1. Sanciones aplicables relacionadas con el acceso ilícito a sistemas y equipos de informática y a la revelación de secretos.
1.1. Artículo 210 Se impondrán de treinta a doscientas jornadas de trabajo en favor de la comunidad, al que sin justa causa, con perjuicio de alguien y sin consentimiento del que pueda resultar perjudicado, revele algún secreto o comunicación reservada que conoce o ha recibido con motivo de su empleo, cargo o puesto.
1.2. Artículo 211 La sanción será de uno a cinco años, multa de cincuenta a quinientos pesos y suspensión de profesión en su caso, de dos meses a un año, cuando la revelación punible sea hecha por persona que presta servicios profesionales o técnicos o por funcionario o empleado público o cuando el secreto revelado o publicado sea de carácter industrial.
1.3. Artículo 211 Bis A quien revele, divulgue o utilice indebidamente o en perjuicio de otro, información o imágenes obtenidas en una intervención de comunicación privada, se le aplicarán sanciones de seis a doce años de prisión y de trescientos a seiscientos días multa.
2. Concepto de Autoría y creación de software, y los tipos de obras que se encuentran protegidas por la ley.
2.1. Es el derecho de propiedad que se genera de manera automática por la creación de diversos tipos de obras y que protege los derechos e interés de los creadores de trabajos literarios etc. están protegidos por los derechos de autor.
2.2. Las obras protegidas por propiedad intelectual son todas las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte, tangible o intangible. Así pues, los requisitos de una obra para que disfrute de protección por la propiedad intelectual son – originalidad, – expresada por algún medio o soporte.
3. Requisitos del trámite de solicitud de obra de programas de cómputo.
3.1. ¿Qué trámite se realiza para el registro de una obra? Con relación al trámite de solicitud de registro de obra a realizar se deben cumplir con los requisitos que a continuación se enumeran: 1.- Llenar el formato RPDA-01 (solicitud de registro de obra), identificado con la homoclave INDAUTOR-00-001, por duplicado. 2.- Presentar dos ejemplares de la obra. 3.- Efectuar el pago (único) de derechos a través del formato de hoja de pago electrónico, por la cantidad de $ 177.00 (ciento setenta y siete peos 00/100 M.N.), en cualquier Institución bancaria.
3.2. ¿Qué documentos son necesarios para registrar una obra? En caso de personas morales se debe presentar el instrumento notarial o documento legal correspondiente, así como la de su representante legal. En caso de que el titular sea persona diferente al autor el documento para acreditarlo (contrato de transmisión de derechos patrimoniales, carta de colaboración, obra por encargo etc.) En caso de obra seudónima sobre cerrado con los datos personales del autor.
4. Mapa conceptual • Yeni Guadalupe Espinosa Sanchez • 607 INFO
5. Piratería y falsificación de software.
5.1. El término "piratería de software" cubre diferentes actividades: copiar ilegalmente programas, falsificar y distribuir software - incluso compartir un programa con un amigo. Es importante entender los diferentes canales de piratería de software, no simplemente cumplir con la ley sino también protegerse contra problemas económicos aún mayores como la pérdida de ingresos... y la pérdida de empleos.
6. Diferentes métodos para tener acceso no autorizado a sistemas de información y las sanciones aplicables.
6.1. Sabotaje Informático: Consiste en borrar o modificar sin autorización de funciones o datos de la computadora para obstaculizar el funcionamiento.
6.2. Fraude informático: Supone el cambio de datos en la computadora durante el procesamiento o tratamiento de información con la finalidad de lucro y perjuicio a terceros.
6.3. Espionaje Informático: Consiste en obtener datos almacenados a través de un archivo automatizado guardándolos o enviándolos al hacker. Consiste en acceder de manera indebida, sin autorización o contra derecho a un sistema de tratamiento de la información. Técnicas comunes Acceso No Autorizado A sistemas Informáticos Ø Cracs; Modifican el comportamiento o amplían la funcionalidad el software o hardware original. Ø Gurús; Son considerados los maestros y encargados de formar a futuros hackers. Ø Hackers; Persona que le apasiona el conocimiento, descubrir o aprender, entendiendo el funcionamiento.
7. Leyes aplicables al Derecho de autor.
7.1. Artículo 11. El derecho de autor es el reconocimiento que hace el Estado en favor de todo creador de obras literarias y artísticas previstas en el artículo 13 de esta Ley, en virtud del cual otorga su protección para que el autor goce de prerrogativas y privilegios exclusivos de carácter personal y patrimonial