Diseños Industriales

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Diseños Industriales por Mind Map: Diseños Industriales

1. La publicación de la solicitud de registro de diseño industrial en trámite tendrá lugar lo más pronto posible después de que haya aprobado el examen de forma, sin que pueda solicitarse su publicación anticipada.

2. El derecho exclusivo de explotación del diseño industrial protegido confiere a su titular el derecho de impedir a otras personas que fabriquen, usen, vendan, ofrezcan en venta o importen el producto al que se le incorpore el diseño industrial amparado por un registro o una copia sustancial del mismo, sin su consentimiento.

3. Protege las características estéticas novedosas de un producto que sean resultado de una combinación de líneas y colores o cualquier otra forma utilizada por un diseñador sin que cambie la utilidad para que fue creado.

4. Características de los diseños industriales

4.1. Son registrables si son nuevos

4.1.1. Nuevo, el diseño que sea de creación independiente y difiera en grado significativo, de diseños conocidos o de combinaciones de características conocidas de diseños;

4.1.2. Creación independiente, cuando ningún otro diseño industrial idéntico haya sido hecho público antes de la fecha de presentación de la solicitud de registro, o antes de la fecha de la prioridad reconocida. Se considerarán idénticos los diseños industriales cuyas características difieran solo en detalles irrelevantes, y

4.1.3. Grado significativo, la impresión general que el diseño industrial produce en un técnico en la materia y que difiera de la impresión general producida por cualquier otro diseño industrial, que se haya hecho público antes de la fecha de presentación de la solicitud de registro o antes de la fecha de prioridad reconocida, considerando el grado de libertad del diseñador para la creación del diseño industrial.

4.2. susceptibles de aplicación industria

5. Los diseños industriales comprenden a:

5.1. Los dibujos industriales, que son toda combinación de figuras, líneas o colores que se incorporen a un producto industrial o artesanal con fines de ornamentación y que le den un aspecto peculiar y propio, y

5.2. Los modelos industriales, constituidos por toda forma tridimensional que sirva de tipo o patrón para la fabricación de un producto industrial o artesanal, que le dé apariencia especial en cuanto no implique efectos técnicos.

6. Contenido de las solicitudes de diseños industriales

6.1. El nombre, nacionalidad, domicilio y correo electrónico del solicitante

6.2. El nombre y domicilio del diseñador, cuando éste no sea el solicitante

6.3. La denominación del diseño que deberá ser breve, precisa y contener la indicación del producto para el cual se utilizará

6.4. Las reproducciones gráficas o fotográficas del diseño correspondiente, suficientemente claras para la comprensión del diseño y su publicación, y

6.5. La descripción para la comprensión del diseño.

7. Vigencia de los diseños industriales

7.1. El registro de los diseños industriales tendrá una vigencia de cinco años, a partir de la fecha de presentación de la solicitud, renovable por períodos sucesivos de la misma duración hasta un máximo de veinticinco años, sujeto al pago de las tarifas correspondientes.

7.1.1. La renovación del registro de un diseño industrial deberá solicitarse por el titular dentro de los seis meses anteriores al vencimiento de su vigencia.

7.2. Los registros de diseños industriales y sus renovaciones deberán ser publicados en la Gaceta