Tipos de contrato dentro del comercio exterior

U2. Actividad 1. Tipos de contratos del comercio exterior

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Tipos de contrato dentro del comercio exterior por Mind Map: Tipos de contrato dentro del comercio exterior

1. Distribución

1.1. Definición Este contrato también es conocidos como contrato de concesión e involucra una de las decisiones más importantes para las empresas que realizan actos de comercio (fabricante, mayorista o importador). Los involucrados precisan definir la manera en qué van a realizar la distribución de sus productos; para ello requieren conocer los canales de distribución que existen dentro del país a donde se llevarán a fin de hacerlos llegar al segmento de mercado internacional al cual se dirigen.

1.2. ¿Quienes lo usan? Las empresas pequeñas y medianas son las que más utilizan este contrato de distribución debido a que no cuentan con los recursos y la infraestructura necesaria para poder realizar por sí mismas las labores de distribución debido al alto coste que esto les generaría y que les es difícil absorber.

1.2.1. Partes involucradas a)El productor: es aquella persona o empresa encargada de producir desde la manufactura hasta la terminación los productos. b) El distribuidor: es el que se encarga de llevar a cabo el desplazamiento de los productos dentro del mercado al que se dirigen, es importante decir que el distribuidor está encargado de escoger los mejores canales de distribución para llevar a cabo dicha actividad

1.2.1.1. Tipos de contrato de distribución a)Contrato de distribución simple. b)Contrato de distribución exclusiva. c)Contrato de distribución preferente.

1.2.1.1.1. Causas de terminación del contrato a)Vencimiento del plazo. b) La denuncia que realice cualquiera de las partes con cierta anticipación c)La muerte o inhabilitación.

2. Calidad

2.1. Definición Este contrato es un acuerdo que se realiza entre el cliente y el proveedor, es un tipo de cooperación que se liga a la subcontratación, en donde la empresa principal le pide a la empresa subcontratada que cubra con ciertos requisitos de calidad para los productos, componentes o bienes que fabrica. En el caso de productos terminados, o la calidad que deben de tener los materiales que serán utilizados como componentes; y en el caso de que se hable de un servicio, se establecen los parámetros de calidad que debe de tener al ser prestado

2.1.1. De acuerdo con sus disposiciones, las empresas pueden: • Asegurar la calidad que tendrán los productos terminados. •Determinar la calidad de los componentes con los que se elaboran otros productos. •Establecer las precisiones del servicio que estas otorgan y que están determinadas dentro de la legislación aplicable en materia de comercio exterior en cada uno de los países

3. Manipuleo

3.1. Definición Es importante comenzar definiendo el concepto de manipuleo de mercancías, la Asociación Latinoamericana de Integración, 2013 define al manipuleo de la manera siguiente"El manipuleo o manejo de la carga es la acción de mover la carga en los distintos lugares por donde ésta deberá pasar (fábrica, terminales, almacenes), así como cargarla y descargarla del o los vehículos que habrán de trasladarla a su destino. (ALADI, 2013). En otras palabras, podemos decir que el manipuleo es el movimiento físico de la mercancía. Se debe estipular dentro del contrato los cuidados necesarios de manipulación que las mercaderías deben de tener con el fin de no dañarla

3.1.1. Manipuleo según las cargas: 1.-Carga General 2.- Carga a Granel 3.-Carga perecedera 4.-Carga frágil 5.- Carga peligrosa

4. Licencias

4.1. Definición Para definir al contrato de licencias, es importante esclarecer el concepto al que se refiere. La licencia es el acuerdo por el que el propietario de un derecho sobre una invención industrial autoriza a otra persona a utilizar este derecho durante un plazo concreto, a cambio del pago de una compensación (comercio-exterior.net). Cabe destacar que por lo general se trata de bienes intelectuales o no tangibles, como una marca o una patente.En las licencias, el usuario paga un precio porque el dueño de la licencia le permita exportar productos utilizándola en un determinado territorio. Por lo tanto, Licencia se define como una autorización que cede el derecho de uso de un bien a otra persona u organización. Por lo general se trata de bienes intelectuales o no tangibles, como una marca o una patente.

5. Compra y Venta

5.1. Definición El contrato de compra venta es uno de los más conocidos y utilizados en el comercio internacional, se basa en una operación de carácter mercantil en la que la parte llamada vendedor se obliga a transmitir una cosa o derecho a la otra parte que es llamada comprador a cambio de recibir una suma de dinero, que puede ser emanada de productos o servicios. Un contrato que permite satisfacer una importante exigencia económica, la de adquirir en propiedad, un bien y la de recibir por el su valor (Castrillón 2011).

