2. Los objetivos de este programa incluyen alcanzar para la población el nivel más elevado de salud sexual y procreación responsable, reducir la morbilidad materno-infantil, promover la participación femenina en la toma de decisiones relativas a su salud sexual y procreación responsable.
3. Ley 26.150:
4. Todos los educandos tienen derecho a recibir educación sexual integral en los establecimientos educativos públicos, de gestión estatal y privada de las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal. Articula aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos.