Ley de Educación Nacional. Decreto Legislativo No. 12-91por Lily Villat
1. Diferentes tipos de educación
1.1. Nuevo Tema
1.2. Educación experimental
1.3. Educación especial
1.4. Educación a distancia
1.5. Educación estética
1.6. Educación física
1.7. Educación acelerada para adultos
1.8. Educación por madurez
2. Garantías Personales de Educación Derechos y Obligaciones
2.1. Obligaciones del Estado
2.2. Garantizar la libertad de enseñanza y criterio del docente
2.3. Educación gratuita y obligatoria
2.4. Propiciar y facilitar la educación a los habitantes sin discriminación alguna
2.5. Garantizar el desarrollo integral
2.6. Obligaciones del educando
2.7. Participar en el proceso educativo
2.8. Cumplir con los requisitos de los reglamentos de los Centros Educativos
2.9. Respetar toda la comunidad educativa
2.10. Preservar los bienes muebles e inmuebles
2.11. Participar, planificar y realizar actividades de la comunidad educativa
2.12. Obligaciones de los padres de familia
2.13. Ser orientadores del proceso educativo
2.14. Enviar a sus hijos a los centros Educativos
2.15. Brindar a sus hijos al apoyo moral y material necesario
2.16. Velar que sus hijos cumplan sus obligaciones
3. Centros Educativos
3.1. Definición: Son establecimientos de carácter público, privados o por cooperativos a través de los cuales se ejecutan los procesos de educación escolar
3.2. Integración:
3.3. Centros Educativos Públicos
3.4. Centros Educativos Privados
3.5. Centros Educativos por Cooperativos
3.6. Están integrados por:
3.7. Educandos
3.8. Padres de Familia
3.9. Educadores
3.10. Personal Técnico, Administrativo y de Servicio
4. Ministerio de Educación
4.1. Definición: Responsable de coordinar y ejecutar las políticas educativas determinadas por el Sistema Educativo del País
4.2. Estructura:
4.3. a. Nivel de dirección superior:
4.4. 1 Despachó Ministerial
4.5. 2 Despachos Viceministrales
4.6. 3 Viceministro Técnico Pedagógico
4.7. 4 Viceministro Administrativo
4.8. 5 Consejo Nacional de Educación
4.9. b. Nivel de Alta Coordinación y Ejecución
4.10. 1 Direcciones Generales
4.11. 2 Direcciones Regionales
4.12. C. Nivel de Asesoría y Planeación
4.13. 1 Dependencias específicas de asesoría, planificación, Ciencia y tecnología
4.14. d. Nivel de Apoyo
4.15. 1 Dependencias Operativas de Apoyo Logístico
5. Artículo y Capítulo 2do. Fines
5.1. Proporcionar educación integral para prepararlo a un mundo competitivo
5.2. Cultivar y fomentar cualidades
5.3. Fortalecimiento del núcleo familiar
5.4. Conciencia crítica de su realidad social
5.5. Impulsar conocimiento científico y tecnológico moderno (casi no se da en nuestro contexto)
6. Por lo tanto se decreta
7. El estado debe garantizar la educación diversificada, especial y extra escolar
7.1. Deben tener una orientación
7.2. Cientifica
7.3. Tecnológica
7.4. Humanística
8. Garantizar al docente libertad de cátedra
9. Artículo 74 y 75 de la Constitución Política de la República
9.1. Educar constituye un derecho y obligación de todos los guatemaltecos para recibir:
9.2. Educación inicial
9.3. Educación primaria
9.4. Educación básica
10. Sistema Educativo Nacional
10.1. Definición
10.2. Conjunto ordenado e interrelacionándose de elementos, procesos y sujetos a través de los cuales se desarrolla la educación de acuerdo a sus necesidades
10.3. Características
10.4. Ser un sistema participativo, regional izado y desconcentrado
10.5. Integración con dos sistemas
10.6. a. Su sistema de Educación Escolar
10.7. b. Sistema de Educación Extraescolar o Paralelas
10.8. Función fundamental:
10.9. Investigar
10.10. Planificar
10.11. Organizar
10.12. Dirigir
10.13. Ejecutar
10.14. Evaluar el proceso educativo
11. Artículo y capítulo 1ero. Principios
11.1. Derecho a educar
11.2. Respeto a la dignidad humana
11.3. Educando como el centro y sujeto del proceso
11.4. Justicia y democracia
11.5. Proceso científico, humanístico, crítico, dinámico, participativo y transparente.
12. Se debe facilitar al estudiante educación sin discriminar su credo, cultura y realidad socioeconómica
13. El estado debe tener un presupuesto general para servicios educativos equitativos
14. El estado debe garantizar el cumplimiento de los artículos 70-106 de la Constitución Política de la República