CODIGO DE ETICA DEL CONTADOR

mapa conceptual nombre: angelo jimenez grupo 4

Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
CODIGO DE ETICA DEL CONTADOR por Mind Map: CODIGO DE ETICA DEL CONTADOR

1. POSTULADOS GENERALES CORRESPONDIENTES AL CODIGO DE ETICA DEL CONTADOR PUBLICO

2. INTEGRIDAD OBJETIVIDAD INDEPENDENCIA CONFIDENCIALIDAD NORMAS TECNICAS CAPACIDAD PROFESIONAL. CONDUCTA ETICA

3. DEFINICION DE LOS POSTULADOS GENERALES

4. NORMA DE ETICA.- Comprende las ampliaciones o aplicaciones en detalle

5. DEFINICIONES: PUBLICIDAD DIVULGACION. SOLICITACION PRONUNCIAMIENTO

6. POSTULADOS GENERALES.- Constituye los enunciados fundamentales y Morales de la ética profesional,

7. NORMA ETICA No. 1 PUBLICIDAD DIVULGACION Y

8. APENDICE C CONSIDERACIONES AL REALIZAR PUBLICIDAD (REFERENCIA: NORMA DE ETICA No. 1) PUBLICIDAD, DIVULGACION Y SOLICITACION a) Ser Informativa b) Ser Objetiva c) Tener buen gusto d) Profesionalmente digna e) Por lo tanto, que no sea falsa o engañosa. b) Declaraciones sobre políticas o posiciones, hechas por algún Contador Público a) Crear suposiciones falsas o injustificadas sobre resultados favorables. b) Sugerir la posibilidad de influir sobre cualquier corte y entidad similar. c) Hacer declaraciones de auto-alabanza, que no estén basadas en hechos verificables. d) Hacer comparaciones con otros Contadores en la práctica independiente. e) Hacer encomios o promociones. f) Hacer cualquier otra manifestación que pueda causar un mal entendimiento g) Pretender ser un experto o un especialista en algún campo de la contaduría pública.

9. NORMA DE ETICA No. 2 CAPACIDAD PROFESIONAL INTRODUCCION DEFINICIONES PRONUNCIAMIENTOS

10. INTRODUCCION DEFINICIONES

11. LA PUBLICIDAD no es deseable en consideración al análisis de los argumentos a favor y en contra de la Publicidad que se describen

12. APRENDICE B a) Tener como objetivo la información al público o a sectores interesados del público b) Ser de buen gusto. c) Ser profesionalmente digna. d) Evitar la repetición frecuente o la indebida prominencia del nombre de un Contador 2. a) NOMBRAMIENTOS Y PREMIOS b) RECLUTAMIENTO DE PERSONAL. c) ANUNCIOS POR CUENTA DE CLIENTES d) CONTADORES PUBLICOS QUE SOLICITAN EMPLEO O TRABAJO PROFESIONAL e) FOLLETOS Y DIRECTORIOS DE FIRMAS f) DIRECTORIO. g) PAPELERIA h) LIBROS, ARTICULOS, ENTREVISTAS, CONFERENCIAS E INTERVENCIONES EN RADIO Y TELEVISION i) ANUNCIOS EN PERIODICOS j) INCLUSION DEL NOMBRE DE UN CONTADOR PUBLICO EN UN DOCUMENTO EMITIDO POR UN CLIENTE k) FOLLETOS Y DOCUMENTOS QUE CONTIENEN INFORMACION TECNICA i) CURSOS DE ENTRENAMIENTO

13. APENDICE A. LA DIVULGACION LA SOLICITACION DIVULGACION SOLICITACION considera que la Publicidad de los no es deseable por la ponderación

14. APRENDICE A a) Dada la naturaleza especial y amplia de las funciones del Contador Público, se hace imposible la evaluación por parte de terceros b) Existe que la posibilidad de que el público quede desorientado c) La publicidad incrementará los costos de los servicios que se proporcionan al público a) El Cliente tiene la posibilidad de elegir entre varios Contadores Públicos b) El conocimiento y aceptación por parte de la profesión contable c) La decisión final del cliente no dependerá de la publicidad en si, sino más bien de la información obtenida como resultado de la misma. d) Se crea la competitividad

