LOS CONCEPTOS JURÍDICOS FUNDAMENTALES SEGÚN KELSEN.

Conceptos de kelsen.

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LOS CONCEPTOS JURÍDICOS FUNDAMENTALES SEGÚN KELSEN. por Mind Map: LOS CONCEPTOS JURÍDICOS FUNDAMENTALES SEGÚN KELSEN.

1. 1. Capítulo 1 "Los conceptos fundamentales en general."

2. 1.1. Todo parte principalmente del sujeto A, en relación con el sujeto B.

3. 1.2. Los conceptos jurídicos se aplican en: - Los supuestos jurídicos. - Las consecuencias del derecho. - Los sujetos jurídicos. - objetos del derecho. - Relaciones jurídicas.

4. 2.2.1 Buena conducta: En el derecho natural, la buena conducta se considera un acto justo.

5. 2.4.1 Se debe sancionar directamente al responsable de una conducta ilícita.

6. 4. Capítulo 4 "Del deber jurídico."

7. 4.1 Kelsen considera que el deber jurídico es la conducta contraria al acto antijurídico.

8. 4.2 Obligación perfecta y obligaciones naturales.

9. 4.2.1 Obligación perfecta: El acreedor, además de tener el derecho de recibir y disponer de lo pagado, tiene el de exigir coactivamente el pago para el caso de incumplimiento y, por tanto, se protege su derecho de acreedor con una acción en juicio para que pueda demandar judicialmente el pago.

10. 5. Capítulo 5 "El Derecho subjetivo"

11. 5.1 El derecho subjetivo se refiere a: - Exigir una conducta ajena. - Exigir una conducta propia. - A tener poder jurídico sobre determinados bienes.

12. 5.2 El derecho subjetivo como facultad de exigir una conducta ajena.

13. 5.2.1 Consiste en: La posibilidad normativa de exigir una conducta ajena, tal es el derecho subjetivo del acreedor para erigir del deudor una prestación positiva o negativa; es decir, de dar, hacer o no hacer.

14. 5.3 El derecho subjetivo como poder jurídico sobre bienes propios o ajenos.

15. 5.3.1 Consiste en: En el poder jurídico de llevar a cabo determinados actos en relación con nuestros bienes o con ciertos bienes ajenos. Es decir que podemos gozar de lo nuestro y no de las cosas con dueño.

16. 5.4 El derecho subjetivo como facultad de crear la relación jurídica.

17. 5.4.1 ¿Que es? Es la facultad que tiene una persona para crear a través de un acto jurídico, nuevos derechos y obligaciones. Por ejemplo un contrato.

18. 2. Capítulo 2 "El hecho antijurídico."

19. 2.1 Kelsen considera que el hecho antijurídico es la condición de de la sanción jurídica.

20. 2.2 "Mala prohibida" Se considera de dos formas.

21. 2.2.2 Mala conducta: En el derecho natural, la mala conducta se considera como un acto injusto.

22. 2.3 El código civil y el código penal, tienen diferente criterio sobre los hechos lícitos e ilícitos.

23. 2.4 El hecho antijurídico como conducta del individuo contra el cual se dirige la sanción.

24. 2.4.2 Ejemplo: Si un hijo menor de edad comete un delito, los padres a pesar de tener algo de culpa no tienen que pagar por los daños del hijo, en este caso el hijo pudiera hacer servicio social por que el fue quien cometió el delito.

25. 3. Capítulo 3 "De la sanción."

26. 3.1 Para Kelsen la sanción es: La única consecuencia del derecho, la cual se deriva del acto antijurídico ya sea señalada por el derecho civil o penal.

27. 3.2 Sanciones civiles y penales.

28. 3.2.2 Sanciones Civiles: Se imponen para beneficio exclusivo del perjudicado, es decir, del sujeto víctima del acto antijurídico civil, en tanto que las multas o sanciones penales de carácter patrimonial, se imponen en beneficio del Estado mismo.

29. 3.2.1 Sanciones Penales.

30. 3.3. Razón para que exista la sanción: Existe para que las relaciones jurídicas tengan siempre la amenaza de la sanción y la posibilidad de la intervención coactiva del Estado, para hacerlas efectivas.

31. 3.2.3 Sanciones Penales: Consisten en la reparación del daño, en beneficio de la víctima y sólo que ésta renunciase, su importe pasará al fisco del Estado.

32. 4.2.2 Obligaciones naturales: No están sancionadas coactivamente, no habría hecho antijurídico, si no fuesen pagadas. Justamente la ley permite al deudor, por decisión libre de su voluntad, pagarlas o no pagarlas.

33. 4.3 El deber jurídico de obediencia ejemplo: El hijo no quiere obedecer al padre para que viva con él: el padre puede recurrir a la autoridad, para que mediante el uso de la fuerza pública, materialmente, con dos policías, se le lleve a la casa paterna. Por ello, hay una sanción coactiva.

34. 4.4 El deber jurídico de sancionar nace como una función del Estado.

35. 4.4.1 ¿Quien puede sancionar? El Estado es el único que compete a la función exclusiva de sancionar. Esto hace que no se pueda hacer justicia por uno mismo sino seria un delito.

36. 4.5 La función de sancionar en el órgano supremo.

37. 4.5.1 ¿Quienes pueden sancionar? - A órganos estatales. - Al órgano sancionador. - El órgano inferior como la policía.