REPARACION DEL DAÑO

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REPARACION DEL DAÑO por Mind Map: REPARACION DEL DAÑO

1. Deberá ser:

2. Efectiva, adecuada y proporcional a la gravedad del daño causado y a la afectación sufrida, según la naturaleza del delito.

3. Comprenderà:

4. a) El restablecimiento de las cosas b) La restitución de la cosa (si esto no es posible, el pago de su valor actualizado.) c) La reparación del daño material y moral causado, la atención médica y psicológica necesaria para la salud, de la víctima.

5. En delitos de violencia familiar, delitos contra la libertad sexual, homicidios y lesiones que sean con violencia de género, así como el de feminicidio, se incluirá además:

6. a) El restablecimiento de su honor, mediante disculpa pública. b) La reparación por la afectación en su entorno, a fin de lograr su restablecimiento, ante la imposibilidad de este, la indemnización correspondiente. c) El pago de la pérdida del ingreso económico o de los gastos indispensables para su subsistencia y, si los hubiere, de los hijos.

7. En delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar, el deudor alimentista deberá pagar reparación del daño el equivalente a un día de salario mínimo.

8. Es preferente al pago de cualquiera otra sanción salvo las referentes a alimentos y relaciones laborales

9. En orden de preferencia: I. La víctima; II. El ofendido;

10. III. A falta de la víctima u ofendido: a) El cónyuge o concubino y los hijos de la víctima; b) Las personas que dependen o hayan dependido económicamente de la víctima; c) Los ascendientes en primer grado o en su ausencia los de segundo grado; d) Los herederos de la víctima;IV. Las agrupaciones, en los delitos que afectan intereses colectivos o difusos; V. Las comunidades y pueblos indígenas;VI. El Estado en los términos de la Ley para la Protección de Víctimas en el Estado de Colima.

11. Están obligados a reparar el daño:

12. I. Los tutores, curadores o custodios.II. Las personas físicas, las jurídicas. III. Las sociedades o agrupaciones. IV. Los dueños de mecanismos, instrumentos, aparatos, vehículos o substancias peligrosas V. El Estado, sus municipios y sus organismos descentralizados.

13. Cuando la víctima u ofendido no quiera recibir la cantidad, se aplicará al Fondo para la Atención a Víctimas

14. El juez podrá fijar plazos para su pago, que no excederán de un año, facultando para exigir garantía si lo considera.

15. Para los efectos de hacer efectiva la reparación del daño se atenderán las reglas generales establecidas para la pena de multa y las disposiciones que en esta materia establece el Código Nacional de Procedimientos Penales y la ley de la materia en ejecución de penas