15. APENDICE B FORMALIDADES DE LA DIVULGACION (REFERENCIA: NORMA ETICA Nro.1 PUBLICIDAD, DIVULGACION Y SOLICITACION)

16. 3: a) Aceptar trabajos para los que se tenga capacidad necesaria para realizarlos b) Mantener los conocimientos actualizados de la practica profesional

17. 5. Por lo tanto un Contador deberá abstenerse de aceptar o de continuar un trabajo que no sea capaz de llevar a cabo a) Obtención de la capacidad profesional, la cual requiere inicialmente de un alto grado de b) Mantenimiento de la capacidad profesional, la cual requiere de un estado de alerta constante respecto a los nuevo, acontecimientos en la profesión

18. 4. Adicionalmente considera, que cuando un Contador Público acepta proporcionar servicios profesionales

19. 7. Todo miembro, sea Contador Público o firma de Contadores Públicos deberán adoptar un programa diseñado para asegurar un control de calidad en la ejecución del trabajo profesional

20. PRONUNCIAMIENTOS EJEMPLO SOBRE INTEGRIDAD, OBJETIVIDAD E INDEPENDENCIA 2. IMPLICACION FINANCIERA CON O EN ASUNTO DE CLIENTES a) Por intereses financieros directos o indirectos con el cliente. b) Por ser el administrador, fideicomiso o albacea de algún patrimonio, si dicho patrimonio tiene un interés financieros en una empresa cliente. c) Por prestamos a o del cliente, o de algún funcionario o ejecutivo, director o accionista principal de una empresa cliente. 3. COMPROMISO CON LAS COMPAÑIAS 4. NEGOCIOS Y ACTIVIDADES INCOMPATIBLES 5. CUMPLIMIENTO DE OTROS SERVICIOS A CLIENTES DE AUDITORIA 6. RELACIONES FAMILIARES Y PERSONALES Las relaciones familiares y personales pueden afectar la objetividad. 9. BIENES Y SERVICIOS La aceptación de bienes y servicios de un cliente puede significar una amenaza a la independencia 10. PROPIETARIOS DEL CAPITAL DE UNA FIRMA DE CONTADORES PUBLICOS El capital de una firma de Contadores Públicos, deberá permanecer al entero a los Contadores Públicos en ejercicio.

21. INTEGRIDAD OBJETIVIDAD INDEPENDENCIA a) PRACTICA b) PRACTICA INDEPENDIENTE DE UN CONTADOR c) INFORME DICTAMEN d) CLIENTE

22. NORMA DE ETICA No. 5 ETICA A TRAVES DE LAS FRONTERAS INTERNACIONALES INTRODUCCION que las variadas condiciones legales, sociales y económicas de cada país, afectan que la aplicación de los requisitos éticos sea realizada con la misma extensión y en la misma forma por los diferentes países miembros. 4. Los Contadores Públicos que realicen servicios inherentes a su profesión en otros países distintos de su residencia, les será necesario conocer cuales lineamientos éticos deben ser respetados, cuando existan diferencias entre estos lineamientos éticos del país de residencia y los de aquel en el que se presten los servicios. 5. Un Contador Público puede prestar servicios en un país distinto a su país de origen, ya sea por haber cambiado su residencia a otro o por encontrarse de visita (temporal) en ese otro país para prestar sus servicios profesionales. En toda las circunstancias PRONUNCIAMIENTO 6. Cuando un Contador Público presta sus servicios en un país que no corresponde al de su residencia y existen diferencias en aspectos específicos relacionados con lineamientos éticos entre ambos países 7 En situaciones en las que un Contador Público o Sociedad de Contadores Públicos viole las disposiciones de esta Norma

