CONENIO DE BERNA 1886.

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CONENIO DE BERNA 1886. por Mind Map: CONENIO DE BERNA 1886.

1. Duración

1.1. Obras anonimas "50 años".

1.2. Obras audiovisuales (cinematográficas) "50 años.

1.3. Obras de artes aplicadas y obras fotográficas. "25 años"

2. Permite limitaciones y excepciones.

2.1. En materia de

2.1.1. Derechos Económicos

2.1.1.1. Las obras pueden utilizarse sin autorizacion del propietario.

2.1.1.2. No se abona alguna compensación.

2.1.1.3. Se utiliza termino "libre autorización"para obras protegidas.

2.1.1.3.1. Para referirse a esas limitaciones y figuran en las siguientes.

3. Protección de las obras.

3.1. Se extenderá a todas las procucciones.

3.1.1. Literarias

3.1.2. Científicas

3.1.3. Artísticas

3.2. Derechos exclusivos de autorización

3.2.1. derecho de

3.2.1.1. Traducir.

3.2.1.2. Realizar adaptaciones y arreglos.

3.2.1.3. Representar y ejecutar en público

3.2.1.4. Recitar en público

3.2.1.5. Transmitir en público

3.2.1.6. Radiodifundir

3.2.1.7. Utilizar la obra como base para una obre audiovisual.

4. Derechos morales

4.1. Reivindicar la paternidad de la obra y de oponerse a cualquier deformación, mutilación u otra modificación.

5. Unión de Berna

5.1. Se conforma.

5.1.1. Una asamblea.

5.1.2. Un cómite ejecutivo.

5.1.3. Suiza es un miembro de oficio.

5.2. Los demás países son aquellos que están adheridos a las clausulas de Estocolmo.

6. Miembros de la Organización Mundial de Comercio.

6.1. Están obligados

6.1.1. Disposiciones legales del convenio de Berna.

6.2. Quedán exonerados.

6.2.1. De las disposciones de derechos morales.

7. Que países en desarrollo apliquen licencias no voluntarias para traducción y reproducción de obras.

8. Protege las obras y los derechos de autores.

9. PRINCIPIOS.

9.1. 1. Principio de trato nacional.

9.1.1. Obras originarias de uno de los Estados contrantantes; será objeto de todos los Estados contratantes.

9.2. 2. Principio de protección automática.

9.2.1. No estará sujeta a formalidad alguna.

9.3. 3. Principio de la "independencia" de la protección

9.3.1. La protección es independiente de la existencia de protección del país original.

10. Anexo del Acta de París del Convenio

10.1. Permite

10.1.1. Utilización descrita sin la autorización del titular del derecho con la sujeción de un pago, establecidos en la ley.

11. Adoptado en 1886

11.1. Revisado en París 1896.

11.2. Revisado en Berlín 1908

11.3. Completado en Berna en 1914

11.4. Revisado en Roma 1928, en Bruselas 1948 en Estocolmo 1967 y en París 1971.

11.5. Se enmienda en 1979.