Las barreras arancelarias y no arancelarias como restricciones al comercio internacional

Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
Las barreras arancelarias y no arancelarias como restricciones al comercio internacional por Mind Map: Las barreras arancelarias y no arancelarias como restricciones al comercio internacional

1. Arancel

1.1. Ad valorem

1.1.1. son aquellos que se imponen en términos de porcentaje sobre el valor de las mercancías

1.2. Específico

1.2.1. son aquellos que se imponen en términos de cargas o cobros monetarios, específicos, por unidad o cantidad de mercancía importada

1.3. Mixto

1.3.1. Es la combinación del arancel ad Valorem y el específico.

2. Clasificación de las medidas de regulación y restrcción no arancelaria

2.1. Reglas de origen  Permisos previos  Cupos  Marcado de país de origen  Certificaciones  Cuotas compensatorias  NOM’S

3. Permisos previos

3.1. Su fundamento legal se encuentra en el Artículo 22 de la Ley de comercio Exterior. Esta medida de regulación no arancelaria es una de las más utilizadas por todos los países, para regular su comercio exterior.

4. Marcado de país de origen

4.1. Marcado de país de origen. Se refiere exclusivamente a que las autoridades están facultadas para expedir normas mediante las cuales se exija que las mercancías extranjeras que se vayan a internar al país, ya sea en operaciones de importación definitiva o temporal, o inclusive, en tránsito internacional, deban cumplir con el requisito de que ellas mismas, o sus empaques y envases, ostenten claramente y en forma visible, el país de procedencia de las mismas.

5. NOMS

5.1. Una NOM´s es una Norma Oficial Mexicana es una norma de regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las dependencias competentes, conforme a las finalidades señaladas, que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción y operación así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación.

6. Definiciones

6.1. Derecho de aduana que grava las mercancías importadas por un país y que constituye el instrumento por excelencia del proteccionismo, favoreciendo a los productores nacionales. El arancel aduanero en algunas ocasiones se aplica también a las exportaciones de un país por meras necesidades económicas aumentando la recaudación tributaria.

6.2. La tarifa oficial donde se recogen los aranceles aplicables a la entrada, salida y tránsito internacional de mercancías se denomina arancel de aduanas.

6.3. Tarifa de impuesto que grava la importación o exportación de bienes y servicios.

7. Cupos

7.1. El cupo máximo hace referencia únicamente a aquel monto o cantidad de cierta mercancía que se podrá importar en razón de los excedentes de producción o de los acuerdos o convenios internacionales, con esta medida no se podrá importar más de lo que el cupo establezca.

7.2. El arancel-cupo permiten a las empresas o personas físicas usuarias, disminuir los costos de sus importaciones, haciéndolas más baratas y, en consecuencia, más atractivas y competitivas respecto de otras operaciones que no se realizan bajo este esquema.

7.3. 1.- LICITACIÓN PÚBLICA. Es el procedimiento mediante el cual se distribuye el monto de un cupo entre aquellos interesados dispuestos a realizar un pago por la adjudicación de una parte del cupo con base en los precios más altos ofrecidos.

7.4. 2.- ASIGNACIÓN DIRECTA (AD) Consiste en la distribución del monto determinado de un cupo entre un número de personas o empresas interesadas con base en ciertos criterios establecidos en el marco legal vigente.

7.5. 3.- PRIMERO EN TIEMPO, PRIMERO EN DERECHO (PTPD).Consiste en la distribución del monto determinado de un cupo conforme al orden de prelación de las solicitudes de los interesados, es decir, conforme se van recibiendo por la autoridad y hasta agotar la cantidad existente.

8. Certificaciones

8.1. Son el documento con base en el cual el importador debe acreditar el origen de las mercancías, se determina certificado de origen o certificado del país de origen. El país de origen de las mercancías se determinará de conformidad con las Reglas de País de Origen que establezca la Secretaria de Economía o, en su caso, conforme con las reglas establecidas en los tratados o convenios internacionales de los que México sea parte y deberá anexarse al pedimento de importación.

9. Cuotas compensatorias

9.1. Son consideradas como aprovechamientos en términos del artículo 3° del Código Fiscal de la Federación y pueden ser definitivas o provisionales. Son determinadas mediante un procedimiento de investigación de prácticas desleales de comercio internacional, que causen o amenacen causar daño a la producción nacional.