CONSTITUCIÓN - BIENES

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CONSTITUCIÓN - BIENES por Mind Map: CONSTITUCIÓN - BIENES

1. Art 58

1.1. Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores.

1.2. Ley por motivos de utilidad pública o interés social resultaren en conflicto (...) el interés privado deberá ceder al interés público o social.

1.3. La propiedad es una función social que implica obligaciones. Como tal, le es inherente una función ecológica.

1.4. Por motivos de utilidad pública o de interés social definidos por el legislador, podrá haber expropiación mediante sentencia judicial e indemnización previa

2. Propiedad Privada

2.1. Art 60

2.1.1. Cuando el Estado enajene su participación en una empresa, tomará las medidas conducentes a democratizar la titularidad de sus acciones

2.1.2. El Estado promoverá, de acuerdo con la ley, el acceso a la propiedad.

2.2. Art 61

2.2.1. El Estado protegerá la propiedad intelectual

2.3. Art 63

2.3.1. Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la Nación y los demás bienes que determine la ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables

2.3.1.1. Inalienable: no se puede transferir su dominio u otro derecho real Imprescriptible: NO se puede adquirir por la usucapión (paso del tiempo) Inembargable: En un proceso judicial no se puede embargar esta tierra

2.4. Art 64

2.4.1. Es deber del Estado promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios

2.4.1.1. Con el fin de mejorar sus ingresos y calidad de vida. "La tierra es para quien la trabaja"

2.5. Art 65

2.5.1. La producción de alimentos gozará de la especial protección del Estado

2.6. Art 72

2.6.1. El patrimonio cultural de la Nación está bajo la protección del Estado. El patrimonio arqueológico y otros bienes culturales que conforman la identidad nacional, pertenecen a la Nación y son inalienables, inembargables e imprescriptibles.

2.6.2. La ley establecerá los mecanismos para readquirirlos cuando se encuentren en manos de particulares

2.7. Art 75

2.7.1. El espectro electromagnético es un bien público inenajenable e imprescriptible sujeto a la gestión y control del Estado

2.7.1.1. CONSESIÓN

2.8. Art 79

2.8.1. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano.

2.9. Art 80

2.9.1. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica

2.10. Art 82

2.10.1. Es deber del Estado velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular

2.10.1.1. Espacio público

2.11. Art 101

2.11.1. Los límites de Colombia son los establecidos en los tratados internacionales aprobados por el Congreso, debidamente ratificados por el Presidente de la República, y los definidos por los laudos arbitrales en que sea parte la Nación

2.11.2. Son parte de Colombia, el subsuelo, el mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental, la zona económica exclusiva, el espacio aéreo, el segmento de la órbita geoestacionaria, el espectro electromagnético y el espacio donde actúa.

2.12. Art 102

2.12.1. BIENES DE LA NACIÓN: El territorio, con los bienes públicos que de él forman parte, pertenecen a la Nación.

2.13. Art 286

2.13.1. Son entidades territoriales los departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indígenas.

2.14. Art 329

2.14.1. Los resguardos (indigenas) son de propiedad colectiva y no enajenables. La ley definirá las relaciones y la coordinación de estas entidades con aquellas de las cuales formen parte.

2.15. Art 330

2.15.1. Los territorios indígenas estarán gobernados por consejos conformados y reglamentados según los usos y costumbres de sus comunidades

2.16. Art 332

2.16.1. El Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables, sin perjuicio de los derechos adquiridos y perfeccionados con arreglo a las leyes preexistentes

2.17. Art 333

2.17.1. La actividad económica y la iniciativa privada son libres, dentro de los límites del bien común.

2.17.2. La libre competencia económica es un derecho de todos que supone responsabilidades.

2.17.3. La empresa, como base del desarrollo, tiene una función social que implica obligaciones. (LIMITES)

2.18. Art 334

2.18.1. La dirección general de la economía estará a cargo del Estado; este intervendrá por mandato de la ley

2.19. Art 335

2.19.1. Las actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos de captación

2.19.1.1. Porque esta en juego el interés publico y social

2.20. Art 360

2.20.1. La explotación de un recurso natural no renovable causará, a favor del Estado, una contra-prestación económica a título de regalía, sin perjuicio de cualquier otro derecho o compensación que se pacte.

2.21. Art 365

2.21.1. Los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional

3. Preponderancia del Interes General

3.1. Art 1

3.1.1. Colombia es un Estado Social de Derecho (...)fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.

3.1.1.1. Dos personales y reales deben ceder en caso de conflicto ante interés general

3.2. Art 2

3.2.1. Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

3.2.1.1. Do público esta hecho para que el do privado funcione

3.3. Art 7

3.3.1. El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana.

3.3.1.1. Propiedad Colectiva Patrimonio Cultural

3.4. Art 8

3.4.1. Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.

3.5. Art 28

3.5.1. Toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisión o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente con las formalidades legales

3.5.1.1. Toda persona es libre y nadie puede ser molestado ni reducido a prisión por virtud de deudas

3.6. Art 34

3.6.1. Se prohíben las penas de destierro, prisión perpetua y confiscación. No obstante, por sentencia judicial, se declarará extinguido el dominio sobre los bienes adquiridos mediante enriquecimiento ilícito, en perjuicio del Tesoro público o con grave deterioro de la moral social.

3.6.1.1. Extinción: Ir en contra de la función social - No hay lugar a remuneración alguna Expropiación: No por función social sino por otra cosa - SI hay compensación

3.6.1.2. Extinción de dominio no es confiscación ya que esta esta prohibida.

3.7. Art 42

3.7.1. El Estado y la sociedad garantizan la protección integral de la familia. La ley podrá determinar el patrimonio familiar inalienable e inembargable.

3.7.1.1. Patrimonio de familia para su proteccion a su asiento vital

3.7.1.2. Afectación de vivienda familiar