1. Cuáles son las características de los títulos valores
1.1. El título valor incorpora derechos de una persona
1.2. Son documentos de carácter mercantil qué se utilizan regularmente para el pago de deudas.
1.3. Un título valor le permite legitimación propia al acreedor es decir que es el quien puede ejercer su derecho sobre ese título valor y en contra del deudor
1.4. Son documentos de carácter mercantil, porque son entregados para pagar una deuda.
2. Cuál es la diferencia entre título valor y título ejecutivo
2.1. El título valor es negociable el título ejecutivo no.
2.2. El título valor es autónomo no depende del negocio o contrato por el que ha surgido, en tanto que el título ejecutivo si depende de un negocio jurídico.
3. Cuáles son los principios de los títulos valores
3.1. Principio de incorporación este principio se basa en que el título valor contiene o incorpora un derecho que le pertenece o beneficia a una persona
3.2. Principio de buena fe: este principio consiste en que tanto para el acreedor (la persona que presta) y deudor (la persona que debe
3.3. Principio de literalidad en el título valor deben constar por escrito las obligaciones y derechos, también este principio nos habla de que no se podrá alegar o solicitar derechos que no estén incorporados o expresamente estipulados en el título valor.
3.4. Qué ocurre con los espacios en blanco en el título valor
4. Qué ocurre con los espacios en blanco en el título valor
4.1. Esto es válido, hasta antes de presentarse el título valor para ejercer algún derecho
4.2. Si se realizó una firma en el título valor en blanco y este fue entregado por el firmante es decir (la persona que firmó para convertirlo en un título valor)
4.2.1. Cuando se dejan espacios en blanco en un título valor, cualquier tenedor, es decir, quien lo tenga a la mano, y que sea legítimo podrá llenar estos espacios, teniendo en cuenta las instrucciones del suscriptor, es decir quien creó el título.
5. Cuáles son las clases de firmas en los títulos valores en Colombia
5.1. Podemos encontrar la firma del creador; que es la firma de la persona que crea o realiza el documento (título valor), también encontramos la firma del endosante, que se presenta cuando se va a transferir el título valor, la firma de esa persona debe estar incluida en el título valor y la firma del aceptante, que se presenta cuando ya se ha realizado el título valor y se firma para aceptar ese título valor.
6. Cuáles son los elementos de los títulos valores
6.1. Legitimación para ejercer el derecho: hace referencia a la facultad que tiene el tenedor es decir que el porqué del título valor para hacer valer las obligaciones contenidas en el docum
6.2. Un carácter documental y necesarios: estos elementos se basan en que, para hacer efectivo el derecho es esencial que el título valor nazca a través de un documento pues sin eso más adelante no se podría probar, ni mucho menos perseguir al deudor que ha incumplido con la obligación que debe contener la incorporación de un derecho
6.3. Literalidad: los derechos y obligaciones deben estar escrito de manera expresa en el título valor.
7. Cuáles son las diferencias legales en el título del importe escrito en cifras y en palabras
7.1. Si ninguno de estos signos corresponde a uno nacional, el título valor no surte efectos cambiarios.
7.2. Cuando exista diferencias entre la referencia de unidad monetaria (es la moneda que se establece en un determinado país) prevalecerá el signo monetario nacional, es decir del país donde se suscriba el título.
7.3. Si ninguno de estos signos corresponde a uno nacional, el título valor no surte efectos cambiarios.
8. ómo están regulados los títulos de valores en el código del comercio
8.1. En el código de comercio los títulos valores se encuentran contenidos desde el artículo 619 y sus artículos subsiguientes en el código nos hacen mención de que es un título valor, cómo está conformado, cuáles son las clases, como por ejemplo, el contenido crediticio de participación o tradición, también nos habla de los requisitos que debe contener un título valor
8.2. Cómo es la mención del derecho que se incorporan en el título valor, también la firma de quien lo crea, nos habla acerca de los títulos valores en blanco, también nos habla de la letra de cambio, el cheque, el pagaré, entre otros tipos de títulos valores, nos hablan de cada uno especificando cómo son, cuáles son sus requisitos y cómo es el procedimiento para cada uno.
