NATURALEZA JURÍDICA DE LA FE PÚBLICA NOTARIAL

Material de consulta:Castañeda Rivas, M. L. (2015). Naturaleza jurídica de la fe pública notarial. En A. G. Adame López, Homenaje al doctor Bernardo Pérez Fernández del Castillo (págs. 27-44). México: Colegio de Profesores de Derecho Civil Facultad de Derecho-UNAM.Elaboró: Talia Elizabeth González Flores

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1. LA FE PÚBLICA

1.1. Características: -Creada por el Estado para brindar seguridad jurídica -Consta siempre en forma documental -Es cierto y verdadero lo que emana de ella -Los actos se garantizan contra cualquier violación -La obligatoriedad de la fe pública la vuelve soberana

1.2. Acepciones: -Jurídica: acto objetivo de creencia obligatoria o confianza de la seguridad de un documento en acatamiento legal -Doctrinal: lleva una misión preventiva la preconstitución de pruebas

1.3. Fundamentación a) Necesidad de certidumbre, lo escrito se presume verdadero b)Función preventiva, busca prevenir un conflicto c)Prueba preconstituída: un contrato apegado a derecho evita una controversia futura entre las partes

2. REQUISITOS DE LA FE PÚBLICA

2.1. a) Evidencia del autor del documento b) Solemnidad o rigor formar en la realización de un acto (establecido por ley) c) Objetivación mediante grafía d)Coetaneidad, los tres anteriores en el acto d) Coordinación legal entre autor y destinatario

3. TIPOS DE FE PÚBLICA

3.1. 1. Originaria: el documento se integra por la narración inmediata de los hechos que el notario percibió por sus sentidos 2. Derivada: se actúa sobre hechos de terceros o documentos preexistentes, no lo ha percibido él.

4. EL NOTARIO

4.1. Funcionario público quién da fe (de la que le doto el Estado) a actos de las personas que le acuden

4.2. Con la fe que otorga los actos estosadquieren certidumbre y seguridad jurídica

4.3. Los actos que realiza se presumen verdaderos, ciertos y reales

4.4. Es un profesional del Derecho especializado en diversas ramas

4.5. Recibe, interpreta y da forma a la voluntad de las partes, dentro del marco legal vigente

4.6. Redacta instrumentos auténticos (quedan en su poder los originales, expide copias certificadas)

4.7. Fundamento de su existir: necesidad de certidumbre de los actos de particulares, que garantice su seguridad jurídica ante el Estado.

5. CLASES DE FE PÚBLICA

5.1. NOTARIAL- NOTARIOS: tiene la más amplia gama de facultades

5.2. JUDICIAL - SECRETARIOS: para atestiguar actos del juzgado dentro y fuera

5.3. MINISTERIAL- LOCAL O FEDERAL: en materia civil y penal, para intervenir en diligencias

5.4. MERCANTIL- CORREDORES PÚBLICOS: para actos y hechos mercantiles

5.5. REGISTRAL- DIRECTORES DE LOS REGISTROS: dar fe de actos ante ellos y certificaciones

5.6. CONSULAR-CÓNSULES: respecto de actos que pueden tener efectos en territorio nacional

5.7. ADMINISTRATIVA-SECRETARÍAS DEL PODER EJECUTIVO: para actos ante sus dependencias

5.8. MARÍTIMA-CAPITÁN DEL BUQUE: para casos especiales a bordo

5.9. DEL REGISTRO CIVIL-JUECES DEL REGISTRO: para los actos en que intervienen

5.10. AGRARIA-PROCURADOR AGRARIO, FEDARARIOS DEL RAN: para funciones de certificación

5.11. LEGISLATIVA-PODER LEGISLATIVO: por la publicación y promulgación de las leyes

5.12. ARCHIVOS NOTARIALES-ARCHIVO GENERAL DE NOTARÍAS: regularizar documentos incompletos

5.13. ECLESIÁSTICA: para asuntos de internos de la iglesia romana

5.14. DE PARTICULARES: contadores de instituciones de crédito

5.15. EN DDHH-PRESIDENTE, VISITADORES, OTROS: para certificar la veracidad de hechos en sus actuaciones

5.16. DESARROLLO URBANO-REGISTRADORES: para certificar y registrar

5.17. CONDOMINIOS-PROCURADURÍA SOCIAL: facultades de certificación de liquidación de adeudo

6. NATURALEZA JURÍDICA DE LA FE PÚBLICA EN MÉXICO

6.1. Rama autónoma del Derecho Público que se encarga de estudiar la institución del notariado y la teoría general del instrumento público notarial

6.2. El derecho notarial y su fe pública tienen autonomía legislativa desde 1865

6.3. La nulidad en la materia: a) Del acto b) De la forma

7. LA DACIÓN DE FE

7.1. Narración que emite el notario a requerimiento de parte, de hechos propios y ajenos documentalmente (integra y objetiva)

7.2. Formas de la Dación de Fe: -Escrita -Bajo rúbrica

7.3. Tipo de exactitud de los hechos documentados: 1. Natural: narración completa del hecho 2. Funcional: se ciñe a lo que del hecho interesa 3. Efectos de la exactitud: se convierte en un hecho histórico innegable por las partes