1. Conclusión Para finalizar podemos decir que aunque los derechos humanos son obligatorios, no siempre se respetan, como a veces no se respeta el derecho a la vida (aborto, pena de muerte, entre otros) y también cuando no se respeta la integridad En nuestro país, las autoridades pertinentes, debe invertir en la educación sobre derechos humanos, así como cada ciudadano practicar tales principios, para una sana convivencia, libre de violencia.
2. Artículos del 28 al 30 Acopian las condiciones y límites con que estos derechos deben ejercerse
2.1. Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
2.2. Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendentes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
3. Artículos del 22 al 27 Derechos económicos, sociales y culturales
3.1. 1. Todos tenemos el derecho a una vivienda decente, a cuidados médicos, educación, guardería infantil, suficiente dinero para vivir y atención médica si estamos enfermos o somos mayores.
3.2. 2. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
4. Artículos del 18 al 21 Derechos de pensamiento, de conciencia, de religión y libertades políticas.
4.1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de Creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
4.2. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión
5. Artículos del 12 al 17 Derechos del individuo en relación con la comunidad
5.1. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
5.2. Hombres y mujeres con mayoría de edad, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia...
5.3. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
6. ¿Qué son los derechos humanos?
6.1. Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición.
6.2. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
7. Características de los Derechos Humanos
7.1. Universales
7.2. Incondicionales
7.3. Inalienables
8. Clasificación de Derechos Humanos
8.1. Primera Generación: Derechos Civiles y Políticos.
8.2. Segunda Generación: Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
8.3. Tercera Generación: Derechos de los Pueblos.
9. Artículo 1 y 2 Derechos de libertad, igualdad, fraternidad y no discriminación
9.1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
9.2. Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
10. Artículos del 3 al 11 Derechos de carácter personal
10.1. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
10.2. Toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público, en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.