3. Es un conjunto de normas que protegen al autor como creador de una obra en el campo literario y artístico entendida como expresión humana producto del ingenio y del talento.
4. -Aquellos que tienen carácter de perpetuos inalienables, inembargables e irrenunciables en razón a la expresión de la personalidad del autor.
5. En donde se registran:
6. -Se debe acudir a la dirección nacional de derecho de autor del ministerio del interior y diligencio un formato que permite inscribir la obra en registro naciona.
7. Que protege el derecho de autor:
8. -El derecho de autor protege a las obras literarias, científicas y artísticas, sin entrar a valorar la calidad temática o destinación de lo mismo no se protegen las ideas, métodos o procedimientos, si no su forma concreta plasmada en lenguajes anotaciones grabaciones o materiales.
9. -Que son los limitaciones del derecho de autor.
10. -Sus restricciones que impone la ley del ejercicio del derecho de autor con el propósito de garantizar el ejercicio de otros derechos como el de información educación o investigación.
11. Son:
12. Comunicación publica:
13. -Aquellos que tienen autor o sus derechohabiente que básicamente a los beneficios económicos que se puedan derivar del aprovechamiento de la obra y que extienda por periodo determinado por ley.
14. Derechos patrimoniales:
15. El derecho del propietario debe autorizar o prohibir la realización de copias de su obra ya sea por medio impreso, sistemas digitales como CD RAM, y en general por cualquier medio.
16. Derecho de distribución:
17. Derecho de producción:
18. -La distribución publica alude a los actos atreves de los cuales los ejemplares o copias de las obras se hacen accesibles al publico mediante la venta arrendamiento o cualquier.
19. -Por comunicación publica normalmente se entiende, todo acto por el cual una pluralidad de personas pueden tener acceso a todo o parte de la obra, por medios que no consisten en la distribución de ejemplares.
20. Trasformación:
21. Es la facilidad que se le otorga al autor o propietario de la obra ide autorizar a otro propietario de la obra, través de la creación de adaptaciones, actualizaciones inversiones y en general cualquier modificación.
22. Derechos conexos:
23. Son aquellos concedidos para proteger los intereses de los artistas interpretes o ejecutantes de los productores de disco, casetes y disco compactos y de los organismos de radiodifusión en relacion con sus interpretaciones.