Áreas Naturales Protegidas

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Áreas Naturales Protegidas por Mind Map: Áreas Naturales Protegidas

1. Concepto

1.1. Parte del territorio nacional de propiedad del Estado, del Municipio, de entes autónomos o de propietarios privados, legalmente establecida con el objeto de posibilitar la conservación, el manejo sostenible y restauración de la flora y fauna silvestre, recursos conexos y sus interacciones naturales y culturales, que tenga alta significación por su función o por sus valores genéticos, históricos, escénicos, recreativos, arqueológicos y protectores, de tal manera que preserve el estado natural de las comunidades bióticas y los fenómenos geomorfológicos únicos

2. Procedimiento para la declaratoria de Área Natural Protegida

2.1. Art. 11. Los particulares, las municipalidades y las entidades autónomas podrán solicitar que inmuebles de su propiedad se establezcan como Áreas Naturales Protegidas o se adhieran a una ya establecida, cuando reúnan las siguientes condiciones:

2.1.1. a) Que contengan ecosistemas no afectados significativamente por la actividad humana, diversidad biológica significativa o aporte beneficios ambientales a una comunidad o municipio.

2.1.2. b) Contar con un dictamen técnico de los valores naturales del área y las aptitudes de la misma.

2.1.3. c) Que cumplan con lo establecido en esta Ley, su Reglamento y el convenio que para tal efecto se suscriba entre el Ministerio y el interesado.

2.2. Registro de Establecimiento

2.2.1. Art. 12. La declaratoria de un Área Natural Protegida deberá inscribirse en el correspondiente Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas a petición del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, lo cual no causará ningún derecho.

2.2.2. Para efectos de cancelar la inscripción del establecimiento de un área natural en propiedades privadas, municipales y de entidades autónomas, el propietario solicitará al Ministerio la autorización respectiva.

2.3. Registro Interno y su objeto

2.3.1. Art. 13. El Ministerio llevará un registro de Áreas Naturales Protegidas, en lo sucesivo denominado el “Registro”.

2.3.2. El Registro tiene por objeto catalogar e incorporar la información relativa de las áreas naturales protegidas del país; su organización y funcionamiento se determinará en el reglamento de la presente Ley.

2.4. Categorías de Manejo

2.4.1. Art. 14. Dentro del proceso de formulación de los planes de manejo de las Áreas Naturales Protegidas, se asignará la respectiva categoría con base al cumplimiento de los objetivos de las mismas y de acuerdo a la siguiente clasificación:

2.4.1.1. Reserva Natural

2.4.1.2. Parque Nacional

2.4.1.3. Monumento Natural

2.4.1.4. Área de Manejo de Hábitat

2.4.1.5. Paisaje Terrestre o Marino Protegido

2.4.1.6. Área Protegida con Recursos Manejados

2.4.1.7. Área de Protección y Restauración

2.4.1.8. Parque Ecológico

2.5. Cambio De Categoría de Manejo

2.5.1. Art. 15. El Ministerio podrá cambiar la categoría de manejo previamente asignada a una determinada Área Natural Protegida, o agregar nuevas categorías, basándose en la evaluación, análisis y ajuste de los objetivos del manejo. El cambio de categoría o asignación se efectuará cumpliendo con los procedimientos definidos en el reglamento de la presente Ley, dicho cambio no podrá ser en detrimento de la actual categoría, excepto en casos de desastre ambiental u otra contingencia que así lo amerite.

3. Áreas naturales protegidas de El Salvador

3.1. 1. Parque Nacional Montecristo (Metapán, Santa Ana)

3.2. 2. San Diego y La Barra (Metapán, Santa Ana)

3.3. 3. Complejo Los Volcanes (Santa Ana, Santa Ana)

3.4. 4. Complejo San Marcelino (El Congo, Santa Ana e Izalco, Sonsonate)

3.5. 5. Complejo El Playón (Izalco, Sonsonate; El Congo, Santa Ana y San Juan Opico, La Libertad)

3.6. 6. Laguna de Las Ninfas y Laguna Verde (Apaneca, Ahuachapán)

3.7. 7. Parque Nacional El Imposible (San Francisco Menéndez, Ahuachapán)

3.8. 8. Complejo Barra de Santiago (Jujutla y San Francisco Menéndez, Ahuachapán)

3.9. 9. Complejo Los Farallones (San Julián, Izalco y Caluco, Sonsonate)

3.10. 10.Complejo Los Cóbanos (Acajutla, Sonsonate)

3.11. 11.El Pital (San Ignacio, Chalatenango)

3.12. 12.Las Termópilas (Chiltiupán, La Libertad)

3.13. 13.Deininger (La Libertad, La Libertad)

3.14. 14.La Joya (San Vicente, San Vicente)

3.15. 15.Complejo Nancuchiname (Jiquilisco, Usulután)

3.16. 16.Laguna de Alegría (Alegría, Usulután)

3.17. 17.Isla San Sebastián (San Dionisio, Usulután)

3.18. 18.Complejo El Jocotal (El Tránsito, San Miguel)

3.19. 19.Complejo Cacahuatique (Osicala y Gualococti, Morazán)

3.20. 20.Morrales de Pasaquina (Pasaquina, La Unión)

3.21. 21.Complejo Conchagua (Conchagua, La Unión)

3.22. 22.Pirigallo y Martín Pérez (Meanguera del Golfo, La Unión)

3.23. 23.Montaña de Cinquera (Cinquera, Jutiapa, Tejutepeque, Tenancingo y Suchitoto; Cabañas y Cuscatlán)

4. Elaborado por:

4.1. EDWIN ANTONIO FLORES GARCÍA SMTM184612

4.2. JOSE ALEXANDER NOLASCO MARQUEZ SMTM247413