23. 10. El Contador designado debe limitar sus servicios al trabajo específico asignado por referencia del Contador en servicio o por el cliente 11. Un Contador designado que es requerido por el cliente para asumir trabajos de naturaleza claramente distinta a los que está efectuando el Contador en servicio o que inicialmente se requirieron por referencia del Contador en servicio o de su cliente 12. En ocasiones se presentan circunstancias en las cuales el cliente insiste en que el Contador en servicio no sea informado. En este caso, el Contador designado debe decidir si las razones del cliente son validas. 13. El Contador designado deberá: a) Cumplir con todas las instrucciones recibidas del contador en servicio o del cliente b) Asegurarse, hasta donde prácticamente le sea posible 14. Cuando existan dos o más Contadores Públicos o firmas de Contadores Públicos desarrollando trabajo para el cliente en cuestión, pudiera ser apropiado informar sólo a la firma relevante

24. 4. El volumen de operaciones de un negocio, frecuentemente obliga a la apertura de sucursales o compañías subsidiarias en lugares en donde el Contador en servicio 5. La solicitud de servicios puede requerirse también en el área de servicios especiales 6. Un Contador en servicio sin una habilidad especial particular 7. Debe puntualizarse claramente, que los deseos del cliente deben ser prioritarios en la elección de sus consejeros profesionales 8 a) Por el cliente (1) Después de haberlo comentado y consultado con el Contador en servicio, (11) Derivado de una solicitud recomendación, en este sentido, del Contador en servicio; (111) Sin ninguna referencia al Contador en servicio; b) Por iniciativa del contador en servicio 9. Cuando un Contador Público es solicitado para proporcionar servicios o asesoría, debe indagar si el prospecto de cliente, tiene contratado a un Contador en servicio.

25. NORMA DE ETICA No. 7 CONDICIONES PARA SUBSTITUIR A UN CONTADOR PUBLICO INDEPENDIENTE INTRODUCCION 7. La información proporcionada por el Contador en servicio pudiera indicar las principales razones dadas por el cliente para el cambio 12. El hecho de que pudiera haber honorarios pendiente de pago al Contador en servicio, no es una razón profesional por lo cual otro Contador Público no deba aceptar un trabajo. 13. El Contador en servicio deberá entregar todos los libros y documentos del cliente que estuvieran o pudieran estar en su poder. al nuevo Contador Público, tan pronto como el cambio haya sido efectuado y procediendo a avisarle de esto al cliente. 14. Algunas organizaciones, ya sea por requerimientos regales o de otra índole, solicitan la presentación de propuestas (cotizaciones) de servicios profesionales, competitivas. En respuesta a un requerimiento publicitario o a una petición por servicios profesionales, el Contador Público deberá, si la aceptación de la proposición pudiera resultar en la substitución de otro Contador Público, especificar en dicha proposición, que antes de aceptar el trabajo requiere la oportunidad de contactar al otro Contador Público e indagar si existiera o no alguna razón profesional por la cual no debiera aceptar el trabajo. Si la propuesta de honorarios fuera aceptada, deberá establecerse el contacto mencionado con el Contador en servicio. 15. Un Contador Público puede ser requerido para llevar a cabo un trabajo profesional, en adición al que esté desarrollando un Contador en servicio, que puede continuar con sus obligaciones profesionales actuales. En este caso, antes de aceptar el trabajo, el Contador Público requerido deberá cumplir los requisitos éticos establecidos en la Norma de Etica No. 6.

26. 8. La comunicación que se comenta sirve por consiguiente: a) Para proteger a un Contador Público de la aceptación de un trabajo. De cuyas circunstancias no este plenamente consciente. b) Para proteger a los accionistas minoritarios de una empresa, que no estén plenamente informados de las circunstancias en las cuales se propone el cambio de contador publico. c) Para proteger los intereses del auditor en servicio cuando el cambio sea un intento de interferir con el consciente ejercicio profesional del auditor en servicio y del correcto cumplimiento de su deber como profesional independiente. preferentemente por escrito: 1) Que se le informe de la existencia - si la hubiera - de cualquier asunto profesional del que deba estar consciente antes de decidir si acepta o no el trabajo; y si así fuera, II) Que se le proporcionen todos los detalles necesarios que le permitan tomar una decisión.

27. 11. Si el Contador propuesto no recibe, en un tiempo razonable, respuesta a su comunicación hecha al Contador en servicio y no tiene ninguna razón para creer que hay circunstancias excepcionales en relación con el cambio propuesto, deberá hacer un esfuerzo por comunicarse con el Contador en servicio por otros medios. Si aún así no le fuera posible obtener una respuesta satisfactoria, deberá enviar una nueva comunicación asentando que ha asumido que no existe una razón profesional por la cual no deba aceptar el trabajo v que pretende, sobre esta base, aceptarlo.

