expresamente por la autoridad.

2.5. La constancia de la notificación de la resolución impugnada.

2.6. Cuando no se haya recibido constancia de notificación o la misma hubiere sido practicada por correo, así se hará constar en el escrito de demanda, señalando la fecha en que dicha notificación se practicó

2.7. El cuestionario que debe desahogar el perito, el cual deberá ir firmado por el demandante.

2.8. El interrogatorio para el desahogo de la prueba testimonial,

2.9. Las pruebas documentales que ofrezca.

3. Supuestos ampliación de la demanda de amparo

3.1. Cuando se entere de nuevos actos vinculados con los actos reclamados pudiendo recaer la ampliación sobre:

3.1.1. Actos reclamados

3.1.2. Autoridades Responsables

3.1.3. conceptos de Violación

3.2. cuando del informe justificado surjan nuevos datos desconocidos por el quejoso en el que se fundamente el acto reclamado

4. Requisitos:

4.1. Nombre y domicilio de Quejoso

4.1.1. en la demanda de amparo indirecto se debe expresar el nombre y domicilio del quejoso y del que promueve en su nombre, quien deberá acreditar su representación

4.2. Nombre y Domicilio del Tercero Interesado

4.2.1. siempre que haya tercero interesado,. debe precisarse los datos para que reciba notificaciones.

4.3. Autoridades responsables

4.3.1. Es el demandado o sujeto pasivo de la acción; el órgano estatal al que el quejoso le atribuye el acto que estima conculcatorio de sus garantías individuales, y que interviene en el juicio con el objeto de defender la constitucionalidad de su actuación.

4.4. Acto Reclamado

4.4.1. acto de autoridad, cualquier hecho voluntario e intencional, negativo o positivo imputable a un órgano del estado, consistente en una decisión o en una ejecución o en ambas conjuntamente, que produzcan una afectación en situaciones jurídicas o de hecho determinadas, que se impongan imperativa, unilateral o coercitivamente.

4.4.1.1. constituye la actuación de la autoridad que el Juez o Tribunal de amparo estudiará. Así, al momento de señalarlo hay necesidad de citarlo y explicarlo de manera precisa, en el sentido de que se logre identificar plenamente el acto de autoridad materia del juicio de amparo

4.5. Antecedentes del Acto Reclamado, bajo Protesta de decir Verdad

4.5.1. es la manifestación de los hechos y abstenciones de que constituyen antecedentes de los actos reclamados

4.6. Artículos que contienen los Derechos Humanos

4.6.1. es el fundamento Constitucional y de Tratados Internacionales donde se protejan los Derechos Humanos

4.7. Precisar, en su caso, las violaciones a competencias Locales-Federales

4.7.1. son las facultades otorgadas a cada nivel de Estado y que han sido invadidas por alguna autoridad de mayo o menor jerarquía.

4.8. Los Conceptos de Violación

4.8.1. es aquella relación razonada que el quejoso ha de establecer entre los actos desplegados de las autoridades responsables y los derechos fundamentales que estime violados, demostrando jurídicamente la contravención de éstos por dichos actos

4.9. en su caso, Solicitar la suspensión del acto reclamado

4.9.1. Mediante ésta, a solicitud del quejoso o bien de oficio, el Juez de Distrito ordena a la responsable mantener las cosas en el estado que guardaban al interponerse la demanda.