1. Procedimientos para la gestión de los derechos y obligaciones digitales
1.1. Derechos de autor autor Históricamente, la discusión sobre los derechos de autor se ha centrado en sus aspectos económicos, sin considerar la importancia que tiene el acceso al conocimiento y la participación en la vida cultural de una nación, amenazada por este desbalance. Por ello es importante crear políticas públicas que protejan tanto a autores como al resto de la ciudadanía, que garanticen el acceso, limiten los monopolios de explotación cultural y fomenten un dominio público fuerte y saludable.
1.1.1. Libertad de Expresión libertad Internet es un espacio ideal para el ejercicio de la libertad de expresión: nos permite informarnos sobre todo aquello que nos interesa y manifestar nuestras opiniones de maneras diversas. Lamentablemente, esto resulta incómodo para algunos: el poder político, las figuras públicas y los titulares de derecho de autor se encuentran entre los principales interesados en restringir la libre expresión. El derecho a expresarnos sin censura previa es fundamental para el desarrollo democrático, por lo que debe protegerse y fomentarse.
1.1.1.1. Privacidad privacidad El derecho a tener una vida privada asegura la libertad y la dignidad de las personas, y es requisito para el ejercicio de otras garantías fundamentales, como la libertad de expresión. Hoy, la privacidad está más amenazada que nunca: los gobiernos y el sector privado están utilizando la tecnología para violar la intimidad de las personas, con fines diversos. Es por ello que necesitamos políticas públicas que protejan a los ciudadanos de estos abusos y garanticen el derecho fundamental a mantener parte de nuestra vida en privado.
2. Normatividad internacional y nacional relacionada con el tema
2.1. GUÍA DE INTERNET RIGHTS & PRINCIPLES COALITION
3. 2 Casos controversiales sobre derechos y obligaciones digitales
3.1. caso Carpenter versus EEUU, nº 16-402,
3.1.1. el más importante caso sobre privacidad electrónica en el siglo XXI).
3.1.1.1. Nuestro Tribunal acaba de dictar recientemente (10 de marzo de 2016) una sentencia en la que aplica la modificación del artículo 588 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (por Ley Orgánica 13/2015) en la que requiere autorización judicial expresa para la investigación sobre dispositivos electrónicos incautados fuera del domicilio del investigado.
4. Obligaciones del ciudadano digital
4.1. El deber general de respeto a los derechos de terceras personas en el ámbito digital
4.1.1. obligación de respeto a la ley de protección de datos en lo que respecta al uso de información personal perteneciente a personas físicas
4.1.2. obligación de respeto a la Ley de Propiedad Intelectual en cuanto al uso y posible aprovechamiento de los contenidos digitales de los que el sujeto no sea autor.
4.1.3. obligación de respeto a las normas de accesibilidad electrónica.
5. Principales derechos en el entorno digital y una breve explicación.
5.1. 1. UNIVERSALIDAD E IGUALDAD Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, que deben ser respetados, protegidos y cumplidos en el entorno On-line.
5.2. 2. DERECHOS Y JUSTICIA SOCIAL Internet es un espacio para la promoción, protección y cumplimiento de los Derechos Humanos y el avance de la justicia social. Toda persona tiene el deber de respetar los derechos de los demás en el entorno On-line.
5.3. 3. ACCESIBILIDAD Toda persona tiene igual derecho a acceder y utilizar Internet de forma segura y libre.
5.4. 4. EXPRESIÓN Y ASOCIACIÓN Toda persona tiene derecho a buscar, recibir y difundir información libremente en Internet sin censura ni interferencias. Todo el mundo tiene derecho a asociarse libremente a través de Internet, con fines sociales, políticos, culturales o de otro tipo.
5.5. 5. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS Toda persona tiene derecho a la privacidad On-line. Esto incluye el no ser vigilado, el derecho a utilizar cifrado y el derecho al anonimato. Todo el mundo tiene derecho a la protección de datos, incluyendo el control sobre la recolección, retención, transformación, eliminación y divulgación de sus datos personales.
5.6. 6. VIDA, LIBERTAD Y SEGURIDAD El derecho a la vida, la libertad y la seguridad deben ser respetados, protegidos y cumplidos en Internet. Estos derechos no deben ser infringidos o utilizados para infringir los derechos de otros.
5.7. 7. DIVERSIDAD La diversidad cultural y ling�ística en Internet debe ser promovida, la innovación técnica y política deben alentar y facilitar la pluralidad de expresión.
5.8. 8. IGUALDAD Todo el mundo tendrá acceso universal y abierto a los contenidos de Internet, libre de priorizaciones discriminatorias, filtrado o control de tráfico por razones comerciales, políticas o de otro tipo.
6. Organismos reguladores
6.1. internacionales
6.1.1. Derechos Digitales America Latina es una organización de alcance latinoamericano, independiente y sin fines de lucro, fundada en 2005 y que tiene como objetivo fundamental el desarrollo, la defensa y la promoción de los derechos humanos en el entorno digital. El trabajo de la organización se concentra en tres ejes fundamentales: Libertad de expresión. Privacidad y datos personales. Derechos de autor y acceso al conocimiento.
6.2. nacionales
6.2.1. (R3D) es una organización mexicana dedicada a la defensa de los derechos humanos en el entorno digital. Utilizamos diversas herramientas legales y de comunicación para hacer investigación de políticas, litigio estratégico, incidencia pública y campañas con el objetivo de promover los derechos digitales en México. En particular, la libertad de expresión, la privacidad, el acceso al conocimiento y la cultura libre.