5.1.1. Consideraciones para los contratos de compra-venta internacional: 1.-Se deben considerar los usos y costumbres que se llevan a cabo en la negociación internacional 2.-Examinar la legislación aplicable al mismo 3.- Estimar a que idioma deberá de ser redactado. 4.-Pensar en las divisas por medio de las cuales se llevara a cabo el pago de las mercaderías. 5.-Determinar las condiciones necesarias como envase, embalaje, transporte, seguro, etc. 6.-Atender los aspectos generales como calidad, normatividad, etc 7.-Convenciones internacionales 8.-Incoterms

5.1.1.1. Obligaciones del Importador (comprador) -El comprador tiene el deber de pagar el precio de las mercancías estipulado en la negociación en la fecha acordada -El comprador debe obtener por su propia cuenta y riesgo cualquier licencia o cualquier autorización relacionadas a las formalidades aduaneras para la importación. -Debe contratar, por su propia cuenta el seguro y el transporte principal que llevara a las mercancías desde el puerto de embarque convenido hasta su destino -Una vez que el comprador ha escogido la empresa naviera, debe proporcionar el nombre del buque al vendedor)

5.1.1.2. Obligaciones del exportador (vendedor) -El exportador ha de asumir todos los riesgos de pérdida o daño de las mercancías hasta aquel momento en que son colocadas al costado del buque en el puerto de embarque convenido. -Notificar al comprador con la debida anticipación que la mercancía ha sido depositada al costado del buque en el puerto convenido así como entregar la prueba documental de ello. -Transporte de la fábrica a la estación o al camión. -Entregar las mercancías en el lugar y fecha convenidos. -Embalajes y envases -Marcas y rótulos exteriores -Utilidad de exportación -Carga del camión -Flete interno de la fábrica al puerto (o aeropuerto, o estación de trenes). -Descarga en el puerto (o aeropuerto, o estación de trenes), con las mercaderías puestas en bodega -Gastos del despacho de la aduana de exportación

6. Transporte

6.1. Definición Al llevar a cabo acciones de venta de mercaderías de un país a otro es necesario decidir la manera en que serán transportadas, por lo que este contrato es muy importante dentro el comercio exterior. En este caso no sólo se refiere al transporte de mercaderías, sino que también se habla del transporte de personas; mas, para efectos de esta materia solo hablaremos de lo referente al transporte de los productos.Olvera de Luna (1988) define al contrato de transporte como: "Aquel que celebran por una parte una persona física o moral que por sus propios medios, y haciéndose cargo de la custodia relativa, se obliga a llevar de un lugar a otro, efectos o personas, recibiendo como contraprestación un pago cierto y en dinero de parte del solicitante del servicio."

6.1.1. Tratados internacionales más relevantes a partir de los convenios que regulan el transporte. •2008 -Convenio de las Naciones Unidas sobre el Contrato de transporte internacional de mercancías total o parcialmente marítimo -Reglas de Rotterdam. •1991 -Convenio de las Naciones Unidas sobre la Responsabilidad de los empresarios de terminales de transporte en el comercio internacional. •1982-Disposición sobre la Unidad de cuenta y disposiciones para el ajuste del límite de la responsabilidad en los convenios internacionales de transporte y en otros instrumentos que establezcan límites internacionales de la responsabilidad. •1978 -Convenio de las Naciones Unidas sobre el Transporte marítimode mercancías -Reglas deHamburgo.

6.1.1.1. En un contrato de transporte intervienen las siguientes partes según el Departamento de derecho Internacional (2012): 1.Transportador, porteador o transportista:Es la persona que realiza el transporte de mercaderías por el medio en que se asignó previamente en el contrato. 2.Cargador, expedidor, remitente o consignante, se define como “la persona que por cuenta propia o ajena entrega al transportador la mercadería para su transporte, en la página de InTelS (2012) se define al cargador como el que disponiendo legalmente de la mercancía desea su traslado. Es la persona que solicita el transporte.” 3.Consignatario o destinatario: Ese define como “la persona a quien se dirigen los efectos que han de transportarse”en otras palabras es quien recibirá las mercaderías (InTelS).

6.1.1.1.1. Este documento puede tener los siguientes nombres de acuerdo a los tipos de transporte que se enlistan: •Marítimo: En el transporte marítimo este es llamado Conocimiento de Embarque, su nombre en el idioma inglés será “Bill oflading”. •Terrestre: En transporte terrestre este documento será llamado Carta de Porte (CMR). •Aéreo: En transporte aéreo se llamará Conocimiento Aéreo, y por su nombre en inglés es conocido como “AirwayBill”. •Multimodal: El transporte multimodal es “el transporte de mercancías utilizando, mínimo, dos medios de transporte diferentes bajo un único contrato de transporte, desde un punto en un país, donde el operador de transporte multimodal se encarga de la mercancía, hasta el punto designado para la entrega situada en un país diferente.”(http://todocarga.com/)En este tipo de transporte este documento llevará el nombre de Conocimiento de embarque FIATA (“FIATA Bill of lading”).