9. Qué función cumple el tenedor en el título valor
9.1. El tenedor es la persona, que posee o que es el titular de un título valor (letra de cambio, cheque, pagaré), puede exigir el pago de la obligación en su momento contenida en el título valor.
10. En qué consiste el proceso endoso
10.1. Es un proceso que se da para transferirle a una persona la propiedad de un documento, esta potestad se otorga a través de una firma que se realiza detrás del documento que se está transfiriendo, este endoso permite pasar la titularidad de ese documento de una persona a otra.
11. Cuáles son las clases del endoso
11.1. En propiedad: a diferencia del anterior endoso esta clasificación es aquella por medio de la cual se transfiere del endosante al endosatario la propiedad del título valor, en el endoso que se encuentre en blanco se perfecciona con la sola firma del endosante, es decir, que es válido si sólo aparece la firma del endosante.
11.2. En garantía: este endoso se utiliza para dar garantía al cumplimiento de una obligación contenida en un título valor, este endoso debe otorgarse con cláusulas como en garantía o en prenda, el acreedor puede retener la cosa que se dio en prenda hasta que se haya cancelado la obligación.
12. Cuáles títulos valores se pueden endosar
12.1. En términos generales cualquier título valor se puede endosar a excepción de que los creadores del documento limiten la negociabilidad, es decir, la transmisión del título valor en particular
13. Cuáles son las diferencias entre el aval y la fianza
13.1. El aval pertenece al derecho mercantil, es decir, está relacionado con los títulos valores como bonos pagarés y facturas negociable
13.2. El aval es solidario, es decir si se presenta una deuda el acreedor puede reclamarla tanto al deudor como al avalista mientras que en las fianzas el fiador goza de derecho de exclusión es decir no se le puede reclamar el pago de esa obligación hasta que primero no se le hayan reclamado al de
14. Es un documento creado por dos personas para probar la existencia de un compromiso, es decir una obligación de pagar una suma de dinero a otra persona, Este título valor prueba la existencia de dicha obligación.
15. Cuál es la clasificación o tipos de los títulos valores en Colombia
15.1. Los obligacionales, son aquellos que incorporan un compromiso, como una deuda de una cantidad de valor (una suma de dinero).
15.2. Los cambiarios son aquellos que incorporan un derecho crediticio, como por ejemplo en un cheque una letra de cambio.
15.3. Los reales se pueden definir como aquellos títulos valores que incorporan la posesión de algunas mercancías, como por ejemplo, un certificado de depósito en almacenes generales.
15.4. Los tipos son
15.4.1. Cheque: es un título valor que le permite a una persona cobrar determinada suma de dinero la cual se encuentra en una cuenta bancario
15.4.2. Pagaré: es un título valor, al igual que la letra de cambio ordena pagar una suma de dinero a una persona, pero a diferencia de la letra de Cambio quién realiza el pagaré es el deudor, es decir, la persona obligada a pagar el dinero.
15.4.3. Letra de cambio: Es un título valor que ordena pagar una suma de dinero a una persona en determinada fecha y lugar
15.4.4. Partes en el cheque: El girador qué es la persona que tiene una cuenta bancaria y emite el cheque ordenando el pago de este, el girado es la entidad bancaria a quién se le ordena por medio de este cheque pagar una suma de dinero determinada de los fondos que se encuentran en esa cuenta bancaria y el beneficiario es la persona a quien se le otorga el cheque y quién podrá cobrarlo o hacerlo efectivo en una entidad bancaria
15.5. uáles son los requisitos de un título valor
16. Cuáles son los requisitos de un título valor
16.1. De manera general encontramos dos requisitos para los títulos valores, primero el título valor debe contener de manera expresa y clara el derecho que se incorpora, es decir, el derecho que le pertenece a la otra persona
17. Es transferible un título valor
17.1. Para transferir un título valor no es suficiente con dar el consentimiento para su transferencia, sino que se requiere el endoso de dicho documento. Está transmisión del título valor no se puede realizar con todos los títulos valores y dicho endoso sólo se perfecciona o se da con la entrega física del título valor y la firma del primer titular que aparezca en el documento.
