Los principios de interpretación y precedentes vinculantes en la jurisprudencia del Tribunal Con...

esquema gráfico conteniendo las diferencias entre precedente constitucional y jurisprudencia vinculante.

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Los principios de interpretación y precedentes vinculantes en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional peruano por Mind Map: Los principios de interpretación y precedentes vinculantes en la  jurisprudencia del Tribunal Constitucional peruano

1. Jurisprudencia vinculante

1.1. La jurisprudencia vinculante no vincula de un modo tan claro como lo hace el precedente

1.1.1. pues será el juez quien determine los fundamentos a considerar en su fallo proveniente de una resolución anterior.

1.2. El juez no se encuentra "atado" por su propia jurisprudencia, sino que puede cambiarla

1.2.1. en la medida que pueda argumentar esa necesidad

1.3. No es medida arbitraria

1.4. Si la doctrina negara esa posibilidad de cambio equivaldría a poner en duda el carácter de máximo intérprete de la Constitución

1.5. En Estados Unidos, la regla del "stare decisis" posee una gran relevancia.

1.5.1. El Tribunal Supremo es libre de separarse de sus propios precedentes vinculantes

1.6. Tiene reglas

1.6.1. 1) se deberá expresar los fundamentos de hecho y de derecho que sustentan la decisión de cambiar

1.6.2. 2) deberá expresar la razón declarativa y teleológica

1.6.3. 3) la determinación de sus efectos en el tiempo

1.7. desde un punto de vista formal el precedente vinculante es lo que el Tribunal establece expresamente en sus sentencias

1.7.1. debemos reafirmar la voluntad del máximo intérprete de la Constitución

1.7.1.1. para que este instituto sea utilizado con prudencia y bajo determinados límites

2. es una técnica que se propone no afectar en modo brusco la vinculación al precedente anterior sino más bien propiciar un periodo de adecuación al nuevo precedente constitucional

3. Alumna: León Manayay, Kyara Beatriz

4. Docente: Maribel Vega Infantas

5. El precedente Constitucional

5.1. Es la regla jurídica establecida expresamente por el TC que tiene la capacidad de convertirse en un parámetro normativo

5.1.1. para los órganos judiciales

5.1.2. por eso tiene efectos normativos generales

5.2. El precedente constitucional tiene por su condición de tal efectos similares a una ley

5.3. si bien el precedente constitucional también vincula a los jueces

5.3.1. son ellos los que adecuarán los fundamentos de aquellas resoluciones del TC que sean aplicables al caso concreto

5.4. es aquella regla emanada de una sentencia que tiene la condición de norma jurídica.

5.5. El precedente constitucional se puede entender como un límite a la independencia judicial

6. el adjetivo “constitucional” alude a que el precedente surge de la interpretación de disposiciones constitucionales, o de disposiciones infraconstitucionales interpretadas de conformidad con aquéllas.