Colombia frente a los convenios de la doble tributación internacional

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Colombia frente a los convenios de la doble tributación internacional por Mind Map: Colombia frente a los convenios de la doble tributación internacional

1. 2. Impacto de los regímenes tributarios en Colombia

1.1. Ley interna y tratado

1.1.1. El párrafo de reporte de la OCDE de 1989, menciona al respecto: “El nivel atribuido a las obligaciones del tratado, tal como se incorpora a la ley interna, determina si las derogatorias que se derivan son inconstitucionales o no. Al final, la alternativa es darle prioridad ya sea a las obligaciones internacionales de un Estado o a la soberanía de decisión de los representantes elegidos de un país.

1.1.1.1. Las derogatorias de los tratados pueden ser intencionales o no intencionales. Las derogatorias intencionales de los tratados incluyen situaciones como la ley posterior que anula una ley anterior o los tratados de impuestos.

1.2. Ley sobre estabilidad jurídica

1.2.1. En Colombia independiente de los tratados o convenios económicos se establece para la inversión una herramienta unilateral representada en los Contratos de Estabilidad Jurídica, con el ánimo de fortalecer la inversión ya sea nacional o extranjera

1.2.1.1. Los contratos de estabilidad jurídica son de carácter administrativo, con objeto lícito, sinalagmáticos, suscrito entre el Estado y un determinado inversionista nacional o extranjero, mediante el cual, de conformidad con diversos artículos de la Ley 963 de 2005

2. Beneficios y Descuentos en Colombia: En Colombia actualmente el Articulo 254 del Estatuto tributario dice:

2.1. Las personas naturales residentes en el país y las sociedades y entidades nacionales, que sean contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios y que perciban rentas de fuente extranjera sujetas al impuesto sobre la renta en el país de origen, tienen derecho a descontar del monto del impuesto colombiano de renta y complementarios, el impuesto pagado en el extranjero, cualquiera sea su denominación, liquidado sobre esas mismas rentas, siempre que el descuento no exceda del monto del impuesto que deba pagar el contribuyente en Colombia por esas mismas rentas. Para efectos de esta limitación general, las rentas del exterior deben depurarse imputando ingresos, costos y gastos.

2.2. Tax Credit

2.2.1. Es importante aclarar que el crédito fiscal se encuentra limitado, entre otros por las limitaciones generales más representativas que pueden ser:  Por aquellos impuestos que por su naturaleza pueden ser catalogados como un verdadero impuesto sobre la renta, o que se establecen como sustitución al mismo (retenciones en la fuente);  A los impuestos pagados sobre las rentas que para el país de la residencia son catalogadas como de fuente extranjera; y…  Se limita a una suma igual al impuesto que resultaría de aplicar la tarifa del país de la residencia al mismo ingreso que se está gravando en el país de la fuente.  Las anteriores limitaciones constituyen una mayor carga tributaria para el inversionista en menoscabo de su utilidad y/o beneficio.

3. Inversión Extranjera en el País

4. Art. 12 Estatuto Tributario

4.1. Art. 12. Sociedades y entidades sometidas al impuesto. Las sociedades y entidades nacionales son gravadas, tanto sobre sus rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional como sobre las que se originen de fuentes fuera de Colombia. Las sociedades y entidades extranjeras son gravadas únicamente sobre sus rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional.

5. Precio de transferencia en Colombia En Colombia este tema tiene como objetivo evaluar cada ente y sus dirigentes o responsables, desde el punto de vista de organización empresarial, y también para fines de la determinación de las obligaciones comerciales y de impuestos.

5.1. Obligados a Cumplir el sistema de Precios de Transferencia

5.2. Vinculados Económicos

5.3. Vinculados Económicos

5.4. Vinculados no obligados

5.5. Métodos y criterios de comparabilidad

6. Medidas Para evitar la Elusión Fiscal

6.1. Una forma de evitar la elusión fiscal es por medio de los Precios de Transferencia (Transfer Pricing). Muchos países siguen las directrices de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico “OCDE”, Organismo internacional del cual Colombia no hace parte.

6.1.1. En Colombia la DIAN implemento que aquellas contribuyentes que tengan operaciones con vinculados o estén en zona franca deben presentar informes como el Informe Maestro o el Informe Pais por Pais.

7. Los métodos mas utilizados para evitar la doble tributación son: el método de la imputación y el Método de Exención.

7.1. Método de la imputación: de acuerdo con este, el Estado de residencia, somete a gravamen todas las rentas de la persona, incluidas las que obtienen en el extranjero, pero tiene en cuenta los impuestos que el residente ha pagado en el país donde ha invertido, permitiéndole que se los deduzca, reste o descuente del impuesto a pagar en su país. Método de Exención: según el cual el Estado de residencia renuncia a su potestad tributaria frente a las rentas procedentes del Estado de la fuente; es decir, permite a sus residentes excluir de la base las rentas obtenidas en el extranjero.

8. 1. Estructura Jurídica

8.1. Bajo Los Principios aplicables en Colombia

8.1.1.  Identifican al contribuyente, (Sujeto Pasivo)  Fijan el alcance del tributo, (Hechos)  Establecen la tasa aplicable y, (Tarifa)  Determina la base gravable.

8.1.1.1. Un Estado sólo puede gravar a un sujeto (contribuyente) cuando éste mantiene algún vínculo o conexión con el país, desde sus leyes internas. Sin el lleno de este requisito, no puede ejercerse derecho de cobro alguno en materia tributaria. Articulo 10 del Estatuto Tributario.

8.1.1.1.1. Existen dos clases de sujetos fiscales: los residentes y los no residentes.

9. De manera paralela la doctrina manifiesta; que el Estado puede evitar o disminuir el fenómeno de la doble tributación internacional, de acuerdo a los siguientes métodos.

9.1. Métodos unilaterales: son medidas que los países implantan en sus propias legislaciones, es decir cada Estado establece sus propias reglas, por lo tanto las normas entran en conflicto. Método Bilateral: son las que surgen entre los países con el objeto de reducir la carga impositiva que deben soportar los sujetos pasivos, en este método la voluntad de las partes se manifiesta en el texto del tratado internacional para evitar la doble tributación “medidas que solo figuran en los convenios de doble imposición y que son propias de las llamadas soluciones concertadas por los Estados.