7. Seguros

7.1. Definición El contrato de seguro se define como: "Es aquel por el que el Asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo objeto es de cobertura, a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al Asegurado o a satisfacer un capital,una renta u otras prestaciones convenidas."(InTelS). Otro concepto acerca de seguro, se refiere a él como: "Un contrato oneroso por el que una parte (asegurador) espontáneamente (selbstanding) asume un riesgo y por ello cubre una necesidad eventual a la otra parte (tomador del seguro) por el acontecimiento de un hecho determinado, o que se obliga para un momento determinado a una prestación apreciable en dinero, por un monto determinado o determinable, y en el que la obligación, por lo menos de una de las partes, depende de circunstancias desconocidas en su gravedad o acaecimiento." (GestioPolis, 2007). Basándose en esta definición se puede entender el contrato de seguro como una protección en dado caso de que hubiera un evento imprevisto que cause algún daño a la operación comercial, en este caso relacionadas con las mercaderías.

7.1.1. Las partes que intervienen en el contrato de seguro son: -Asegurador: El asegurador según el artículo 1 de la LCS, (Ley de Contratos de Seguro, 2013) dice que la empresa aseguradora se obliga, mediante una prima, a resarcir un daño o a pagar una suma de dinero al verificarse la eventualidad prevista en el contrato. -Asegurado: Se define como (Definición de asegurado, 2009) la persona física o moral, titular del objeto del seguro, que por parte del tomador asume las obligaciones que son derivadas de dicho contrato, diciéndolo de otra manera es a quién protege el seguro. -Tomador del seguro: en la página de Consumoteca (2009) se define al tomador del seguro como la persona (física o jurídica) que suscribe una póliza de seguros con el asegurador, obligándose mediante su firma a hacer frente al pago de la prima de seguro. -Beneficiario: Es importante denotar que el beneficiario de un contrato de seguros no necesariamente es una de las partes, sino puede ser cualquiera que sea designado, pero en un seguro de daños exige que el que reciba el seguro sea forzosamente la persona que ha llevado a cabo este contrato, ya que este es el titular del interés y por lo tanto es el que tiene el derecho de ser indemnizado. (Definición de beneficiario, Gestión Sanitaria del Centro de Estudios Financieros, 2013).

8. Cobros y pagos

8.1. Definición Es importante destacar que el llevar a cabo el cobro y el pago de las mercaderías a nivel internacional conlleva a más riesgos que los que se tienen en una operación doméstica debido los siguientes aspectos: 1.La situación geográfica que es a nivel internacional, creando como consecuencia que en la mayoría de las ocasiones el traslado sea mucho más costoso y en algunos casos imposible. 2.La elección de la divisa por medio de la cual se llevará a cabo el pago de las mercaderías. 3.La elección del medio de pago y de los cobros que se llevarán a cabo para asegurar los mismos. Los medios de pago internacionales tienen, en general, elementos comunes con los instrumentos utilizados en las transacciones comerciales propias de los mercados internos, pero cuentan con peculiaridades inherentes a su naturaleza: usos y prácticas comerciales diferentes, aplicabilidad de varios ordenamientos jurídicos, sistema bancario, posible uso de moneda distinta a la nacional.

8.1.1. Consideraciones para elegir la forma de cobros y pagos -Rating y profesionalidad de las entidades financieras intervinientes -Riesgos del país y riesgo de la contraparte (credit-scoring) -Acuerdo sobre el medio de cobro y pagos de las mercaderías -Costo del medio elegido -Grado de confianza en el medio elegido por ambas partes -Legislación aplicable a las garantías solicitadas en la operación

8.1.1.1. La forma de pago es la actividad existente entre el momento en que se realizará el pago y el momento en el que las mercancías serán entregadas, y pueden ser: •Pago anterior a la entrega de la mercancía: En este caso es cuando el pago se realiza por parte del comprador antes de que sea entregada al vendedor, en el plazo, lugar y términos convenidos para este efecto. •Pago anterior a la entrega de la mercancía con Aval: Este caso es el mismo que el anterior la única diferencia existente entre estos dos es que el vendedor solicita un aval. En el ámbito comercial, el aval es la firma que se pone al pie de una letra de cambio de otro documento de crédito y que implica que el firmante responderá de su pago en el caso de que éste no sea efectuado por la persona principalmente obligada. •Pago simultaneo a la entrega de la mercancía: En este caso el pago será realizado en tiempo, lugar y condiciones pactados por las partes inmediatamente a la hora de entregarse la mercancía. •Pago posterior a la entrega de la mercancía: En este caso las partes pagan que la mercancía ser entregada y verificada por el comprador para posteriormente realizarse el pago en la forma y condiciones pactado por las partes.

9. Despacho

9.1. Definición El Despacho se refiere al despacho aduanal de mercancías. Un término que es necesario conocer para poder hablar del despacho de mercancías es el concepto de aduana, ya que es el lugar en donde se realizan estas operaciones. Según la Secretaría Ejecutiva para el Desarrollo Integral (SEDI, 2013) se define como las oficinas públicas administrativas que se establecen en los lugares de entrada o salida del país y que dependen del Servicio de Administración Tributaria (SAT), organismo dependiente a su vez de la Secretaria de Hacienda y Crédito pública y que tienen la facultad de recaudar impuestos y demás derechos que se hallen a su cargo, fiscalizar la entrada y salida de mercancías y hacer cumplir las leyes que a este ramo se refieren, y las que le son conexas, como las de salubridad, comunicaciones, migratorias,etc.

9.1.1. Los actores del despacho aduanero son: 1.Importador: Introduce las mercaderías a un determinado país. 2.Agente o Apoderado aduanal: Es el encargado del despacho de las mercaderías. 3.Prevalidadores: Tienen por objeto comprobar que los datos asentados en el pedimento de importación o exportación, se encuentran dentro de la normatividad establecida por el Servicio de Administración Tributaria(SAT) 4.Dictaminador aduanero: Según se especifica en la hoja de aclaraciones de la Secretaría de Administración Tributaria (s.f.) corresponde a la persona física autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para realizar el segundo reconocimiento que consiste en examinar si las mercancías de importación y exportación corresponden con lo declarado en tanto unidades de medida, número de piezas, descripción, naturaleza, estado, origen e identificación de las mercancías en las aduanas.

10. Cartas de crédito

10.1. Introducción Para las empresas un dolor de cabeza muy común es establecer los mecanismos de cobro y despago con los que se van a realizar las transacciones de sus operaciones de comercio exterior ya que necesitan contar con la seguridad de que las empresas con las que están realizando dichas actividades tienen la solvencia necesaria para pagar las mercancías en tiempo y forma según lo pactado.Debido a que el mayor riesgo lo lleva el vendedor, es muy importante que encuentre un medio de pago que le dé la confiabilidad que necesita.Esa seguridad la otorga el uso de las cartas de crédito que son uno de los medios más comunes de pago para este tipo de operaciones.

10.1.1. Cartas de Crédito de Exportación En el SAT (Secretaría de Administración Tributaria) definen a la carta de crédito como un instrumento de pago que recibe un (exportador/ vendedor/ beneficiario) por medio de un banco confirmador/notificador con el compromiso de honrar el pago a su favor, contra la presentación conforme de documentos relativos a la venta de mercancías o prestación de servicios, los cuales deben de cumplir estrictamente los términos y condiciones estipulados en la Carta de Crédito emitida por un banco emisor que actúa por cuenta y orden de un importador/ comprador/ ordenante.El siguiente listado se enlistan los bancos que emiten cartas de crédito como garantía del interés fiscal, conforme la fracción I del artículo 141 del Código Fiscal de la Federación (2013), en relación con las reglas I.2.17.5. y II.2.13.5. contenidas en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013. -HSBC, Santander, BBVA Bancomer, Banamex, Scotiabank, Inbursa, Grupo Financiero Monex Banco, Banco Interacciones, Bank of America, Afirme, Banorte, J.P. Morgan, Bank of Tokio, UBS, Bancomext, Banbajio, Deustche Bank.

10.1.1.1. Beneficios •Uno de los beneficios que le da la carta de crédito al exportador es asegurar que va a recibir el pago de las mercaderías que se están vendiendo. •La carta de crédito le da la seguridad al exportador con respecto a los términos y las condiciones que deben de ser cumplidas para que le otorguen su pago. •Reduce la necesidad del exportador mexicano de verificar el crédito del comprador ya que la obligación de pago la asumen los bancos. Los bancos asumen la responsabilidad de verificar que el comprador posee el crédito para poder realizar la compra de las mercaderías, por lo que el exportador no necesita llevar a cabo esta verificación. •Este permite contratar el "Servicio de Cartas de Crédito en Línea B@ncomext Trade" a través de internet donde el Exportador se encuentra facultado para recibir información.

10.1.1.2. Requisitos •Bancomext (2013) nos indica que “El exportador/vendedor/beneficiario debe solicitar al ordenante/comprador/importador que la carta de crédito sea enviada por el banco extranjero directamente a Bancomext,”las partes deben de indicar si esta es notificada o confirmada. •Una vez que ya cumplieron con la presentación de los documentos el pago se realiza puntualmente. •El exportador/ vendedor/ beneficiario tiene la obligación de proporcionar a Bancomext la documentación legal que se requiere para su correcta identificación. •Otro requisito es que se debe cubrir el pago de las comisiones que se han generado.