Sociedad Cooperativa

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Sociedad Cooperativa por Mind Map: Sociedad Cooperativa

1. Definición

1.1. Es una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios.

2. FONDOS SOCIALES COOPERATIVOS

2.1. DE RESERVA LEGAL. PREVISION SOCIAL. DE EDUCACION COOPERATIVA. (ART. 53 LEY GENRAL DE SOCIEDADES COOPERATIVAS)

3. FONDO DE RESERVA LEGAL.

3.1. Este será delimitado en el acta constitutiva, sin que rebase del 25% del capital social de la sociedad de productores y del 10% en las de los consumidores; ese fondo se constituirá con entre el 10 y 20% de los rendimientos de cada ejercicio social.

4. FONDO DE PREVISIÓN SOCIAL.

4.1. Se conoce como previsión social, por consiguiente, a las acciones que buscan atender las necesidades de los integrantes de una sociedad. El objetivo de la previsión social es lograr un mejoramiento de las condiciones sociales, económicas y humanas en general de la población

5. NUEVOS SOCIOS.

5.1. Toda sociedad en un momento determinado la necesidad de aumentar su capital social, y una de esas formas, es precisamente aumentar el numero de socios.

6. SEPARACION FORZOSA Y VOLUNTARIA DE SOCIOS.

6.1. 1.-Desempeño de labores sin calidad requerida. 2.-Incumplimiento reiterado sin causa plena y debidamente justificada. Infracción repetida de disposiciones de la ley, de bases constitucionales o del reglamento de la sociedad cooperativa (art. 38 LGSC)

7. DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y FUSION DE LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS.

7.1. 1.- Voluntad de las dos terceras partes de los socios integradas en la asamblea general.

7.2. 2.- Disminución de socios a un número inferior a cinco.

7.3. 3.- Consumación de su objetivo.

7.4. 4.- Imposibilidad de continuar por causales económicas.

7.5. 5.- Resolución ejecutoriada por los organos jurisdiccionales.

8. ESTEBAN DÍAZ TORRES 3-D

9. principios

9.1. I.- Libertad de asociación y retiro voluntario de los socios;

9.2. II.- Administración democrática;

9.3. III.- Limitación de intereses a algunas aportaciones de los socios si así se pactara;

10. Construcción y registro

10.1. I.- Se reconoce un voto por socio, independientemente de sus aportaciones;

10.2. II.- Serán de capital variable;

10.3. III.- Habrá igualdad esencial en derechos y obligaciones de sus socios e igualdad de condiciones para las mujeres;

10.4. IV.- Tendrán duración indefinida, y

10.5. V. Se integrarán con un mínimo de cinco Socios, con excepción de aquellas a que se refiere el Artículo 33 Bis de la Ley de Sociedades Cooperativas.

11. Clasificación de las sociedades cooperativas

11.1. SOCIEDAD COOPERATIVA D RESPONSABILIDAD SUPLEMENTADA.

11.2. SOCIEDAD COOPERATIVA DE CONSUMO.

11.3. SOCIEDADES COOPERATIVAS DE PARTICIPACION ESTATAL.

11.4. SOCIEDAD COOPERATIVA DE VIVIENDA.

11.5. SOCIEDAD COOPERATIVAS DE PRODUCCIÓN.

12. Personalidad Jurídica

12.1. Toda sociedad cooperativa, es una persona moral, y tiene personalidad jurídica propia, y distinta de la de cada uno de los socios, y es sujeto de derechos y obligaciones, con patrimonio, nombre y domicilio.

13. Bases constitutivas de una cooperativa

13.1. Denominación social. Domicilio social. Objeto de sociedad. Responsabilidad adoptada Forma de incrementar el capital social. Procedimiento de admisión y exclusión de socios. Fondos Sociales. Duración del ejercicio social. Libros de actas y contabilidad. Forma de caucionar el manejo del personal. Procedimientos para convocar las asambleas generales ordinarias. Derechos y obligaciones de los socios.

14. El acta constitutiva se la sociedad, se inscribirá en el Registro Público de Comercio que corresponda a su domicilio social (art.13 LSM)