1. Norma general concerniente a la enmienda de los tratados. Enmienda de los tratados multilaterales. Acuerdos para modificar tratados multilaterales entre algunas de las partes únicamente.
2. ENMIENDA Y MODIFICACIÓN DE LOS TRATADOS
3. PARTE III
4. Casos de sucesión de estados, de responsabilidad de un Estado o de ruptura de hostilidades, Relaciones diplomáticas o consulares y celebración de tratados.Caso de un Estado agresor
5. PARTE I
6. Algunos términos empleados para la los efectos de la presente convención
7. (Tratado, ratificación, aceptación, aprobación, adhesión, plenos poderes, reserva, Estado negociador, parte, tercer Estado, organización internacional. Irretroactividad de la presente Convención.
8. CELBRACIÓN Y ENTRADA EN VIGOR DE LOS TRATADOS.
9. PARTE II
10. Celebración de los tratados, Reservas, Entrada en vigor y aplicación provisional de los tratados.
11. OBSERVANCIA APLICACIÓN E INTERPRETACIÓN DE LOS TRATADOS
12. Observancia de los tratados, Aplicación de los tratados, Interpretación de los tratados, Los tratados y los terceros estados, Enmienda y modificación de los tratados.
13. NULIDAD, TERMINACION Y SUSPECION DE LA APLICACIÓN DE TRATADOS.
14. Disposiciones generales, Nulidad de los tratados, Terminación de los tratados y suspensión de su aplicación, Procedimiento, Consecuencias de la nulidad, la terminación o la suspensión de la aplicación de un tratado.
15. DISPOSICIONES DIVERSAS
16. PARTE VI
17. DEPOSITARIOS, NOTIFICACIONES, CORRECCIONES Y REGISTRO
18. PARTE VII
19. Depositarios de los tratados, Funciones de los depositarios, Notificaciones y comunicaciones, Corrección de errores de textos o en copias certificada conforme de los tratados, Registro y publicación de los tratados.
20. DISPOSICONES FINALES
21. PARTE VIII
22. Firma, Ratificación, Adhesión, Entrada en vigor, Textos auténticos.
23. ANEXO
24. El secretario general proporcionara a la Comisión la asistencia y facilidades que necesite. Los gastos de la comisión serán sufragados por la Organización de las Naciones Unidas.