PERMUTA SIN TRADICIÓN

Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
PERMUTA SIN TRADICIÓN por Mind Map: PERMUTA SIN TRADICIÓN

1. HECHOS RELEVANTES

1.1. El 11 de enero de 2020, Eduardita y Joselo celebraron un contrato verbal de promesa de permuta.

1.1.1. 1.1. Eduardita transferiría su derecho real de dominio sobre un predio en Melgar.

1.1.2. 1.2. Joselo transferiría el derecho real de dominio sobre una camioneta Ford.

1.1.3. 1.3. Los gastos asociados a estos negocios correrían en partes iguales.

1.1.4. 1.4. El 18 de abril se llevaría a cabo la tradición de los bienes.

1.2. El 18 de abril, tanto Eduardita como Joselo hicieron entrega de los bienes pero olvidaron hacer los trámites en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos y en la Secretaría de Tránsito.

1.3. Eduardita desea vender la camioneta a Pepón, sin embargo este último verifica en la Secretaría de Tránsito que Eduardita no figura como la dueña del vehículo.

1.4. Joselo no desea realizar la tradición del vehículo.

2. PROPUESTAS DE ARREGLO

2.1. Primera alternativa

2.1.1. Que ambas partes perfeccionen el contrato de permuta como es debido, a través de escritura pública. Para posteriormente, hacer las diligencias para transferir el derecho real de dominio como es debido.

2.2. Segunda y Tercera Alternativa

2.2.1. Como no ha habido transferencia del derecho real de dominio, ellos siguen siendo los dueños de los bienes que tenian inicialmente (Eduardita del predio y Joselo de la camnioneta)

2.2.1.1. Entonces se podrían seguir cualquiera de estas dos opciones:

2.2.1.1.1. Segunda alternativa

2.2.1.1.2. Tercera alternativa (esta es la que más se ajusta a sus intereses)

3. POSICIONES e INTERESES

3.1. Joselo

3.1.1. Posición

3.1.1.1. 1. No quiere entregar la finca ni hacer ningún tramite antes la secretaria de transito.

3.1.2. Interés

3.1.2.1. 1. conservar la finca en Melgar

3.2. Eduardita

3.2.1. Posición

3.2.1.1. 1. Que el contrato se perfeccione a través de la escritura publica. (art 1956 C.C) 2. Que el señor Joselo haga los tramites correspondientes ante secretaria de transito para hacer el traspaso del vehículo Ford.

3.2.2. Interés

3.2.2.1. 1. que el contrato se perfecciones para hacerlo exigible. 2. vender el carro al señor Pepón. 3. no perder el cliente.

4. MARCO JURÍDICO

4.1. Decreto 019 de 2012

4.1.1. Art. 90 "Cuando las partes acuerden transferir derechos de propiedad o reales sobre bienes inmuebles, el cumplimiento de lo pactado se hará mediante documento público. Lo mismo sucederá si el bien es mueble y la ley requiere el otorgamiento de escritura pública".

4.2. Código Civil

4.2.1. Contrato de Promesa

4.2.2. Art. 1956

4.2.2.1. "El cambio se reputa perfecto por el mero consentimiento, excepto que una de las cosas que se cambian o ambas sean bienes raíces o derechos de sucesión hereditaria, en cuyo caso, para la perfección del contrato ante la ley, será necesaria escritura pública"

4.2.3. Art. 1958

4.2.3.1. "Las disposiciones relativas a la compraventa se aplicarán a la permutación en todo lo que no se oponga a la naturaleza de este contrato; cada permutante será considerado como vendedor de la cosa que da, y el justo precio de ella a la fecha del contrato se mirará como el precio que paga por lo que recibe en cambio"

4.3. Ley 53 de 1989

4.3.1. Registro de tradición de vehículos.

4.4. Ley 1569 de 2012

4.4.1. Registro de tradición de inmuebles.

5. ELEMENTOS

5.1. Objetivo

5.1.1. Una permuta donde la tradición no se hizo de manera correcta, pues al estar sujetos a registro los bienes, no basta la simple entrega. Esto impide el pleno goce de los bienes objeto de la permuta

5.2. Subjetivo

5.2.1. Eduardita

5.2.2. Joselo