28. 10. El Contador en servicio, a la recepción de la comunicación que se menciona en el inciso C del párrafo anterior, deberá: a) Contestar, de preferencia por escrito, indicando las razones profesionales que pudieran existir por las que el contador propuesto no deba aceptar el trabajo, y b) Si existiera alguna razón u otro asunto que deba ser revelado, asegurarse de obtener la autorización del cliente para dar dicha información al Contador propuesto. Si la autorización no fuera concedida, el Contador en servicio deberá de informarlo así al Contador propuesto. c) A la recepción de la autorización del cliente, revelar toda la información necesaria al Contador propuesto para hacerle posible la decisión de si acepta o no el trabajo, y comentar sin restricciones con el Contador propuesto, todos los asuntos relevantes del trabajo y de los cuales este ú1timo deberá tomar conciencia.

29. 9. Antes de aceptar un trabajo que implique trabajo profesional recurrente, que hasta el momento haya sido desarrollado por otro Contador Público Independiente, el Contador propuesto deberá: a) Averiguar si el prospecto de cliente ha avisado al contador en servicio del cambio propuesto y si lo ha autorizado, de preferencia por escrito, para discutir los negocios del cliente en forma integra y sin ninguna restricción, con el Contador propuesto; b) Cuando se haya satisfecho de lo anterior, solicitar autorización del prospecto de cliente para comunicarse con el Contador en servicio. Si este permiso o el permiso mencionado en el inciso anterior es negado deberá, en ausencia de circunstancias excepcionales de las cuales esté completamente consciente, y a menos que pueda satisfacerse ampliamente por otros medios, declinar el trabajo. c) Al monto de recibir el permiso, solicitar al Contador en servicio,

30. PRONUNCIAMIENTOS 3. Los propietarios de una empresa tienen el derecho indiscutible de seleccionar a sus asesores profesionales y substituirlos por otros cuando así lo deseen. 4. también es importante que el Contador Público en ejercicio profesional a quien se le solicita substituir a otro Contador Público, deba tener la oportunidad de averiguar si existen razones profesionales por las cuales el no deba aceptar un trabajo 5. La comunicación permite al Contador Público averiguar si las circunstancias en el trabajo que se le está proponiendo, y que provoca una substitución, son tales que el pueda aceptarlo y también si desearía hacerlo. 6. El auditor propuesto deberá tratar con la mas estricta confidencialidad y sopesar adecuadamente, cualquier información que le haya sido proporcionada por el auditor en servicio.

31. NORMA DE ETICA No. 6 CONDICIONES PARA QUE UN CONTADOR PUBLICO ACEPTE UN TRABAJO PARA UN CLIENTE AL QUE ATIENDE OTRO CONTADOR PUBLICO INTRODUCCION DEFINICIONES a) PRACTICA b) PRACTICA INDEPENDIENTE DE UN CONTADOR c) CONTADOR EN SERVICIO d) CONTADOR DESIGNADO

32. NORMA DE ETICA No. 3 INTEGRIDAD, OBJETIVIDAD E INDEPENDENCIA INTRODUCCION DEFINICIONES INTEGRIDAD OBJETIVIDAD

33. NORMA DE ETICA No. 4 CONFIDENCIALIDAD INTRODUCCION Esta Norma define a la Confidencialidad, como el principio que debe observar un miembro PRONUNCIAMIENTOS Todo miembro afiliado deberá observar la confidencialidad, esto es el principio que establece que la información obtenida sobre los asuntos de un cliente o empleador 5. El principio de confidencialidad es más amplio que la revelación misma de información 6. Como se ha expuesto, el Contador debe estar consciente de no hacer revelaciones 7. La obligación de confidencialidad, continua después de la conclusión de un trabajo. 8. Debe reconocerse que la confidencialidad de la información forma parte de una ética general o común y que, por lo tanto, las exigencias particulares respecto de ella, contempladas en la legislación ecuatoriana, deberán ser observadas por los Contadores.