18. Cuál es la caducidad de un título valor
18.1. Los títulos valores por regla general tienen una fecha establecida para su caducidad, es decir, el acreedor y el deudor pactan una fecha para darse cumplimiento de la obligación, pero cuando no se estipula la fecha exacta para el cumplimiento de este, podrá ser cualquier día que el acreedor considere es decir el acreedor podrá hacer valer ese título valor en cualquier momento.
19. En qué casos es recomendable contratar a un abogado
19.1. Es importante contar con la asesoría legal de un abogado experto en el tema pues este le ayudará a resolver cualquier duda y si se presenta algún proceso judicial le ayudará a resolverlo pues con su experiencia y sabiduría será una gran herramienta en el proceso.
20. Cuáles son los efectos de la aceptación de la letra de cambio
20.1. La persona que acepte una letra de Cambio se convierte en el principal obligado y no podrá alegar otros derechos que no sean los que se encuentran estipulados en la letra de cambio. Por ejemplo, si es la letra de Cambio hay algún error en cuanto al valor o en cuanto cualquier otra formalidad las puede alegar, pero si no se encuentra ningún error dentro de la letra de cambio no podrá crear defender ningún derecho que no sea estipulado en la letra de cambio.
21. Qué sucede con los títulos valores creados en el extranjero
21.1. Los títulos valores que se creen en el extranjero se considerarán títulos valores si cumplen con los requisitos, y se les aplicará la ley del lugar en el que se realicen los actos de creación y circulación del título valor.
22. Cuál es la importancia de los títulos valores en la actividad comercial
22.1. La importancia radica que un título valor, sirve para realizar negocios, o pagos, y no se tiene la cantidad de dinero en el momento, estos documentos sirven para suplir esa obligación e ir cancelándola de manera periódica, (cuotas) o en una determinada fecha.
23. Cuáles son las características del endoso
23.1. Es unilateral; pues no necesita que se dé la voluntad de terceros
23.2. Formal; al igual que un título valor, es un acto que debe constar en un documento.
23.3. Es unilateral; pues no necesita que se dé la voluntad de terceros
24. Cuál es la diferencia entre la cesión y el endoso
24.1. El endoso es una figura del derecho comercial mientras que la cesión pertenece al derecho civil y consiste en la entrega que se hace de un título.
24.2. Por medio del endoso se transmiten créditos y obligaciones contenidas en títulos valores mientras que la cesión transmite derechos de un contrato o de cualquier acto jurídico.
24.2.1. El endoso es una declaración unilateral de la voluntad del endosante mientras que en la cesión se requiere de la voluntad de las dos partes involucradas.
25. En qué consiste el aval
25.1. El aval es un tipo de garantía (cosa o firma de persona) de una obligación que se aplica a los títulos valores solamente como la letra de cambio cheque y pagaré mediante el aval se garantiza en todo o en parte el pago de un título valor.
26. En qué consiste la acción cambiaria
26.1. Esta acción cambiaría sirve para cobrar deudas que se encuentran contenidas en títulos valores, como, por ejemplo: en la letra de cambio, cheques, facturas y pagarés.
26.1.1. La acción cambiaria es un mecanismo jurídico que le permite al tenedor del título valor, mediante una demanda ejercer el derecho que se encuentra incorporado en el título valor independientemente del negocio jurídico o contrato que haya dado origen a ese documento.