¿QUÉ ES SER PERSONA PARA EL DERECHO?

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¿QUÉ ES SER PERSONA PARA EL DERECHO? por Mind Map: ¿QUÉ ES SER PERSONA PARA EL DERECHO?

1. 1. LA PERSONA COMO TEMA CENTRAL DEL DERECHO Actualmente se considera el epicentro del derecho, ya que es creadora, destinatario y protagonista de las corrientes básicas jurídicas como son los valores y principios del derecho.

2. 2. CONFUSIÓN ACERCA DEL SIGNIFICADO DE PERSONA Los sociólogos y los juristas han producido una ingente y variada literatura en torno al concepto de persona, generando confusión al introducir nociones variadas y heterogéneas.

3. 3. PROBABLES CAUSAS DE LA CONFUSIÓN EN TORNO A LA NOCIÓN DE PERSONA

3.1. 3.1. La persona como tema de diversas disciplinas del saber El problema en torno a la persona no era propio ni exclusivo de la disciplina jurídica, si no que también era tema de indagación a los teólogos, filósofos, psicólogos, sociólogos, entre otros.

3.2. 3.2.Carácter jusfilosófico de la indagación a emprender El significado de persona transciende al derecho y dejamos que la filosofía responda esta cuestión para poder entender el derecho.

3.3. 3.3.La cuestión etimológica Se discute si el origen es etrusco, griego o latín. La teoría mas acogida indica que su origen está en la voz persu (etrusco) y en la necrópolis de Cornete Tarquinii la inscripción phersu estaba al lado de dos personas enmascaradas.

3.4. 3.4. Confusión histórica sobre la significación del vocablo “persona” Primero existía la confusión de lo que significa iba la palabra persona a lo que dijeron que era una careta o personaje o cualidad y función, luego de esto se confundió a la persona natural que es lo innato en nosotros y lo que es la persona jurídica se basa en ser un conjunto de normas.

3.5. 3.5. Confusión entre los conceptos de "persona" y de "personalidad" Son conceptos distintos, persona es el ser humano que ontológicamente tiene la capacidad de goce que no puede ser regulada por el derecho distinto a la capacidad de ejercicio que es la de obrar y si puede ser regulada. El concepto de personalidad es la proyección al mundo exterior y este concepto es más cercano a la identidad. Persona y personalidad son conceptos distintos ya lo largo de la historia se han confundido producto de la doctrina y algunos escritos jurídicos los han dispuesto como términos homogéneos.

3.6. 3.6. Ser humano, persona, hombre, individuo Términos que tienes matices que es necesario esclarecer, similitudes y diferencias:

3.6.1. 3.6.1. Ser humano Se denomina así al hombre, es mamífero en perspectiva de la naturaleza, pero tenemos características como que pasamos por cambios climáticos, ubicación, herencia y diversas características psicológicas que nos diferencian del animal.

3.6.2. 3.6.2. Ser humano y "persona" El ser humano tiene un plus, el cual es la libertad en eso se considera como persona, una diferencia de los animales que están condicionados a sus instintos el ser humano como "persona" es capaz de administrarlos.

3.6.3. 3.6.3. Hombre y “ser humano” Con el decir hombre nos referimos únicamente al ser humano o a la persona , ya que se trata de un término generalizado y dentro de este también se incluye la palabra mujer.

3.6.4. 3.6.4. Individuo y “persona” El término individuo hace referencia a lo cuantitativo, para referirse a alguien en particular o también la palabra individuo puede ser despectiva referente a alguien que carece de algo positivo.

4. 4. La persona en la concepción tradicional de los juristas

4.1. 4.1. Posición formalista sobre la persona Reducir la persona a una categoría objetal, para el formalismo jurídico la persona sería una construcción lógica-formal o “una expresión unitaria personificada para un riesgo de obligaciones y facultades jurídicas, es decir, para un complejo de normas”

4.2. 4.2. Visión realista Sostiene que la persona es el hombre como tal, con independencia del reconocimiento del derecho objetivo. Un segundo significado al concepto “persona” que se resuelve en una abstracción donde se considera desde el punto de vista del papel que ella desempeña en la sociedad.

