1.1. Este principio consiste en hacer prevalecer las condiciones reales de trabajo sobre las condiciones formalmente pactadas por los sujetos laborales, develando la realidad oculta tras las formas; no es un mecanismo mediante el cual se pretenda adquirir la calidad de trabajador, sino un principio derivado del principio general del derecho de la buena fe.
2. Principio de Irrenunciabilidad a Mínimos Laborales
2.1. Significa que, siendo las normas del derecho laboral de orden público que afectan al colectivo, no son susceptibles de renuncia alguna, ya sea de manera forzada o voluntaria
3. Principio de Estabilidad Laboral
3.1. Tiene como objeto garantizar el derecho al trabajo de aquellas personas que por su condición se encuentren en estado de vulnerabilidad manifiesta, obligando al empleador a garantizar su continuidad laboral, lo que lleva a que el trabajador no pueda ser despedido sin que medie una justa causa para ello.
4. Principio sobre Mínimo Vital
4.1. mediante la figura de la conexidad con el derecho a la vida, a la salud, protege derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho a la pensión, al salario, a la salud.
5. Principio de Confianza Legítima
5.1. Este principio vincula a los servidores públicos y particulares para obrar con la mayor diligencia y probidad, evitando todo daño o vulneración de los derechos fundamentales.
6. Igualdad de oportunidad para los trabajadores
6.1. en el ámbito laboral hace referencia básicamente a las condiciones de raza, sexo, religión, ideología, orientación sexual o cualquier otro rasgo que no guarde relación con las capacidades intrincicas del trabajador para el desarrollo de la labor para la cual fue contratado
7. Principio de Protección especial a la Maternidad
7.1. Ninguna mujer en estado de gravidez podrá ser privada de su trabajo al estar amparada con fuero de maternidad. La mujer embarazada tiene un derecho constitucional a una “estabilidad laboral reforzada” .
8. Principio de Favorabilidad
8.1. Consiste en la obligación de todo servidor público de optar por la situación más favorable al empleado, en caso de duda en la aplicación e interpretación jurídicas.
9. Principio de Condiciones Dignas y Justas
9.1. Se reconoce que toda persona tiene derecho a trabajar en condiciones dignas y justas, teniendo en cuenta, el carácter relativo del ius variandi, limitado por dicha norma constitucional, sin que se afecte la discrecionalidad que la ley confiere al patrono, oficial o privado, obligándolo eso sí a un uso razonable de la misma.
10. Garantía a la seguridad social, la capacitación, el adiestramiento y el descanso necesario
10.1. “La capacitación consiste en la adquisición de conocimiento en busca de la aptitud del trabajador en una labor distinta a la que normalmente desarrolla, y el adiestramiento como la misma adquisición de conocimientos para hacer al trabajador más apto en el desempeño de la labor que normalmente corresponde”