1. Disposiciones generales
1.1. DEFINICIÓN DEL CONTRATO DE SOCIEDAD
1.1.1. Por el contrato de sociedad dos o más personas se obligan a hacer un aporte en dinero, en trabajo o en otros bienes apreciables en dinero, con el fin de repartirse entre sí las utilidades obtenidas en la empresa o actividad social. .
2. Aportes de los asociados
2.1. Capital social
2.1.1. —El capital social será fijado de manera precisa, pero podrá aumentarse o disminuirse en virtud de la correspondiente reforma estatutaria, aprobada y formalizada conforme a la ley.
3. Constitución y prueba de la sociedad comercial
3.1. CONTENIDO DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN
3.1.1. El nombre y domicilio de las personas que intervengan como otorgantes. Con el nombre de las personas naturales deberá indicarse su nacionalidad y documento de identificación legal; con el nombre de las personas jurídicas, la ley, decreto o escritura de que se deriva su existencia.
4. -Libro segundo-Título I –Capítulo
5. -Libro segundo-Título I –Capitulo ll
6. -Libro segundo-Título I –Capítulo lll
7. Clasificación de comerciantes
7.1. las personas que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles.
7.2. Las personas que ejecuten ocasionalmente operaciones mercantiles no se considerarán comerciantes, pero estarán sujetas a las normas comerciales en cuanto a dichas operaciones.
7.3. Toda persona que según las leyes comunes tenga capacidad para contratar y obligarse, es hábil para ejercer el comercio; las que con arreglo a esas mismas leyes sean incapaces, son inhábiles para ejecutar actos comerciales.
7.3.1. Ver Nota de Editor> El menor habilitado de edad puede ejercer libremente el comercio y enajenar o gravar, en desarrollo del mismo, toda clase de bienes.
8. DE LOS ACTOS, OPERACIONES Y EMPRESAS MERCANTILES
8.1. Son mercantiles para todos los efectos legales
8.1.1. 1) La adquisición de bienes a título oneroso con destino a enajenarlos en igual forma, y la enajenación de los mismos;
8.1.2. 2) Las operaciones bancarias, de bolsas, o de martillos;
8.1.3. 3) Las empresas de seguros y la actividad aseguradora
8.1.4. 4) Las empresas promotoras de negocios y las de compra, venta, administración, custodia o circulación de toda clase de bienes
9. DEL REGISTRO MERCANTIL
9.1. El registro mercantil tendrá por objeto llevar la matrícula de los comerciantes y de los establecimientos de comercio
9.2. El registro mercantil se llevará por las cámaras de comercio, pero la Superintendencia de Industria y Comercio determinará los libros necesarios para cumplir esa finalidad, la forma de hacer las inscripciones y dará las instrucciones que tiendan al perfeccionamiento de la institución.
9.3. Deberán inscribirse en el registro mercantil:
9.3.1. Las capitulaciones matrimoniales y las liquidaciones de sociedades conyugales, cuando el marido y la mujer o alguno de ellos sea comerciante;