1.1. Son zonas protegidas por el Estado Venezolano a través de leyes para preservar y cuidar los recursos naturales del país, obteniendo un valor nacional desde el punto de vista estético, natural y científico.
1.2. En esas áreas sólo pueden realizarse actividades que permitan un uso provechoso en la actualidad y en el futuro, para que también se beneficien de ellas las próximas generaciones de venezolana.
2. Tipos
2.1. Áreas con fines estrictamente de protección, educación, investigación y recreación (parques nacionales, monumentos naturales, y refugios de fauna silvestre).
2.2. Áreas con fines de protección bajo uso normado (reservas de fauna silvestres, de biosfera y nacionales hidráulicas).
2.3. Áreas con fines productores y de aprovechamiento (reservas forestales, áreas rurales de desarrollo integrable, y zonas de aprovechamiento agrícola).
3. ABRAE
3.1. Las siglas ABRAE significan: Áreas Bajo Régimen de Administración Especial.
3.2. Se crearon para proteger el medio ambiente y el problema ambiental.
3.3. Poseen una serie de recursos naturales que pueden ser utilizados por las personas, siempre y cuando sean aprovechadas responsablemente bajo las normas del Estado Venezolano
4. Definicion
4.1. Se encarga de proteger los recursos naturales y el medio ambiente para que no sufran de daños o deterioro a causa de la mano del hombre
5. Objetivo
5.1. Tipificar como delito los hechos atentatorios contra los recursos naturales y el ambiente e imponer sanciones penales
6. Sanciones Principales
6.1. Prisión
6.2. Arresto
6.3. Multas
6.4. Trabajos comunitarios
7. Importancia
7.1. Se ocupa de aplicar sanciones a los usuarios que atentan contra el medio ambiente o permiten que ocurran los mismos.