Proceso para la ratificación de un Tratado Internacional

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Proceso para la ratificación de un Tratado Internacional por Mind Map: Proceso para la ratificación de un Tratado Internacional

1. Marco Legal

1.1. Legislación Interna

1.1.1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

1.1.1.1. La norma suprema a que deben ajustarse todas las demás normas, incluyendo la Convención de Viena o tratado de tratados

1.1.1.2. La Constitución mexicana vigente hace referencia a los tratados o convenciones internacionales en los artículos 15, 18, 76, fracción I; 89, fracción X; 104 fracción I; 117 fracción I y 133.

1.1.2. Ley sobre la Celebración de Tratados.

1.1.2.1. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 2 de enero de 1992.

1.1.2.2. Tiene por objeto regular la celebración de los tratados y acuerdos interinstitucionales en el ámbito internacional.

1.1.3. Ley sobre la Aprobación de Tratados Internacionales en Materia Económica.

1.1.3.1. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de septiembre de 2004

1.1.3.2. Reglamentar .... los organismos descentralizados competentes sobre la negociación, celebración y aprobación de tratados relacionados con el comercio de mercancías, servicios, inversiones, transferencia de tecnología, propiedad intelectual, doble tributación, cooperación económica....

1.2. Legislación Internacional

1.2.1. Convención de Viena

1.2.1.1. Se adoptó el 22 de mayo de 1969

1.2.1.2. Recoge y formula de una manera más precisa y sistemática las normas del derecho internacional referentes a los tratados.

2. Poderes de la Unión Involucrados

2.1. La celebración de un tratado se integra en nuestro derecho público interno por la concurrencia de dos voluntades, como son la del Presidente y la del Senado, tomada la de este último por la mayoría de votos de los presentes.

2.1.1. Poder Legislativo

2.1.1.1. Sus facultades se encuentran establecidas en el artículo 76. fracción I.

2.1.2. Poder Ejectivo

2.1.2.1. El artículo 89 constitucional, habla de las facultades del Presidente con respecto a la celebración de tratados.

2.2. De acuerdo con nuestro sistema jurídico, el Ejecutivo federal puede celebrar tratados internacionales, y tales tratados sólo requieren de la aprobación del Senado, sin que sea necesaria la intervención de otro órgano para que el Presidente pueda ratificarlos o adherirse a ellos en el ámbito internacional.

3. Referencias

3.1. Cámara de Diputados (2005) El proceso interno para la aprobación de un tratado internacional en México. Recuperado el 4/10/2020 desde http://www.diputados.gob.mx/sia/coord/pdf/coord-iss-03-05.pdf

3.2. https://derechouned.com/libro/internacional/3708-enmienda-y-modificacion-de-los-tratados

4. Los comités de cada país también determinan las fracciones arancelarias que no van a entrar al Tratado, aunque por lo general entre del 90 al 95% de los productos.

5. Etapas

5.1. 1. Creación / Negociación

5.1.1. Durante la negociación de un Tratado Internacional, cada país tiene un jefe negociador que a su vez tiene un comité negociador específico por cada tema a tratar.

5.1.2. Cada comité hace una Lista de Desgravación Arancelaria de su sector/especialidad, en la que indican el tipo de reducción que tendrá cada fracción arancelaria.

5.1.3. Durante todo el proceso de negociación, hay un Cuarto de Junto, conformado por empresarios experimentados y cámaras representantes de ciertas industrias cuya función es asesorar al Jefe Negociador y sus comités a obtener los acuerdos más justos.

5.1.4. Las Fracciones Arancelarias se dividen entre las negociadas (los países ya están de acuerdo) y las no negociadas (no han llegado a un acuerdo, se trata de productos más sensibles)

5.1.5. Las fracciones no negociadas se pasan a los jefes negociadores de cada país y empieza la Negociación Cruzada, en la que se negocian las "fracciones encorchetadas".

5.1.6. Cuando se llega a un acuerdo, este se traduce y se pasa a una revisión legal.

5.1.7. Poder Ejecutivo a través del Presidente firma el documento por escrito del acuerdo

5.2. 2. Firma

5.3. 3. Ratificación

5.3.1. 3.1 El ejecutivo envía al Senado (poder legislativo) para la aprobación del TLC

5.3.2. 3.2 Se publica en el DOF el decreto de Aprobación

5.3.3. 3.3 Entra en vigor al día siguiente de su publicación.

5.4. 4. Enmiendas

5.4.1. La enmienda es un proceso de revisión abierto a todos los Estados contratantes

5.4.2. Reglas específicas

5.4.2.1. 1. Atenerse a loo que dispone el tratado

5.4.2.2. 2. Se notifica a todos los Estados sobre la propuesta de enmienda

5.4.2.3. 3. Todo Estado Original tiene derecho a decidir sobre la enmienda.