1. Elementos del enfoque de derechos humanos
1.1. La persona humana
1.1.1. A través del principio pro-persona, el punto de partida siempre será la persona humana. Con el fin que las normativas en materia de derechos sean aplicadas e interpretadas directamente para favorecer a la persona humana.
1.1.1.1. Está plasmado en
1.1.1.1.1. Artículo 1º inciso uno en la Constitución de El Salvador (Nivel Nacional)
1.1.1.1.2. Artículo 2° inciso 1 sobre el derecho al desarrollo (Nivel Internacional)
1.2. Los derechos
1.2.1. Se refiere a los derechos, los cuales los titulares son las personas, sirven como guía. Se debe tomar en cuenta el contenido y el alcance de los derechos que se buscan sean realizables.
1.2.1.1. Existen tribunales constitucionales de avanzada que tienen una vasta jurisprudencia en cuanto al contenido de los derechos y son:
1.2.1.1.1. Argentina, Colombia, Perú, Costa Rica, etc
1.3. Titulares o Portadores de deberes
1.3.1. Existen 2 tipos de actores
1.3.1.1. Titular o Portadores de Deberes
1.3.1.1.1. Es básicamente el estado quien tiene la obligación de respetar, proteger y garantizar o hacer efectivo los derechos de las personas
1.3.1.2. Titulares de Derecho
1.3.1.2.1. Son todos aquellas personas o grupos de personas cuyos derechos se encuentran reconocidos en el sistema racional de derechos humanos y en el sistema de protección internacional de los derechos humanos
2. Principios del enfoque basado en derechos humanos.
2.1. El enfoque basado en los derechos humanos se centra en garantizar que las poblaciones excluidas, vulnerables y marginalizadas puedan ver realizados sus derechos. Quienes deben garantizar el cumplimiento de estos derechos son los Estados, ellos deben observar los principios básicos como:
2.1.1. Observancia de todos los derechos
2.1.1.1. Todas las personas tienen derecho estos no pueden ser renunciables, ni transferibles, por lo que, el Estado tiene la obligación de observarlos en todo momento.
2.1.1.2. Todas las personas deben tiene derecho y deben estar incluidos en la toma de decisiones en los proyectos o políticas públicas. El Estado tiene el deber de proporcionar todas las medidas necesarias para que las personas tengan acceso a dicha información.
2.1.2. Participación y acceso a la toma de decisiones
2.1.3. Transparencia y acceso a la información.
2.1.3.1. En el momento en que la información llega a todos los ciudadanos, existe la transparencia. Se debe tomar en cuenta, en especial a los grupos marginalizados.
2.1.4. Rendición de cuentas y acceso al Estado de derechos.
2.1.4.1. Todas las personas tenemos el derecho de acceder a la información acerca de nuevos programas o políticas públicas. Los Estados deben creer los mecanismos necesarios para hacer esto capaz.
2.1.5. Todas las personas tienen que tener accesos a condiciones igualitarias en referencia a los servicios y bienes públicos especialmente a las personas que se encuentran en vulnerabilidad, marginación u otros.
2.1.6. No discriminación, igualdad e inclusión