4.3. 4.3. La teoría ecléctica no puede definir la persona desde un punto de vista formalista o realista, sino que ambos están de la mano.

4.4. 4.4. Concepción tridimensional de la persona El ser humado proyecta su vida y este se basa en normas jurídicas con los demás a lo que se suma una determinada situación jurídica subjetiva es decir un anexo de deberes y derechos. En la persona se conjugan los tres elementos del derecho, lo ontológico, lo lógico y lo estimativo.

5. 5. Sujeto de derecho y persona En la actualidad el concepto de "sujeto de derecho" es el de ente al cual el ordenamiento jurídico atribuido situaciones jurídicas subjetivas, deberes y derechos. En la experiencia jurídica, el concepto formal de “sujeto de derecho” se refiere al ser humano en sus cuatro “maneras de ser”: Ser humano por nacer, al concebido, como ser humano nacido o persona natural, a la organización de personas sin inscribirse y también la organización de personas inscritas designadas como "persona jurídica".

6. 6. La persona en la filosofía y en el derecho La filosofía busca la naturaleza del hombre, mientras que el derecho a la persona como sujeto de derecho, aunque conocemos el concepto de la persona se enraíza en la filosofía.

7. 7. El vuelco histórico sobre la concepción del derecho y la persona en la primera mitad del siglo XX A la mitad del siglo XX la iglesia es lo que predominaba así que todo se basó en que la persona es libre y así se conceptúa el pecado, arrepentimiento, etc. Pero con apoyo en conceptos filosóficos. Esto repercute y se pregunta si el derecho es exterior al ser humano o es parte de su estructura.

8. 8. Itinerario de nuestra información sobre el derecho y la persona a partir de los años cuarenta del siglo XX Nos presentamos 3 libros los cuales buscan definir a la persona y el derecho:

8.1. - El elemental de dichos libros, deliberado en la segunda mitad de la década de los años cuarenta del siglo XX, encontró su locución en la tesis que para elegir el grado de Bachiller en Derecho fuera presentada en 1950 en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos de Lima, con el título de Bosquejo para un valor ontológica del Derecho. El ejemplar adopto el titulo de El derecho como libertad y fue publicado 37 años más tarde. En esta obra se llegó a la tesis que se conocería años más tarde, gracias a Miguel Reale, con el título de “teoría tridimensional del derecho”

8.2. - La segunda obra fue editada en 1962 por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos con el título de La noción jurídica de persona y defensa precisa con todos los avances en exploración que es la persona para el derecho.

8.3. - En 1992, se editó por la Universidad de Lima un tercer libro titulado Derecho y persona en el cual, ampliando algunos aspectos relacionados con la teoría tridimensional del derecho y precisa sus referencias, así como sus diferencias con la idea de Miguel Reale, se quiere precisar mejor la semejanza entre derecho y persona.

9. 9. La pregunta sobre el derecho A lo extenso del tiempo se plantean tres dimensiones del derecho (lo ontológico, lo lógico y lo estimativo), es a través de la práctica y el tesis que puede denotarse que la interacción dinámica de las tres ya mencionadas dimensiones conforma una idea integral del derecho, realzando que la vida es fundamental para la apreciación de valores y la regulación normativa.

10. 10. La interrogación sobre la "persona"

10.1. 10.1 Qué es persona para el derecho Es el sujeto de derecho. Sujeto de derecho, bien lo sabemos, es el sujeto al cual el ordenamiento jurídico efectivo de cada país le atribuye "situaciones jurídicas subjetivas".

10.2. 10.2 Quiénes son personas El ser humano, por libre y coexistencial, es el creador, intérprete y receptor del derecho y solo a él se le debe dar la calificación de persona. Se debería reflexionar ser humano al: no nacido, concebido, persona no inscrita y persona jurídica.

10.3. 10.3 En qué consiste el ser de la persona Es una unidad psicopática basada en su libertad.

10.4. 10.4 A quiénes el derecho debería considerar personas Sujeto de derecho que no es otro que el ser humano, individual o colectivamente considerado. Ser humano cuya naturaleza es ser una unidad psicosomática sustentada en su libertad.