CONDICIONES DE TRABAJO

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CONDICIONES DE TRABAJO por Mind Map: CONDICIONES DE TRABAJO

1. JORNADAS DE TRABAJO LABORAL

1.1. • Jornada diurna (entre las 6 y las 20 horas). • Jornada nocturna (entre las 20 y las 6 horas). • Mixta (una mezcla de ambas jornadas)

1.1.1. • 8 horas en jornada diurna. • 7 horas en jornada nocturna. • 7 horas y media en jornada mixta

2. DIAS DE DESCANSO OBLIGATORIOS

2.1. DIAS FESTIVOS

2.1.1. •Miércoles 1 de enero: Por festividades de inicio de año. •Lunes 3 de febrero: Por el Día de la Constitución Mexicana (5 de febrero). •Lunes 16 de marzo: Conmemoración del natalicio de Benito Juárez (21 de marzo). •Viernes 1 de mayo: Conmemoración del Día del trabajo. •Miércoles 16 de septiembre: Conmemoración del Día de la Independencia de México. •Lunes 16 de noviembre: Conmemoración del inicio de la Revolución mexicana (20 de noviembre). •Viernes 25 de diciembre: Por festejos de Navidad. En caso de que trabajar en estas fechas, la ley determina que el pago por día deberá ser el triple.

3. VACACIONES

3.1. Ley Federal del Trabajo. Artículo 76. - Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.

4. PRIMA VACACIONAL

4.1. Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el periodo de vacaciones

4.1.1. Salario diario x días de vacaciones = Resultado x .25 (% de prima vacacional).

5. AGUINALDO

5.1. trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos

5.1.1. •Primero hay que calcular el sueldo diario, dividiendo el sueldo mensuaL entre 30. multiplicar el sueldo diario por 15. La cantidad Resultante será el monto que se deberá Recibir de aguinaldo

6. PRIMA DE ANTIGUEDAD

6.1. I.La prima de antigüedad consistirá en el importe de doce días de salario, por cada año de servicios; ... III.La prima de antigüedad se pagará a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido quince años de servicios, por lo menos.

6.1.1. Salario Mínimo General (SMG) = $185.56 x 2 = $371.12 (Tope máximo 2 SMG)  2 años de servicios completos = 24 días  Proporción del tercer año de servicios (159 días) = (12/365) * 159 = 5.22 días  (24 + 5.22) x $371.12 = $10,844.12 de Prima de Antigüedad. UN TRABAJADOR QUE TIENE DE ANTIGÜEDAD 2 AÑOS 159 DIAS

7. PARTICIPACION DE LOS TRABAJO EN LAS UTILIDADES DE LA EMPRESA

7.1. Es el pago correspondiente a cada trabajador por las ganancias netas de la empresa durante el año fiscal.

7.1.1. Este beneficio es obligatorio para todas las empresas privadas que generan rentas de tercera categoría y cuentan con más de 20 trabajadores en planilla..

8. NOMINA

8.1. Es un documento contable que registra y controla los salarios, prestaciones y deducciones de los empleados de una empresa.